cosas que hacer una notaría notario en España

¿Qué cosas es posible hacer en (o desde) una notaría española?

 

Advertencia: En la web “Justito El Notario”, su titular y responsable Miguel Prieto Escudero, no asesora ni aconseja ni lo ha hecho nunca desde la apertura del blog el 20/11/2015. Aquí únicamente se informa, se divulga (o al menos se intenta) y se opina (con mayor o menor grado de acierto). El contacto, colaboración o comentario a las entradas, no puede entenderse en ningún caso como un acceso telemático a mi notaría ni conducente a la firma de un documento público en la misma. A esos fines deberán dirigirse a mí por los cauces oportunos, pero nunca por la vía de mi blog que constituye una actividad completamente privada y no está conectado con la web de mi notaría.

 

Pues unas 394 cosas, más o menos. La lista es mucho (pero mucho, mucho, mucho, mucho ….) más larga que la de aquella escena en la que Bubba le enumeraba a Forrest las formas en que podían hacerse las gambas. Por supuesto de estos 394 conceptos (seguro que ha habido alguna actualización que haya incluido alguno más desde que puse en limpio esta lista) puede que haya una sola variante (raro), pero de la inmensa mayoría hay un montón de variantes que hacen nuestro trabajo mucho más meritorio de lo que creen los del blockchain y otros que piensan que en la notaría se hacen poderes, testamentos, compraventas, hipotecas y herencias, que nos lo dan todo hecho desde los Bancos y que nos dedicamos a hacer copia y pega poco más o menos. Además, la cantidad de cosas que hay que hacer antes y después de los otorgamientos es muy larga y con tendencia a seguir aumentando, aunque de eso ya tengo hablado en este post.

 

Sobre el asunto del blockchain, leía el otro día a este señor lo siguiente:

“Exceptuando la vertiente del asesoramiento legal que realizan los notarios, que podrían asumir otros profesionales como los abogados, la función de fedatario público puede ser suplida por la tecnología Blockchain y la inteligencia artificial con evidentes ventajas en cuanto al ahorro de tiempo y costes, claro está que prescindir de los fedatarios públicos exigiría un cambio legislativo que, probablemente, no veamos por las resistencias corporativas”.

O sea, que la gente podría venir ya asesorada de casa. Genial. A lo mejor, hasta voto en favor de la moción.

O sea, que prescindir de nosotros es solo una cuestión de resistencias corporativas. Si no nos resistiéramos, sin duda el blockchain y la inteligencia artificial ya haría una temporada que nos hubieran fulminado cuando como comentaba un compañero, “cualquiera con dos dedos de frente entiende que es más sencillo sustituir al registrador por IA y blockchain, que al Notario”. Tal vez lo que le gustaría es nos fulminaran a todos de un plumazo o, tal vez, que se fulmine a los Notarios y que sigan funcionando los registradores pero usando el blockchain. A lo mejor también me parecería bien, si realmente no fuera inviable, ser el que le da al botoncito para que el blockchain funcione ¿o es que funcionará completamente solo? Paralelamente (desde su particular metaverso) los registradores nos cuentan que “El blockchain nunca puede sustituir al registro de la propiedad”. Téngalo claro, nunca es nunca, ni aunque pasen 1.000 años. Invitaría al autor del artículo a que me explicara en mi día a día cómo se produciría esa sustitución y cómo se convertiría en una cadena de bloques el maremagnun de documentos y variables que manejamos en casi cualquier asunto que pasa por nuestras manos. A lo mejor, hasta me convence de que no servimos para nada.

 

En fin pasen, vean y sepan que tengo recogidos en mi blog unos 900 modelos entre los que no están la mayoría de los más corrientes pues he pretendido recoger cosas inusuales o más bien raras que son las más difíciles de preparar. El futuro de estos modelos será convertirlos en uno o varios libros, aunque tengo que decir que escribir es tan gratificante como duro y que cuesta mucho vender hay que dar mucho la lata al personal, así que estoy más por la labor de convertir mi blog en algún tipo de herramienta que me permita recibir algún tipo de compensación antes que por la tarea de escribir otro libro que me llevaría varios meses, años tal vez (según de lo que se trate), para luego vender ¿qué? ¿200 ejemplares? tras dar la tabarra por tierra, mar y aire a todo bicho viviente. Habrá que pensarlo muy detenidamente antes de lanzarse a un proyecto de envergadura aunque también sería posible fraccionar lo que tengo en mente o comenzar por algo así como unos pequeños modelos … ya veremos cómo van las cosas y cómo continúan las ventas de “Nada antes que opositar (Nihil prius oppositio)” y “Crónica notarial de una pandemia”.

 

Los 394 tipos de escrituras y actas que es posible firmar en una notaría española

Aquí los tienen:

