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Paseo Jurisprudencial: Lunes 7/12/2020: Gastos hipotecarios. Reiteración de la jurisprudencia de la Sala

¿Que qué es un Paseo Jurisprudencial? Pues aquí lo tenéis.

Vamos a por el Paseo de esta semana. 

Sentencias y Autos del TC:

Esta semana no tenemos Autos pero han salido las Sentencias 160 a 173 del Tribunal Constitucional.

De ellas, me parecen interesantes estas tres:

Sala Segunda. Sentencia 160/2020, de 16 de noviembre de 2020. Recurso de amparo 2303-2017. Promovido por doña Nuria Soledad Prieto respecto de la sentencia de la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional que desestimó su impugnación de providencia de apremio en liquidación del impuesto sobre sucesiones y donaciones. Vulneración del derecho a la tutela judicial efectiva (resolución fundada en Derecho): sentencia que atribuye efectos interruptores de la prescripción a las notificaciones defectuosas practicadas por la administración.

Sala Segunda. Sentencia 162/2020, de 16 de noviembre de 2020. Recurso de amparo 968-2018. Promovido por Maricris de Chipi, S.L., respecto de la resolución dictada por un juzgado de primera instancia de Cieza (Murcia) en procedimiento de ejecución hipotecaria núm. 128-2013. Vulneración del derecho a la tutela judicial efectiva (acceso a la jurisdicción): resolución judicial que, al aplicar el precepto legal anulado por la STC 15/2020, de 28 de enero, deniega la revisión judicial de los decretos de los letrados de la administración de justicia (STC 17/2020).

Sala Primera. Sentencia 167/2020, de 16 de noviembre de 2020. Recurso de amparo 1351-2019. Promovido por don Esteban Salas Vargas en relaciones con las resoluciones dictadas por un juzgado de primera instancia e instrucción de Alcalá de Guadaira (Sevilla) en proceso de divorcio contencioso. Vulneración del derecho a la tutela judicial sin indefensión: falta de diligencia del órgano judicial en su obligación de agotar los medios para asegurar el emplazamiento personal del demandado (STC 119/2020).

Nos vamos al Cendoj.

Sentencias del TS:

Tenemos este lunes, 11 Sentencias NUEVAS de la Sala 1ª del TS.

Ninguna me parece interesante, a priori, a los efectos de la práctica notarial. Son estas:

  1. STS 3895/2020 Caducidad de la acción de nulidad por error vicio del consentimiento de la adquisición de productos financieros complejos.
  2. STS 3896/2020 Gastos hipotecarios. Reiteración de la jurisprudencia de la Sala.
  3. STS 3898/2020 Imposición de las costas en un litigio sobre nulidad de cláusulas abusivas en un contrato concertado con consumidores. Diferente régimen de la imposición de las costas de primera instancia y de las costas de los recursos de apelación y casación.
  4. STS 3900 3901 3902 3903 /2020 Swap.
  5. STS 3904/2020 Derecho al honor. Desestimación
  6. STS 3907/2020 Productos financieros complejos.
  7. STS 3909/2020 Indemnización por el fallecimiento de pasajeros en el accidente del avión de Spanair en el aeropuerto de Barajas. Intereses de demora aplicables a la prestación del asegurador. No se rigen por los Reglamentos de la UE ni por el Convenio de Montreal, sino por la Ley del Contrato de Seguro. Aplicabilidad de los intereses del art. 20 de la Ley del Contrato de Seguro por no concurrir circunstancias extraordinarias que justifiquen el retraso en el pago de la indemnización. Inadmisión de motivo de casación por falta de cita del precepto legal infringido.
  8. Y STS 3962/2020 Legitimación de las concursadas en régimen de intervención para recurrir en apelación. Se reitera la jurisprudencia según la cual: “(…) el concursado, bajo el régimen previsto en el apartado 3 del art. 51 para los casos de intervención (…), mantiene en ese pleito la capacidad procesal, pero su legitimación procesal queda condicionada al régimen de autorizaciones previsto en este precepto. Es lógico por ello que, una vez dictada la sentencia de primera instancia, para recurrir en apelación necesitara la conformidad de la administración concursal. Aunque esta exigencia de conformidad no esté explicitada en el art. 51.3 LC respecto de la actuación procesal de recurrir la sentencia, debemos considerarla integrada, a la vista de lo regulado en el art. 54.2 LC respecto del ejercicio de acciones del concursado” (sentencia 295/2018, de 23 de mayo, reiterada por las sentencias 570/2018, de 15 de octubre, y 389/2020, de 1 de julio).

Nos quedamos para la semana que viene en el ATC 131/2020, la STC 173/2020 y en la STS 3.962/2020.

El Paseo Jurisprudencial de este lunes, no tendrá continuación mañana martes en la Sección Doctrina Jurisprudencial.

Como va haciéndose cada vez más difícil, tras LXVII Episodios de Chistes y Anécdotas, reunir el material necesario para un post, a partir de ahora cuando no haya un nuevo episodio para publicar, reeditaré alguno de los ya publicados y que podéis leer siempre aquí.

Hasta otra. Un abrazo. Justito El Notario. @justitonotario




 

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