  1. GRUPO 1 ACTOS RELATIVOS AL ESTADO CIVIL: 0101 EMANCIPACIÓN O HABILITACIÓN DE EDAD
  2. 0102 CONSENTIMIENTO COMPLEMENTARIO A MENOR O INCAPAZ
  3. 0103 DOCUMENTO DE VOLUNTADES ANTICIPADAS
  4. 0104 CONSTITUCIÓN DE PATRIMONIO PROTEGIDO
  5. 0105 APORTACIONES A PATRIMONIO PROTEGIDO
  6. 0106 MODIFICACIÓN DE PATRIMONIO PROTEGIDO
  7. 0107 EXTINCIÓN DE PATRIMONIO PROTEGIDO
  8. 0108 NOMBRAMIENTOS DE CARGO TUTELAR PARA SI MISMO O AUTOTUTELA
  9. 0109 OTROS NOMBRAMIENTOS DE CARGOS TUTELARES
  10. 0110 OTROS ACTOS RELATIVOS A LA TUTELA
  11. 0111 RECONOCIMIENTO DE HIJOS
  12. 0112 OTROS ACTOS DE ORDEN FAMILIAR O PERSONAL
  13. 0113 ACTA DE EXPEDIENTE PREVIO A LA CELEBRACIÓN DE MATRIMONIO
  14. 0114 ESCRITURA DE CELEBRACIÓN DE MATRIMONIO
  15. 0115 ESCRITURA DE SEPARACIÓN MATRIMONIAL O DIVORCIO
  16. 0116 MODIFICACIÓN DE ACUERDO DE SEPARARACIÓN O DIVORCIO
  17. GRUPO 2 TESTAMENTOS Y DISPOSICIONES DE ÚLTIMA VOLUNTAD0201 TESTAMENTO UNIPERSONAL ABIERTO
  18. 0202 TESTAMENTO MANCOMUNADO O DE HERMANDAD ABIERTO
  19. 0203 TESTAMENTO CERRADO Y PROTOCOLIZACIÓN DE TESTAMENTO OLÓGRAFO O PARROQUIAL O TESTAMENTO EN FORMA ORAL (PRESENTACIÓN ADVERACIÓN APERTURA Y PROTOCOLIZACIÓN)
  20. 0204 OTRO TIPO DE TESTAMENTOS O ACTOS DE ÚLTIMA VOLUNTAD
  21. 0205 OTROS ACTOS DE TRASCENDENCIA SUCESORIA
  22. 0206 CONTRATOS SUCESORIOS SIN TRANSMISIÓN DE BIENES
  23. 0207 CONTRATOS SUCESORIOS CON TRANSMISIÓN DE BIENES DE PRESENTE
  24. GRUPO 3 CONTRATOS POR RAZON DE MATRIMONIO Y ACTOS RELATIVOS A UNIONES O SEPARACIONES DE HECHO0301 CAPITULACIONES MATRIMONIALES PRENUPCIALES DE SEPARACIÓN DE BIENES
  25. 0302 CAPITULACIONES MATRIMONIALES PRENUPCIALES PACTANDO EL RÉGIMEN DE GANANCIALES U OTRO RÉGIMEN DE COMUNIDAD
  26. 0303 CAPITULACIONES MATRIMONIALES PRENUPCIALES PACTANDO EL RÉGIMEN DE PARTICIPACIÓN EN LA GANANCIA
  27. 0304 CAPITULACIONES MATRIMONIALES PRENUPCIALES PACTANDO OTRO RÉGIMEN MATRIMONIAL
  28. 0305 CAPITULACIONES MATRIMONIALES POSTNUPCIALES PACTANDO EL RÉGIMEN DE SEPARACIÓN DE BIENES
  29. 0306 CAPITULACIONES MATRIMONIALES POSTNUPCIALES PACTANDO EL RÉGIMEN DE GANANCIALES U OTRO RÉGIMEN DE COMUNIDAD CONYUGAL
  30. 0307 CAPITULACIONES MATRIMONIALES POSTNUPCIALES PACTANDO EL RÉGIMEN DE PARTICIPACIONES EN LA GANANCIA
  31. 0308 CAPITULACIONES MATRIMONIALES POSTNUPCIALES PACTANDO OTRO RÉGIMEN MATRIMONIAL
  32. 0309 CAPITULACIONES MATRIMONIALES SIN PACTAR RÉGIMEN MATRIMONIAL
  33. 0310 ACUERDO DE SEPARACIÓN DE HECHO
  34. 0311 ACUERDOS RELATIVOS A UNIONES DE HECHO
  35. 0312 LIQUIDACIÓN DE COMUNIDAD CONYUGAL Y DE CUALQUIER RÉGIMEN ECONÓMICO MATRIMONIAL (INTER VIVOS)
  36. 0313 APORTACIÓN A LA SOCIEDAD CONYUGAL
  37. 0314 ESCRITURA DE CONFESIÓN DE PRIVATIVIDAD U OTROS ACUERDOS QUE ALTERAN EL CARÁCTER COMÚN O PRIVATIVO DE LOS BIENES
  38. 0315 RENUNCIA A LA VIUDEDAD ARAGONESA U OTRAS RENUNCIAS A DERECHOS ECONÓMICOS MATRIMONIALES
  39. 0316 ACTA DE NOTORIEDAD PARA LA CONSTANCIA DEL RÉGIMEN ECONÓMICO MATRIMONIAL
  40. 0317 CONVENIO REGULADOR
  41. 0318 MODIFICACIÓN DE CONVENIO REGULADOR
  42. GRUPO 4 ACTOS QUE IMPLICAN MODIFICACIÓN FÍSICA SOBRE LAS FINCAS0401 SEGREGACIÓN
  43. 0402 AGREGACIÓN
  44. 0403 AGRUPACIÓN
  45. 0404 DIVISIÓN MATERIAL
  46. 0405 DECLARACIÓN DE OBRA NUEVA TERMINADA O AMPLIACIÓN DE OBRA NUEVA TERMINADA
  47. 0406 DECLARACIÓN DE OBRA NUEVA EN CONSTRUCCIÓN O AMPLIACIÓN DE OBRA NUEVA EN CONSTRUCCIÓN
  48. 0407 MODIFICACIÓN DE OBRA NUEVA EN CONSTRUCCIÓN O DE AMPLIACIÓN DE OBRA NUEVA EN CONSTRUCCIÓN
  49. 0408 ACTA DE FINALIZACIÓN DE OBRA NUEVA EN CONSTRUCCIÓN
  50. 0409 DIVISIÓN HORIZONTAL Y SUPUESTOS ANÁLOGOS
  51. 0410 MODIFICACIÓN O EXTINCIÓN DE DIVISIÓN HORIZONTAL
  52. 0411 CONSTITUCIÓN O MODIFICACIÓN DE ESTATUTOS DE DIVISIÓN HORIZONTAL
  53. 0412 CONSTITUCIÓN, MODIFICACIÓN Y EXTINCIÓN DE SERVIDUMBRES
  54. 0413 CONSTITUCIÓN, MODIFICACIÓN Y EXTINCIÓN DE LOS DERECHOS DE VUELO Y SUBEDIFICACIÓN
  55. 0414 CONSTITUCIÓN, MODIFICACIÓN Y EXTINCIÓN DE APROVECHAMIENTO POR TURNO
  56. 0415 CONSTITUCIÓN DE COMPLEJO URBANÍSTICO
  57. 0416 RECTIFICACIÓN DESCRIPTIVA DE UNA FINCA
  58. 0417 APROBACIÓN O MODIFICACIÓN DE REGLAMENTO DE RÉGIMEN INTERIOR DE DIVISIÓN HORIZONTAL Y COMPLEJOS URBANÍSTICOS
  59. 0418 VINCULACIÓN OB REM
  60. 0419 DESVINCULACIÓN OB REM
  61. GRUPO 5 CONTRATOS TRASLATIVOS SOBRE TODO TIPO DE BIENES Y DERECHOS0501 COMPRAVENTA INMUEBLES
  62. 0502 COMPRAVENTA DE OTROS BIENES O DERECHOS
  63. 0503 PERMUTA
  64. 0504 CESIÓN DE SUELO POR OBRA FUTURA O URBANIZACIÓN FUTURA
  65. 0505 ENTREGA DE INMUEBLE EN EJECUCIÓN DE CESIÓN DE SUELO POR OBRA O URBANIZACIÓN FUTURA
  66. 0506 TRANSFERENCIA ONEROSA DE APROVECHAMIENTO URBANÍSTICO
  67. 0507 EXTINCIÓN DE CONDOMINIO
  68. 0508 ADJUDICACIÓN DE COOPERATIVA A SUS SOCIOS
  69. 0509 CONSTITUCIÓN O TRANSMISIÓN ONEROSA DE CONCESIONES ADMINISTRATIVAS
  70. 0510 CONSTITUCIÓN ONEROSA O REDENCIÓN DE CENSO
  71. 0511 CONSTITUCIÓN ONEROSA DE DERECHOS DE USO O HABITACIÓN
  72. 0512 CESIÓN DE BIENES A CAMBIO DE ALIMENTOS Y/O RENTA
  73. 0513 ADJUDICACIÓN A COMUNEROS EN COMUNIDAD DE PROMOCIÓN INMOBILIARIA
  74. 0514 CESIÓN EN PAGO O PARA PAGO DE DEUDAS
  75. 0515 OTRAS CESIONES ONEROSAS DE BIENES Y DERECHOS
  76. 0516 COMPRAVENTA DE VALORES
  77. 0517 COMPRAVENTA DE APROVECHAMIENTO POR TURNOS
  78. 0518 COMPRAVENTA DE BUQUE
  79. 0519 ADJUDICACIÓN EN PAGO DE ASUNCIÓN DE DEUDA
  80. GRUPO 6 CONTRATOS DE ARRENDAMIENTO Y CESIONES DE USO0601 ARRENDAMIENTO O SUBARRENDAMIENTO DE FINCAS
  81. 0602 ARRENDAMIENTO DE BIENES MUEBLES
  82. 0603 ARRENDAMIENTO FINANCIERO
  83. 0604 ESCRITURA DE EJERCICIO DE OPCIÓN DEL LEASING
  84. 0605 CONTRATO DE RENTING
  85. 0606 CONTRATO DE FRANCHISING
  86. 0607 TRASPASO Y CESIÓN DE ARRENDAMIENTO
  87. 0608 CESIÓN EN PRECARIO O COMODATO
  88. 0609 NOVACIÓN DE ARRENDAMIENTO DE FINCAS
  89. 0610 NOVACIÓN DE ARRENDAMIENTO DE BIENES MUEBLES
  90. 0611 NOVACIÓN DE ARRENDAMIENTO FINANCIERO
  91. 0612 RESOLUCIÓN O EXTINCIÓN CONVENCIONAL DE ARRENDAMIENTO DE FINCAS
  92. 0613 RESOLUCIÓN O EXTINCIÓN CONVENCIONAL DE ARRENDAMIENTO DE BIENES MUEBLES
  93. 0614 RESOLUCIÓN O EXTINCIÓN CONVENCIONAL DE ARRENDAMIENTOS FINANCIEROS
  94. GRUPO 7 DONACIONES Y TRANSMISIONES GRATUITAS INTER VIVOS0701 DONACIONES
  95. 0702 CESIONES OBLIGATORIAS GRATUITAS DE TERRENOS POR OBLIGACIONES URBANÍSTICAS
  96. 0703 CONDONACION DE DEUDA
  97. 0704 REVERSIÓN DE DONACIÓN
  98. 0705 REVOCACIÓN O RESOLUCIÓN DE LA DONACIÓN
  99. 0706 ACEPTACIÓN DE DONACIÓN
  100. 0707 DONACIÓN DE USO O HABITACIÓN
  101. 0708 DONACIONES PENDIENTES DE ACEPTACIÓN
  102. GRUPO 8 PACTOS ACUMULABLES A NEGOCIOS JURIDICOS PRINCIPALES, INDEPENDIENTES O NO0801 CONDICIÓN RESOLUTORIA
  103. 0802 AFIANZAMIENTO
  104. 0803 RESERVA DE DOMINIO
  105. 0804 PACTO DE RETROVENTA
  106. 0805 SUBROGACIÓN EN POSICIÓN DEUDORA
  107. 0806 EXCESO DE ADJUDICACIÓN ONEROSO
  108. 0807 EXCESO DE ADJUDICACIÓN GRATUITO
  109. 0808 AFECCIÓN O VINCULACIÓN A COMUNIDAD DE BIENES
  110. 0809 PACTO AL MÁS VIVIENTE O PACTO DE SUPERVIVENCIA
  111. 0810 MINORACIÓN DE VALOR POR CARGA REAL PREXISTENTE
  112. GRUPO 9 ACTOS URBANISTICOS0901 REPARCELACION, COMPENSACIÓN U OTRO SISTEMA DE EJECUCIÓN URBANÍSTICA (INCLUSO MEDIANTE PROTOCOLIZACIÓN DE PROYECTO)
  113. 0902 ESCRITURA DE ADHESIÓN A ENTIDAD U OTRAS ACTUACIONES URBANÍSTICAS
  114. 0904 ADJUDICACIÓN POR REPARCELACION, COMPENSACIÓN U OTROS SISTEMA DE EJECUCIÓN URBANÍSTICA (INCLUSO MEDIANTE PROTOCOLIZACIÓN)
  115. 0905 PROTOCOLIZACIÓN DE ACTA DE REORGANIZACIÓN DE CONCENTRACIÓN PARCELARIA
  116. 0906 CONVENIOS URBANÍSTICOS
  117. 0907 TRANSMISIÓN Y DISTRIBUCIÓN DE APROVECHAMIENTOS URBANÍSTICOS ENTRE FINCAS DE UN SOLO PROPIETARIO
  118. GRUPO 10 OTROS ACTOS Y CONTRATOS1001 OPCIÓN DE COMPRA Y PROMESA DE VENTA
  119. 1002 CONSTITUCIÓN DE TANTEO Y RETRACTO CONVENCIONAL
  120. 1003 CESIÓN DE CRÉDITOS, DERECHOS O POSICIONES CONTRACTUALES
  121. 1004 RECONOCIMIENTO DE DEUDA
  122. 1005 TRANSACCIONES Y RENUNCIA DE ACCIONES Y DERECHOS NO HEREDITARIAS, INCLUIDOS SOBRE LINDEROS
  123. 1006 CONTRATOS DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS
  124. 1007 ESCRITURA DE MODIFICACIÓN, ACLARACIÓN O RECTIFICACIÓN / ACTA DE SUBSANACIÓN
  125. 1008 ESCRITURA DE ADHESIÓN
  126. 1009 CONTRATO DE DEPÓSITO
  127. 1010 CONVENIOS CONCURSALES
  128. 1011 CONTRATO DE SEGURO
  129. 1012 ESCRITURAS DE RENUNCIAS A LOS DERECHOS DE ADQUISICIÓN PREFERENTE
  130. 1013 CONTRATO DE FACTORING
  131. 1014 CONTRATO DE CONFIRMING
  132. 1015 RENUNCIA DE ACCIONES O DERECHOS NO HEREDITARIOS
  133. 1016 RENUNCIA A CARGOS NO SOCIETARIOS
  134. 1017 PRECONTRATOS EN GENERAL Y PACTOS DE ALCANCE MERAMENTE OBLIGACIONAL NO COMPRENDIDOS EN OTROS CÓDIGOS
  135. 1018 ESCRITURA DE REVOCACIÓN, RESOLUCIÓN O ANULACIÓN DE OTRAS SALVO DONACIONES
  136. 1019 RENUNCIA AL DERECHO DE USUFRUCTO Y OTROS DERECHOS REALES
  137. 1020 CONSTITUCIÓN DE RENTA O PENSIÓN
  138. 1021 RENUNCIA GRATUITA DE DERECHO REAL LIMITATIVO SOBRE INMUEBLES
  139. 1022 ACUERDO DE REFINANCIACIÓN
  140. 1023 MODIFICACIÓN DE ACUERDO DE REFINANCIACIÓN
  141. 1024 FUSIÓN DE FONDOS DE INVERSIÓN Y OTRAS ENTIDADES DE CONTENIDO FINANCIERO
  142. 1025 DESAFECTACIÓN DE COMUNIDAD DE BIENES, CONSORCIO FORAL ARAGONES U OTRAS COMUNIDADES FISCALES
  143. 1026 REGULACIÓN DE COMUNIDADES ESPECIALES
  144. 1027 ACUERDO DE MEDIACIÓN
  145. 1028 ACTA COMPLEMENTARIA DE CESIÓN DE ACTIVOS A LA SAREB
  146. 1029 ESCRITURA O ACTA DE PROCEDIMIENTO DE MEDIACIÓN CONCURSAL
  147. 1030 ESCRITURA DE NOMBRAMIENTO DE PERITO EN CONTRATO DE SEGURO
  148. 1031 NOMBRAMIENTO DE PERITO EN GENERAL
  149. 1032 ESCRITURA DE CONCILIACIÓN
  150. 1033 ACTA COMPLEMENTARIA DE CESIÓN DE ACTIVOS ENTRE ENTIDADES FINANCIERAS
  151. GRUPO 11 HERENCIAS1101 ACEPTACIÓN DE HERENCIA (SIN ADJUDICACIÓN) O DE CUALIDAD DE HEREDERO
  152. 1102 LIQUIDACIÓN COMUNIDAD CONYUGAL Y DE CUALQUIER RÉGIMEN ECONÓMICO MATRIMONIAL (EN HERENCIAS)
  153. 1103 ADJUDICACIÓN POR TITULO SUCESORIO CON O SIN LIQUIDACIÓN DE COMUNIDAD CONYUGAL
  154. 1104 RENUNCIA PURA Y SIMPLE DE HERENCIA O LEGÍTIMA
  155. 1105 RENUNCIA TRASLATIVA DE HERENCIA
  156. 1106 EXTINCIÓN DE USUFRUCTO USO O HABITACIÓN POR FALLECIMIENTO
  157. 1107 INVENTARIO SUCESORIO
  158. 1108 APROBACIÓN DE LA PARTICIÓN REALIZADA POR EL CONTADOR PARTIDOR
  159. 1109 ACEPTACIÓN DE HERENCIA A BENEFICIO DE INVENTARIO
  160. 1110 RESERVA DEL DERECHO A DELIBERAR
  161. GRUPO 12 CRÉDITOS, PRÉSTAMOS Y GARANTÍAS HIPOTECARIAS1201 PRÉSTAMO O CRÉDITO PERSONAL
  162. 1202 ESCRITURA DE PROTOCOLIZACIÓN DE PÓLIZA DE PRÉSTAMO O CRÉDITO PERSONAL
  163. 1203 HIPOTECA INMOBILIARIA EN GARANTÍA DE PRÉSTAMOS, CRÉDITOS O RECONOCIMIENTOS DE DEUDA
  164. 1204 HIPOTECA INMOBILIARIA EN GARANTÍA DE OTRAS OBLIGACIONES
  165. 1205 HIPOTECA MOBILIARIA Y AMPLIACION EN GARANTÍA DE PRÉSTAMOS, CRÉDITOS O RECONOCIMIENTO DE DEUDA
  166. 1206 HIPOTECA MOBILIARIA Y AMPLIACIÓN EN GARANTÍA DE OTRAS OBLIGACIONES
  167. 1207 HIPOTECA NAVAL EN GARANTÍA DE PRÉSTAMOS, CRÉDITOS O RECONOCIMIENTOS DE DEUDA
  168. 1208 HIPOTECA NAVAL EN GARANTÍA DE OTRAS OBLIGACIONES
  169. 1209 PIGNORACIÓN EN GARANTÍA DE PRÉSTAMOS, CRÉDITOS O RECONOCIMIENTOS DE DEUDA
  170. 1210 PIGNORACIÓN MOBILIARIA EN GARANTÍA DE OTRAS OBLIGACIONES
  171. 1211 PRENDA SIN DESPLAZAMIENTO EN GARANTÍA DE PRÉSTAMOS, CRÉDITOS O RECONOCIMIENTOS DE DEUDA
  172. 1212 PRENDA SIN DESPLAZAMIENTO EN GARANTÍA DE OTRAS OBLIGACIONES
  173. 1213 HIPOTECA CAMBIARIA
  174. 1214 POSPOSICIÓN, PERMUTA O IGUALACIÓN DE RANGO
  175. 1215 DISTRIBUCIÓN DE RESPONSABILIDAD HIPOTECARIA
  176. 1216 NOVACION DE PRÉSTAMO SEGÚN LEY 2/1994
  177. 1217 SUBROGACIÓN HIPOTECARIA POR CAMBIO DE ACREEDOR SEGÚN LEY 2/1994
  178. 1218 CONTRATO DE GARANTÍA ENTRE AFIANZADOS NO INCLUIDO EN ALGUNA DE LAS GARANTÍAS ANTERIORES
  179. 1219 LIBERACIÓN POR EL ACREEDOR DE DEUDOR SOLIDARIO O MANCOMUNADO O DE FIADOR
  180. 1220 ESCRITURA DE AFIANZAMIENTO
  181. 1221 ADHESIÓN ASUNCIÓN DE DEUDA
  182. 1222 OTRAS GARANTÍAS INNOMINADAS O ATÍPICAS
  183. 1223 OTRAS NOVACIONES DE PRÉSTAMO
  184. 1224 AMPLIACIÓN DE HIPOTECA
  185. 1225 OTRAS SUBROGACIONES HIPOTECARIAS POR CAMBIO DE ACREEDOR
  186. 1226 HIPOTECA DE CONCESIÓN ADMINISTRATIVA
  187. 1227 HIPOTECA INVERSA
  188. 1228 PACTO ANTICRÉTICO
  189. 1229 AMPLIACIÓN DE GARANTIA HIPOTECARIA
  190. GRUPO 13 CARTAS DE PAGO Y CANCELACIONES1301 CARTA DE PAGO (SIN CANCELACIÓN DE GARANTÍA REAL)
  191. 1302 CARTA DE PAGO Y CANCELACIÓN DE HIPOTECA
  192. 1303 CARTA DE PAGO Y CANCELACIÓN DE CONDICIÓN RESOLUTORIA U OTRAS GARANTÍAS REALES
  193. 1304 CANCELACIÓN DE HIPOTECA SIN CARTA DE PAGO
  194. 1305 CANCELACIÓN DE HIPOTECA POR EXHIBICIÓN E INUTILIZACIÓN DE EFECTOS
  195. 1306 CANCELACIÓN DE CONDICIÓN RESOLUTORIA POR EXHIBICIÓN O INUTILIZACIÓN DE EFECTOS
  196. 1307 CANCELACIÓN DE PRENDA CON O SIN DESPLAZAMIENTO O HIPOTECA MOBILIARIA
  197. 1308 CANCELACION DE CONDICIÓN RESOLUTORIA Y OTRAS GARANTÍAS SIN CARTA DE PAGO
  198. 1309 LIBERACIÓN DE HIPOTECA SIN CANCELACIÓN
  199. 1310 ACTA DE INUTILIZACIÓN DE TÍTULOS (CON CUANTÍA)
  200. GRUPO 14 APODERAMIENTOS1401 PODER GENERAL
  201. 1402 PODER ELECTORAL
  202. 1403 PODER PARA PLEITOS
  203. 1404 SUSTITUCIÓN DE PODER PARA PLEITOS
  204. 1405 OTRO TIPO DE APODERAMIENTOS
  205. 1406 REVOCACIÓN DE APODERAMIENTO O AUTORIZACIÓN
  206. 1407 AUTORIZACIONES
  207. 1408 RENUNCIA DEL APODERADO
  208. 1409 ESCRITURA DE RATIFICACIÓN O ACEPTACIÓN
  209. 1410 PODER PREVENTIVO PARA EL CASO DE INCAPACIDAD
  210. 1411 SUSTITUCIÓN DE OTROS PODERES
  211. 1412 ACEPTACIÓN DE CARGOS NO SOCIETARIOS
  212. 1413 REVOCACIÓN DE PODER PARA PLEITOS
  213. 1414 PODER GENERAL MERCANTIL
  214. 1415 PODER DE REPRESENTACIÓN TRIBUTARIA
  215. 1416 DESIGNACIÓN O NOMBRAMIENTO DE CONTADOR PARTIDOR DATIVO O ALBACEA
  216. 1417 PRÓRROGA EN EL CARGO DE CONTADOR PARTIDOR O ALBACEA
  217. GRUPO 15 PROTESTO1501 PROTESTO DE LETRAS, CHEQUES, PAGARÉS Y OTROS EFECTOS
  218. GRUPO 16 ACTAS1601 ACTAS DE NOTIFICACIÓN Y REQUERIMIENTO
  219. 1602 ACTAS DE MANIFESTACIONES Y REFERENCIA
  220. 1603 ACTAS DE EXHIBICIÓN
  221. 1604 COMPROMISOS DE INVITACIÓN
  222. 1605 ACTAS DE PRESENCIA
  223. 1606 ACTAS DE PRESENCIA PARA REUNIFICACIÓN FAMILIAR
  224. 1607 ACTAS DE PRESENCIA EN MATERIA ELECTORAL
  225. 1608 ACTAS DE PROTOCOLIZACIÓN EN GENERAL
  226. 1609 ACTAS DE PROTOCOLIZACIÓN DE BASES DE SORTEO
  227. 1610 ACTAS DE INCORPORACIÓN DE BASE GRAFICA
  228. 1611 ACTAS DE INCORPORACIÓN DE REFERENCIA CATASTRAL
  229. 1612 ACTAS DE ENTREGA
  230. 1613 ACTAS DE PROTOCOLIZACIÓN DE LAUDO ARBITRAL
  231. 1614 ACTAS DE REUNIÓN DE ÓRGANO COLEGIADO
  232. 1615 ACTAS DE FE DE VIDA
  233. 1616 ACTAS DE SORTEO
  234. 1617 ACTAS DE SUBASTA
  235. 1618 ACTAS DE INUTILIZACIÓN DE TÍTULOS
  236. 1619 ACTAS DE DEPÓSITO EN CONSIGNACIÓN
  237. 1620 OTRAS ACTAS DE DEPÓSITO
  238. 1621 ACTAS DE LEGITIMACIÓN DE FIRMAS PARA EFECTO EN PAÍS EXTRANJERO
  239. 1622 ACTAS DE FIJACIÓN DE SALDO PARA DESPACHAR EJECUCIÓN
  240. 1623 ACTAS DE TRAMITACIÓN DE VENTA EXTRAJUDICIAL
  241. 1624 ACTA DE REQUERIMIENTO PARA LA DECLARACIÓN DE NOTORIEDAD DE HEREDEROS ABINTESTATO
  242. 1625 ACTAS DE NOTORIEDAD PARA LA INMATRICULACIÓN DE FINCAS
  243. 1626 ACTA DE NOTORIEDAD PARA LA CONSTANCIA DE EXCESO DE CABIDA
  244. 1627 ACTA DE NOTORIEDAD PARA LA REANUDACIÓN DE TRACTO SUCESIVO
  245. 1628 OTRAS ACTAS DE NOTORIEDAD
  246. 1629 ACTA DE REMISIÓN POR CORREO
  247. 1630 DECLARACIÓN DE NOTORIEDAD PARA HEREDEROS ABINTESTATO DIRECTOS
  248. 1631 ACTA DE REQUERIMIENTO PARA LA DECLARACIÓN DE NOTORIEDAD DE INMATRICULACIÓN DE FINCAS Y REANUDACIÓN DEL TRACTO REGISTRAL INTERRUMPIDO
  249. 1632 ACTA DE REQUERIMIENTO PARA LA DECLARACIÓN DE NOTORIEDAD DE CONSTANCIA DE EXCESO DE CABIDA
  250. 1633 OTRAS ACTAS DE FIJACIÓN DE SALDO
  251. 1634 ACTA DE REQUERIMIENTO RDL 6/2010
  252. 1635 ACTA DE TITULAR REAL LEY 10/2010
  253. 1636 ACTA DE JURA DE NACIONALIDAD
  254. 1637 ACTA DE EMPRENDEDOR INDIVIDUAL DE RESPONSABILIDAD LIMITADA
  255. 1638 ACTA DE NOTORIEDAD DE HEREDEROS ABINTESTATO COLATERALES
  256. 1639 ACTA DE REQUERIMIENTO AL HEREDERO PARA ACEPTAR LA HERENCIA
  257. 1640 ACTA DE OFRECIMIENTO DE PAGO Y CONSIGNACIÓN DE DEUDAS
  258. 1641 ACTA DE PROCEDIMIENTO DE RECLAMACIÓN DE DEUDAS DINERARIAS NO CONTRADICHAS
  259. 1642 ACTA DE SUBASTA ELECTRÓNICA NOTARIAL
  260. 1643 ACTA DE JURISDICCIÓN VOLUNTARIA SOBRE RECUPERACIÓN DE DEPÓSITOS Y TÍTULOS VALORES
  261. 1644 ACTA DE NOTORIEDAD PARA LA CONCESIÓN DE NACIONALIDAD ESPAÑOLA
  262. 1645 EXPEDIENTE DE DOMINIO
  263. 1646 ACTA DE DESLINDE O SUBSANACION DE DISCREPANCIAS
  264. 1647 CERTIFICADO SUCESORIO EUROPEO
  265. 1648 ACTA DE REQUERIMIENTO DE EXPEDICIÓN Y DEPÓSITO DE COPIAS ELECTRÓNICAS AUTORIZADAS EN SIGNO
  266. 1649 ACTA DE EXTRAVÍO, SUSTRACCIÓN O DESTRUCCIÓN DEL CONOCIMIENTO DE EMBARQUE
  267. 1650 ACTA DE TRANSPARENCIA MATERIAL LEY 5/2019
  268. GRUPO 17 POLIZAS Y OTROS DOCUMENTOS MERCANTILES SUJETOS AL ANTIGUO ARANCEL DE CORREDORES: 1701 PRESTAMOS, CRÉDITOS Y DESCUENTOS SIN AFIANZAMIENTO
  269. 1702 PRESTAMOS, CRÉDITOS Y DESCUENTOS CON AFIANZAMIENT
  270. 1703 AFIANZAMIENTO O AVAL
  271. 1704 CONSTITUCIÓN DE CONTRAGARANTIA
  272. 1705 CONSTITUCIÓN DE PRENDA
  273. 1706 HIPOTECA NAVAL
  274. 1707 ARRENDAMIENTO FINANCIERO
  275. 1708 RENTING
  276. 1709 CESIÓN DE CRÉDITOS O DERECHOS
  277. 1710 COMPRAVENTA DE VALORES
  278. 1711 SUSCRIPCIÓN DE TÍTULOS
  279. 1712 CONTRATO DE TRANSPORTE
  280. 1713 CONTRATO DE SEGURO
  281. 1714 SUBASTAS DE VALORES O MERCANCÍAS
  282. 1715 PÓLIZA DE SOLICITUD DE CERTIFICADO ELECTRÓNICO
  283. 1716 NOTIFICACIÓN A INTERVINIENTES EN LAS PÓLIZAS
  284. 1717 PÓLIZA DE RECTIFICACIÓN, ACLARACIÓN O MODIFICACIÓN DE OTRAS
  285. 1718 OTROS CONTRATOS MERCANTILES DISTINTOS DE LOS ANTERIORES
  286. 1719 CERTIFICACIÓN DE SALDO
  287. 1720 SUBROGACIÓN O MODIFICACIÓN DE OPERACIÓN DE LEASIN
  288. 1721 INTERVENCIÓN DE LETRA DE CAMBIO Y OTROS EFECTOS
  289. 1722 FACTORING
  290. 1723 CONFIRMING
  291. 1724 CONTRATO DE FRANCHISING
  292. 1725 LIBERACIÓN DE DEUDOR, FIADOR O GARANTÍA PRENDARIA
  293. 1726 PRECONTRATOS EN GENERAL Y PACTOS DE ALCANCE MERAMENTE OBLIGACIONAL NO COMPRENDIDOS EN OTROS CÓDIGOS
  294. 1727 AVAL
  295. 1728 PÓLIZA E-NOTARIO
  296. 1729 PÓLIZA DE RATIFICACIÓN DE PÓLIZA DESDOBLADA
  297. GRUPO 18 ENTIDADES SIN PERSONALIDAD JURIDICA1801 JOINT VENTURE
  298. 1802 CONTRATO DE CUENTAS EN PARTICIPACIÓN
  299. 1803 CONSTITUCIÓN DE COMUNIDAD DE BIENES
  300. 1804 OTRAS ENTIDADES SIN PERSONALIDAD JURÍDICA
  301. 1805 EXTINCIÓN DE ENTIDAD SIN PERSONALIDAD JURÍDICA
  302. 1806 CONSTITUCIÓN DE COMUNIDAD PARA LA PROMOCIÓN INMOBILIARIA
  303. 1807 EXTINCIÓN DE COMUNIDAD PARA LA PROMOCIÓN INMOBILIARIA
  304. 1808 CONSTITUCIÓN DE UNIÓN O AGRUPACIÓN TEMPORAL DE EMPRESAS
  305. 1809 EXTINCIÓN DE UNIÓN TEMPORAL DE EMPRESAS
  306. GRUPO 19 ENTIDADES CON PERSONALIDAD JURIDICA1901 CONSTITUCIÓN DE SOCIEDAD CIVIL
  307. 1902 CONSTITUCIÓN DE SOCIEDAD AGRARIA DE TRANSFORMACIÓN
  308. 1903 CONSTITUCIÓN DE AGRUPACIÓN DE INTERÉS URBANÍSTICO, JUNTA DE COMPENSACIÓN O DE CUALQUIER OTRA ENTIDAD PARA UNA ACTUACIÓN URBANÍSTICA EN CURSO
  309. 1904 AGRUPACIÓN DE INTERÉS ECONÓMICO
  310. 1905 ENTIDAD URBANÍSTICA COLABORADORA
  311. 1906 CONSTITUCIÓN DE PARTIDO POLÍTICO
  312. 1907 CONSTITUCIÓN DE SINDICATO
  313. 1908 CONSTITUCIÓN DE ASOCIACIÓN
  314. 1909 CONSTITUCIÓN DE ASOCIACIÓN PATRONAL
  315. 1910 CONSTITUCIÓN DE FUNDACIÓN
  316. 1911 CONSTITUCIÓN DE OTRO TIPO DE ENTIDADES NO MERCANTILES
  317. 1912 CONSTITUCIÓN DE SOCIEDAD LIMITADA
  318. 1913 CONSTITUCIÓN DE SOCIEDAD LIMITADA LABORAL
  319. 1914 CONSTITUCIÓN DE SOCIEDAD ANÓNIMA
  320. 1915 CONSTITUCIÓN DE SOCIEDAD ANÓNIMA LABORAL
  321. 1916 CONSTITUCIÓN DE SOCIEDAD ANÓNIMA DEPORTIVA
  322. 1917 CONSTITUCIÓN DE SOCIEDAD LIMITADA NUEVA EMPRESA
  323. 1918 CONSTITUCIÓN DE SOCIEDAD ANÓNIMA NUEVA EMPRESA
  324. 1919 CONSTITUCIÓN DE SOCIEDAD DE INVERSIÓN MOBILIARIA DE CAPITAL FIJO
  325. 1920 CONSTITUCIÓN DE INVERSIÓN MOBILIARIA DE CAPITAL VARIABLE
  326. 1921 CONSTITUCIÓN DE SOCIEDAD COMANDITARIA POR ACCIONES
  327. 1922 CONSTITUCIÓN DE SOCIEDAD DE GARANTÍA RECIPROCA
  328. 1923 CONSTITUCIÓN DE SOCIEDAD REGULAR COLECTIVA
  329. 1924 CONSTITUCIÓN DE SOCIEDAD COMANDITARIA
  330. 1925 CONSTITUCIÓN DE COOPERATIVA
  331. 1926 CONSTITUCIÓN DE MUTUA
  332. 1927 CONSTITUCIÓN DE MUTUALIDAD
  333. 1928 CONSTITUCIÓN DE FONDO DE PENSIONES
  334. 1929 CONSTITUCIÓN DE FONDO DE INVERSIÓN MOBILIARIA
  335. 1930 CONSTITUCIÓN DE FONDO DE INVERSIÓN EN ACTIVOS DEL MERCADO MONETARIO
  336. 1931 CONSTITUCIÓN DE OTRAS INSTITUCIONES DE INVERSIÓN COLECTIVA
  337. 1932 AGRUPACIÓN EUROPEA DE INTERÉS ECONÓMICO
  338. 1933 LA SOCIEDAD ANÓNIMA EUROPEA
  339. 1934 LOS PLANES DE PENSIONES
  340. 1935 LOS FONDOS DE INVERSIÓN O TITULACIÓN INMOBILIARIA
  341. 1936 AMPLIACIÓN DE CAPITAL CON SUSCRIPCIÓN
  342. 1937 DESEMBOLSO DE DIVIDENDOS PASIVOS
  343. 1938 APORTACIÓN DE BIENES A SOCIEDAD EN CONSTITUCIÓN O AUMENTO DE CAPITAL
  344. 1939 DETERMINACIÓN DE SUSCRIPTORES
  345. 1940 REDUCCIÓN DE CAPITAL CON AMORTIZACIÓN DE ACCIONES O PARTICIPACIONES
  346. 1941 DISOLUCIÓN DE SOCIEDAD MERCANTIL
  347. 1942 DISOLUCIÓN DE SOCIEDAD POR CESIÓN GLOBAL DE ACTIVO Y PASIVO
  348. 1943 CESIÓN GLOBAL DE ACTIVO Y PASIVO EN CASO DE DISOLUCIÓN
  349. 1944 DISOLUCIÓN Y EXTINCIÓN DE ENTIDADES NO MERCANTILES
  350. 1945 ADJUDICACIÓN DE BIENES A LOS SOCIOS EN LIQUIDACIÓN O REDUCCIÓN DE CAPITAL EN SOCIEDAD
  351. 1946 TRANSFORMACIÓN EN SOCIEDAD LIMITADA
  352. 1947 TRANSFORMACIÓN EN SOCIEDAD ANÓNIMA
  353. 1948 TRANSFORMACIÓN EN OTRO TIPO DE SOCIEDADES
  354. 1949 DISOLUCIÓN DE SOCIEDAD POR FUSIÓN
  355. 1950 CONSTITUCIÓN DE SOCIEDAD POR FUSIÓN
  356. 1951 AUMENTO DE CAPITAL POR FUSIÓN
  357. 1952 APORTACIÓN DE BIENES COMO CONSECUENCIA DE FUSIÓN
  358. 1953 DISOLUCIÓN DE SOCIEDAD POR ESCISIÓN TOTAL
  359. 1954 REDUCCIÓN DE CAPITAL POR ESCISIÓN PARCIAL CON AMORTIZACIÓN DE ACCIONES O PARTICIPACIONES
  360. 1955 CONSTITUCIÓN DE SOCIEDAD POR ESCISIÓN TOTAL O PARCIAL
  361. 1956 AUMENTO DE CAPITAL POR ESCISIÓN CON SUSCRIPCIÓN
  362. 1957 APORTACIONES DE BIENES COMO CONSECUENCIA DE LA ESCISIÓN
  363. 1958 CONSTITUCIÓN DE ESTABLECIMIENTO MERCANTIL
  364. 1959 TRASLADO Y MODIFICACIÓN DE DOMICILIO SOCIAL
  365. 1960 CAMBIO DE DENOMINACIÓN
  366. 1961 OTRAS MODIFICACIONES DE ESTATUTOS O DE REGULACIÓN DE PERSONA JURÍDICA
  367. 1962 ADAPTACIÓN DE ESTATUTOS SOCIALES
  368. 1963 REDENOMINACIÓN DE CAPITAL O CONVERSIÓN DE ACCIONES
  369. 1964 CAMBIO DE SOCIO ÚNICO DE ENTIDAD UNIPERSONAL
  370. 1965 DECLARACIÓN DE UNIPERSONALIDAD
  371. 1966 CESE DE LA UNIPERSONALIDAD
  372. 1967 SEPARACIÓN O EXCLUSIÓN DE SOCIO
  373. 1968 REACTIVACIÓN DE SOCIEDADES
  374. 1969 OTROS SUPUESTOS DE ACTOS RELATIVOS A ENTIDADES JURÍDICAS
  375. 1971 LIQUIDACIÓN Y EXTINCIÓN DE SOCIEDAD CON IDENTIFICACIÓN DE LOS SOCIOS
  376. 1972 REPARTO DE ACTIVO SOBREVENIDO DE SOCIEDAD EXTINGUIDA
  377. 1973 NOMBRAMIENTO DE MIEMBRO DEL ÓRGANO DE ADMINISTRACIÓN, CONSEJERO DELEGADO Y LIQUIDADOR
  378. 1974 NOMBRAMIENTO DE AUDITOR
  379. 1975 NOMBRAMIENTO CARGOS DE LOS RESTANTES TIPOS DE PERSONAS JURÍDICAS
  380. 1976 CESE DE ADMINISTRADOR Y OTROS CARGOS
  381. 1977 ACEPTACIÓN DEL CARGO DE ADMINISTRADOR AUDITOR U OTROS EN ESCRITURA SEPARADA
  382. 1978 RENUNCIA DEL ADMINISTRADOR Y OTROS CARGOS
  383. 1979 EMISIÓN DE OBLIGACIONES Y OTROS ACTIVOS FINANCIEROS
  384. 1980 AUMENTO DE DOTACIÓN DE FUNDACIÓN
  385. 1981 AUMENTO DE CAPITAL SIN SUSCRIPCIÓN
  386. 1982 AUMENTO DE CAPITAL POR ESCISIÓN SIN SUSCRIPCIÓN
  387. 1983 REDUCCIÓN DE CAPITAL SIN AMORTIZACIÓN DE ACCIONES O PARTICIPACIONES
  388. 1984 REDUCCIÓN DE CAPITAL POR ESCISIÓN PARCIAL SIN AMORTIZACIÓN DE PARTICIPACIONES
  389. 1985 CONSTITUCIÓN DE ESTABLECIMIENTO DE ENTIDAD NO MERCANTIL
  390. 1986 APORTACIÓN A PATRIMONIO SOCIAL
  391. 1987 LIQUIDACIÓN Y EXTINCIÓN DE SOCIEDAD SIN IDENTIFICACIÓN DE LOS SOCIOS
  392. 1988 AMPLIACIÓN DE CAPITAL DE SOCIEDADES COTIZADAS SIN IDENTIFICACIÓN DE LOS SOCIOS
  393. 1989 CONSTITUCIÓN DE SOCIEDAD BENEFICIARIA POR SEGREGACIÓN DE RAMA DE ACTIVIDAD
  394. 1990 AUMENTO DE CAPITAL DE LA SOCIEDAD BENEFICIARIA POR SEGREGACIÓN DE LA RAMA DE ACTIVIDAD

Como he dicho al principio, desde que hice este copia y pega, es posible que se haya añadido algún concepto más al famoso Índice Único Notarial (IUI), pero 394 opciones con sus permutaciones y combinaciones deben dar lugar a una cifra estratosférica, una cifra que sin duda abrumará a cualquiera. Por supuesto, los memos de siempre seguirán pensando que los vagos de los Notarios nos dedicamos a no hacer nada para después sacarles a ustedes los dineros por echar una firma y saludarle tras contar un chascarrillo. Por cierto para la fase previa, simultánea y posterior a la firma de muchas de esas variantes de actas y escrituras tenemos una serie de herramientas en lo que los Notarios llamamos SIGNO.

Las herramientas del Sistema Integrado de Gestión Notarial (SIGNO)

SIGNO depende de ANCERT que, a su vez, depende del Consejo General del Notariado y es esencial en estos tiempos para el desarrollo de la actividad notarial pues permite hacer una gran cantidad de cosas indispensables para la firma de los documentos públicos notariales o que no siéndolo proporcionan un esencial servicio complementario al usuario notarial que quiera hacer uso de estos servicios a través de una notaría española. Son estas:

Hacienda Estatal, Autonómica, local

  1. Consulta y Pago de Deudas IBI
  2. Liquidación de ITP/AJD
  3. Diligencias de Pago y Presentación
  4. Liquidación de Plusvalías
  5. Solicitud de NIF
  6. Liquidación de Sucesiones y Donaciones

Servicios Bancarios

  1. Operaciones Hipotecarias
  2. Préstamos y Pólizas

Registros

  1. Actas de Abintestato
  2. Inscripción en Registros
  3. Partes Testamentarios
  4. Solicitud de Cert. de Seguros de Vida y Últimas Voluntades
  5. Solicitud de Denominación Social
  6. Consulta a Registros Administrativos
  7. Proceso de Jura o Promesa Acta de notoriedad Sefardíes

Prevención Blanqueo (OCP)/Administraciones Tributarias/CNMV

  1. OCP Comunicaciones/Requerimientos de autoridades

Terceros organismos

  1. Deudas con la Comunidad de Propietarios Servicios BOE

Comunicaciones Corporativas

  1. Cierre del Índice
  2. Remisión y consulta de copias autorizadas
  3. Envío de Copia Electrónica
  4. Ficha Notarial
  5. Servicio de Tramitación Inmobiliaria
  6. Consulta Titularidad Real
  7. Comunicación de Oficios
  8. Notificación de apoderamientos
  9. Informe Actividad

A lo dicho, hay que añadir:

  • Los expedientes
  • El servicio de valoración
  • Y la digitalización del DNI

Al margen, están algunos otros aplicativos que se encuentran instalados y se usan en la intranet notarial (el SIC). Hablamos de todas estas cosas:

  • Autoridad de registro
  • Comunicaciones OCP
  • Tramitación de Sociedades Limitadas
  • Liquidación de Plusvalías
  • Voluntades Anticipadas
  • Índice Único Informatizado
  • Préstamos Hipotecarios
  • Servicio de Contratación Electrónica Entidades Financieras
  • Y Servicios Corporativos

Si les soy sincero, solo tengo completamente claras un par de ellas (como la Tramitación de SL o los Préstamos Hipotecarios) y algunas me parece que hasta podrían estar solapadas o duplicadas en todo o parte respecto de aplicaciones similares en SIGNO.

Lo último en llegar ha sido el llamado Portal del Ciudadano.

“Y del Portal del Ciudadano, ¿qué nos cuentas?”

Pues poco de momento, aunque espero que a raíz de estas notas haya algo de participación y debate y me queden claras unas cuantas cosas más.

Esto es lo que tengo anotado hasta ahora y ya digo que de principio lo que sé es más bien incipiente:

El Presidente del CGN nos dijo hace unos meses:

“Como sabes, el Pleno del Consejo General del Notariado del pasado mes de abril ratificó por unanimidad el acuerdo de la Comisión Permanente por el que se proponía un sistema de intervención de pólizas mediante de videoconferencia y que se traducía en un extenso documento con propuestas concretas en esta materia, en respuesta a la crisis sanitaria que padece España. Sin perjuicio de la integración de estas propuestas en el Portal Notarial cuando reciban habilitación legal, hemos decidido poner en servicio la aplicación como respuesta corporativa a la creciente demanda de digitalización de estos últimos meses que. desde el punto de vista tecnológico, nos han hecho evolucionar de manera acelerada. Lo más urgente, por las circunstancias del momento, es el servicio de solicitud y envío de copias simples para personas vulnerables en el ámbito de las moratorias legales y en su caso sectoriales, que el Real Decreto-Ley 15/2020 establece con carácter gratuito. Del mismo modo se habilita ya la posibilidad que tiene todo ciudadano para solicitar y obtener, directamente en la aplicación, copias simples electrónicas. Iniciamos esta andadura con servicios mínimos, pero con ilusión y confianza puestas en el crecimiento del portal que nos lleve a una segunda transformación de nuestra función”.

Cuatro secciones

El Portal del Ciudadano tiene hasta el momento cuatro utilidades y el incremento de la funcionalidad de estas utilidades o el que se añadan otras en el futuro depende de la demanda de la sociedad, de los ciudadanos y de las empresas.

Trámites posibles hasta el momento:

  1. Envío de copias simples de MORATORIAS. El ciudadano en situación de vulnerabilidad conforme al Real Decreto 8/2020 puede solicitar que se le envíe una copia simple de sus escrituras de compraventa y de préstamo hipotecario a la entidad financiera. La copia y el depósito son gratuitos conforme al RD.
  2. Depósito copias simples. Las copias que se depositan se cobran pero el depósito electrónico en sí, es gratuito. Cualquier otorgante puede solicitar copia simple electrónica, es decir, puede solicitar que se deposite copia simple electrónica de los documentos otorgados en un espacio seguro dentro de la sede electrónica notarial para tenerla accesible en cualquier momento conectándose con la aplicación del Portal del Ciudadano.
  3. Testamento online. Mediante esta aplicación expresas tu última voluntad al Notario y solicitas cita para el otorgamiento que habrá de ser presencial.
  4. Y asesoramiento por videoconferencia. Para utilizarlo hay que descargarse la aplicación para que mediante un procedimiento seguro y trazable a través de la sede electrónica notarial el ciudadano pueda obtener el asesoramiento que necesita.

Además hay una Bandeja de Entrada para MENSAJES y un Registro de Ciudadanos.

En estos días estoy de plena mudanza de mi oficina notarial

En plena vorágine de una mudanza inesperada (decidida de la noche a la mañana), un cliente cuya firma tenía que postergarse se quejaba porque entendía que si sus escrituras de compraventa e hipoteca se hubieran podido firmar sin problemas hace años, no entendía porqué en el año 2021 tenían que aplazarse por falta de acceso a mi servidor PLATÓN. Yo le hice saber a mi cliente que sin el servidor que me conecta con la Red Privada Notarial en funcionamiento, no me era posible efectuar la presentación telemática de sus escrituras en el Registro de la Propiedad, ni consultar las deudas del IBI, ni comunicar el cambio de titularidad catastral, ni informar al ayuntamiento correspondiente a efectos de la plusvalía municipal ni a la Generalitat Valenciana del otorgamiento a los efectos tributarios por lo que me era imposible firmar sus escrituras por mucho que tuviera papel timbrado, ordenadores, impresora, mano derecha (soy diestro) y bolígrafo. Mi cliente no me contestó al correo electrónico que le envié con mi explicación así que no sé si lo comprendió, aunque me da la sensación de que lo hizo porque cuando le vi para el otorgamiento de su acta de transparencia previa a la hipoteca me pareció que tenía cara de listo.

Literalmente él me dijo: “Honestamente, no comprendo cual es el problema para la firma pues más allá de ser una causa de fuerza mayor o inesperada, debería ser fácilmente solventable en cuanto que se trata de la firma de unos documentos, acción que en el pasado no ha necesitado de tecnología y dando por hecho que se puede llevar a cabo en cualquier otro lugar a su propia oficina actual o anterior”. Yo le contesté: “Me temo que está equivocado. En 2021 no es posible firmar esas dos escrituras (compraventa e hipoteca) sin acceso telemático a mi servidor pues no puedo efectuar ni la presentación telemática en el Registro de la Propiedad, ni cumplimentar mis obligaciones con Hacienda, el Ayuntamiento y el Catastro dentro de los plazos correspondientes por lo que no puedo autorizar esas escrituras hasta que no tenga mi acceso aunque este sea provisional. Ese acceso podría tenerlo esta misma mañana, pero como no lo puedo asegurar, no se lo puedo confirmar. Es así de sencillo. Siento las molestias ocasionadas pero los imprevistos suceden y la fuerza mayor es la fuerza mayor. En cuanto tengamos ese acceso provisional fijaremos fecha”. Son las cosas de la técnica ..  Tal vez lo que quería es que se las escribiera con pluma …

Ha sido curioso que hasta cargado con cinco pesados tomos de protocolo en mis brazos, sudando como un pollo dentro mi trenca y bajo una fina y persistente lluvia, algún viandante se haya dirigido a mí para preguntarme si la notaría se estaba mudando. “Pues sí … nos estamos mudando”, contestaba yo por no introducir algún calificativo más o menos grueso en mi frase. Obtenida la respuesta, el preguntante, sin la menor piedad, podía consultarte cualquier cosa: desde qué valor le podía dar a un inmueble, hasta qué cuándo podía recoger una documentación que llevaba arrumbada en la notaría durante meses, años y hasta puede que durante lustros. En fin, insisto en que no hay piedad ni tregua para algunos que aunque estén viendo que estás en un muy mal momento o cómo mínimo en un momento poco oportuno, no dejan de requerirte para que les soluciones sus papeletas.

 

Hasta otra. Un abrazo. Justito El Notario. @justitonotario




 

18 comentarios

  1. Javier Casal Tavasci

    Hola Justito:

    Al inicio, alude y enlaza un artículo mío publicado en el blog de PROTECCIÓN DATA. Concluyo dicho artículo con la siguiente frase: “Los notarios y registradores no desaparecerán como tales operadores jurídicos, pero el blockchain habilita alternativas para el tráfico jurídico, igualmente, válidas y seguras”.

    A pesar de que un párrafo concreto sacado de contexto pudiera dar a entender lo contrario, no abogo por la desaparición de notarios y registradores, cuya utilidad reconozco en muchos aspectos, pero sí advierto que las nuevas tecnologías abren las puertas a soluciones alternativas para el tráfico jurídico. Una muestra son los contratos electrónicos o “smart contracts” que se registran en plataformas de Blockchain.

    La información registrada en la cadena de bloques no puede modificarse ni borrarse, por eso Blockchain se presenta como un registro inmutable y permanente. El sistema está automatizado y protegido por mecanismos de cifrado en cadena que impiden que los nodos puedan alterar, modificar o cancelar una anotación, una vez que se valida la operación mediante un “hash” o número de identificación del bloque.

    Otro ejemplo de aplicación del Blockchain al tráfico jurídico nos lo trae la Ley 6/2023, de 17 de marzo, de los Mercados de Valores y de los Servicios de Inversión, que modifica el artículo 7 de la Ley 35/2003, de 4 de noviembre, de Instituciones de Inversión Colectiva, que queda redactado como sigue: “La participación es cada una de las partes alícuotas en que se divide el patrimonio de un fondo. Las participaciones no tendrán valor nominal, tendrán la condición de instrumentos financieros y podrán representarse mediante certificados nominativos, anotaciones en cuenta o sistemas basados en tecnología de registros distribuidos”, o sea, las participaciones de los fondos de inversión colectiva podrán representarse mediante certificados nominativos registrados en Blockchain.

    Me consta que el Colegio de Registradores está estudiando una aplicación descentralizada basada en la tecnología de cadena de bloques para gestionar el depósito, consulta y actualización del Libro del Edificio. Sin duda, un primer paso para otras aplicaciones que seguro llegarán.

    El artículo 17 de la Ley del Notariado, modificado recientemente por la Ley 11/2023, de 8 de mayo, regula el «protocolo electrónico» o «libro registro de operaciones electrónico». ¿Por qué no se explora la tecnología de la cadena de bloques?.

    El Blockchain y la Inteligencia Artificial impactarán en todas las profesiones, incluidos notarios y registradores. No se trata de que desaparezcan, pero sí tendrán que adaptarse a la nueva realidad, como nos adaptamos los abogados y otras profesionales.

    Aunque no comparto la lectura que hace en este artículo, por lo que a mi opinión respecta, aprovecho para felicitarle por su magnífico blog.

    Un cordial saludo,

    • Buenas tardes Javier:
      Le doy las gracias.
      Efectivamente habría que abandonar la idea de la confrontación, de la sustitución, de la eliminación, de la inutilidad de una cosa o de la otra y avanzar, explorar, en esa tecnología tanto en el ámbito de la fe pública (que suelen olvidar los mas acérrimos partidarios del blockchain) como fuera de ella.
      Puede que el blockchain nos sirva, pero no puede olvidarse (y ese era el propósito de mi artículo) que hacemos los Notarios cientos cosas de cosas diferentes y que la cadena de bloques no es la solución para todas ellas.
      Las particularidades de cada acto o negocio jurídico documentando notarialmente, lo alejan de una simple cadena de eslabones en la que haya un denominador común y escasas variables.
      Nosotros jugamos con una buena cantidad de elementos que hacen cada eslabón distinto del previo y del siguiente en muchos casos.
      Saludos, Justito El Notario.

  2. Mi madre falleció en Málaga en 2018 sí hacer tectamento. Contrato a notario en malaga para hacer declaraciones de herederos avistado.
    Le enviamos los 5 a heredar la documentacion por correo electrónico al despacho de notaria.

    Resultado : de 5 a heredar 3 somos hermanos reconocidos y criados guntos + 2 que sabíamos de su esistencia pero ni nos criamos juntos , ni mi madre los tenía reconocidos legalmente.
    El notario nos declara a tres legítimos herederos y a dos los incluye en protocolo 16 , para que acudan vía judicial.
    Conclución : notario no nos informo de que nos dejaba la herencia bloqueada a la espera de resolución judicial..
    Actuando de mala fe al no informar .

  3. Buenos días

    Una cuestión que me planteo, como es posible realizar en notaria la siguientes transmisiones:
    Un propietario A, acuerda vender a B un inmueble. Y B quiere vender a C. Se entiende que B se reserva el derecho con A, de otorgar a quien designe, en este caso C, ¿Se puede hacer una sola transmisión de A a C?. Se entiende que C respeta las condiciones que B acordara con A.

    Pero si la operación tuviera que pasar obligatoriamente de A–>B–>C. ¿Es posible en un mismo acto realizar la transmisión notarial de A a B y B a C? ¿Se podría remitir la presentación registral de ambas escrituras simultáneamente?

    Saludos

    • Buenas tardes Francisco:
      En la notaría hacemos A-B y luego B-C. Y si viene D y quiere comprar a C encantado y luego a E y a F y a G.
      No, no se entiende que C respeta nada de lo que B pacta con A; C respeta lo que tiene pactado con B y si eso incluye respetar lo pactado con A pues estupendo, pero automáticamente no se produce ese efecto y queriendo que conste algo en la escritura pues depende del caso.
      Las escritura serán sucesivas, no simultáneas. En el Registro no existe simultaneidad en las transmisiones. Podría existir con el rango hipotecario pero no con el dominio.
      Saludos y suerte, Justito El Notario.

  4. Felicitaciones por el magnifico blog.

  5. Para que luego digan de los notarios…

    Enhorabuena por todo.

    Por cierto, ¿qué es eso de los compromisos de invitación, también invitas a comer?

  6. CRISTINA DE LA CRUZ PIÑOL

    Justito, tiene mucho mérito relacionarnos las 394 cosas que se pueden hacer en la notaría, y estar en plena mudanza. Eres increíble y admirable ! Desep tengas tus paredes pronto! Ánimo!

    • Buenas tardes Cristina:
      Muchas gracias, de verdad. Me da mucha fuerza recibir estos ánimos.
      A estas horas del viernes. Tengo paredes pero me faltan las puertas y rellenar los huecos destinados a vidrio con vinilos. Vamos avanzando. Ya queda menos. Creo que acabaré contando lo que ha pasado estas semanas. Un abrazo, Justito El Notario.

  7. Debería establecerse (que creo que no existe) algún método de asistencia notarial por videollamada (hoy en día ya establecida con todas las garantías en el mundo judicial), sería de gran ayuda sobre todo para los expatriados que se ven obligados a depender del caótico servicio de los consulados.

    • Buenas tardes:
      Efectivamente, debemos establecer una vía fluida de comunicación con embajadas y consulados de España en el extranjero. Se habla, pero nunca se hace. Un abrazo y gracias, Justito El Notario.

  8. JOSEP LLUIS VAZQUEZ I CARRERA

    Buenos días Sr.PRIETO ,

    Perdóneme mi abuso de confianza , pero habida cuenta que soy un seguidor de su fantástico blog , deviene Usted sin saberlo , alguien muy próximo .
    Un servidor es solo abogado de cabecera ( más fuera que a dentro ) des de 1983 y no hay día que no me acueste sin haber aprendido algo.
    Me atrevo a pedirle si entiende Usted , que el Notario autorizante de acta -expediente de matrimonio , en el que hay un ciudadano con acta de nacionalización inglesa (refugiado vietnamita que con su hamilia huyo de la guerra entre el Vietnam i China y que nació sinó en un barco en un puerto de la Indochina no identificado )y que contrae matrimonio con española (mi hija) PUEDE bien hacer prueba sufiente de la acta de nacionalización para acreditar capacidad o si precisa de testigos (todos en Cambrigde ) para dar cumplimiento a l’article 24.RRC.
    MUY AGRADECIDO POR SU COMPRENSIÓN , que hago extensivo a su impresionante labor en bien de su profesión y en provecho de los demás profesionales jurídicos.
    Reciba mi cordial salutación y deseo sincero de SALUT en este 2021.

    • Buenas noches Josep Lluís:
      Muchas gracias por sus palabras que me animan a seguir en esta línea.
      Pues si le soy sincero, no lo sé. No he autorizado nunca un documento de ese tipo y no tengo experiencia.
      De nuevo gracias y un abrazo, Justito El Notario

  9. Paz Crespo del Campo

    Bns días Miguel, es una pasada leerte y ver,sentir tu Enorme,Maravillosa vocación de Notario.
    Mil Gracias por enumerar todo lo q s puede hacer en Notaría, tanto y tanto!!!!y Aúpa c ese Manual d Formularios o blog y por supuestisimo q te rente…con lo q curras y t lo curras!!!
    Q vaya muy bien en la nueva ubicación…como es,o somos..espero no,la gente cargando y te preguntan si t cambias y luego preguntan d sus cosas…
    Buen día,besos

    Pax

    • Querida Paz:
      Es que la gente es la pera ¡ Algunos se han cabreado un montón por los retrasos pero ¡que quieren que haga!
      Menos mal que ya hemos recuperado la normalidad en la firma aunque no tenga aún paredes …
      En fin, muchas gracias y besos, Justito El Notario

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada.