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Paseo Jurisprudencial: Lunes 15/06/2020: No son nacionales españoles de origen del art. 17.1 c) del Código Civil los nacidos en el Sahara Occidental antes de su descolonización

¿Que qué es un Paseo Jurisprudencial? Pues aquí lo tenéis.

Vamos a por el Paseo de esta semana. 

Sentencias y Autos del TC:

Esta semana tenemos 6 nuevos Autos (35 a 40) y 5 nuevas Sentencias (41 a 45) del Tribunal Constitucional. Me han parecido interesantes estas 3 Sentencias:

  1. Sala Primera. Sentencia 41/2020, de 09 de marzo de 2020. Recurso de amparo 3431-2018. Promovido por don Luis Alfredo Carvajal Estrada en relación con las resoluciones dictadas por un juzgado de primera instancia de Illescas en procedimiento de ejecución hipotecaria. Vulneración del derecho a la tutela judicial sin indefensión: emplazamiento mediante edictos sin agotar las posibilidades de averiguación del domicilio real del demandado (STC 122/2013).
  2. Sala Primera. Sentencia 42/2020, de 09 de marzo de 2020. Recurso de amparo 4933-2018. Promovido por don Carlos Stuart Rochabrunt Gamarra, en relación con la resolución de la Subdelegación del Gobierno en Girona y las sentencias de las salas de lo contencioso-administrativo del Tribunal Supremo y del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña, que denegaron su solicitud de obtención de tarjeta de residencia como familiar de ciudadano de la Unión Europea. Vulneración de los derechos a la igualdad y a la tutela judicial efectiva: resoluciones administrativas y judiciales que no ponderaron suficientemente las circunstancias fácticas de la relación de dependencia que sirve de fundamento a la posibilidad de reagrupación familiar.
  3. Y Sala Segunda. Sentencia 43/2020, de 09 de marzo de 2020. Recurso de amparo 5379-2018. Promovido por Penrei Inversiones, S.L., en relación con las resoluciones dictadas por un juzgado de primera instancia e instrucción de Lorca en procedimiento de ejecución hipotecaria. Vulneración del derecho a la tutela judicial sin indefensión: inadecuada utilización de la dirección electrónica habilitada como cauce de comunicación del primer emplazamiento de la entidad demandada (SSTC 6/2019 y 47/2019).Nos vamos al Cendoj.

Sentencias del TS:

Tenemos este lunes, 7 Sentencias NUEVAS de la Sala 1ª del TS.

Me permito no enlazaros las sentencias esta semana. ¿La causa? Pues que con la pandemia me ha salido otro libro cuya preparación me ha coincidido con las correcciones para la segunda edición de “Nada antes que opositar (Nihil prius oppositio)”. Ambos libros estarán muy pronto disponibles. Con tanto lío me ha sido imposible atender el blog como lo hago habitualmente y las sentencias del paseo de esta semana se han caído de las 50 más recientes con lo que me cuesta más buscarlas y me da pereza hacerlo. ¿Qué cómo se títula el nuevo libro? Se titula “Crónica notarial de una pandemia”.

Estas 4, son las que no me parecen interesantes, a priori, a los efectos de la práctica notarial:

  1. STS 1226/2020 Contrato de transporte continuado. Resolución unilateral sin justa causa y sin preaviso. Indemnización de daños y perjuicios.
  2. STS 1227/2020 Comercialización de productos financieros complejos. Normativa MiFID, Error en el consentimiento. Reiteración de la jurisprudencia de la sala.
  3. STS 1235/2020 Derecho de asociación. Recurso que cambia la base fáctica en la que la Audiencia Provincial basó su resolución.
  4. Y STS 1239/2020 Efectos de la declaración de nulidad de una cláusula suelo por falta de transparencia. Estimación del recurso de casación conforme a la jurisprudencia de esta sala posterior a la STJUE de 21 de diciembre de 2016 (caso Gutiérrez Naranjo). El banco recurrido no se opone al recurso.

Y estas 3 son las que me parecen interesantes, a priori, a los efectos (como siempre) de la práctica notarial y a los de las oposiciones a notarías (si es que las hay):

  1. STS 1221/2020 Cláusula sobre subrogación en el préstamo hipotecario como forma de pago de parte del precio de la compraventa o alternativa imputación de gastos de cancelación al comprador. El art. 89.3,b) del TRLCU. Contenido y ámbito temporal de aplicación.
  2. STS 1225/2020 Responsabilidad del administrador de una sociedad, basada en el incumplimiento del deber legal de promover su disolución, estando incursa en causa legal. Responde de las deudas sociales posteriores a la aparición de la causa de disolución. La deuda social que consiste en una indemnización a un trabajador que ha sufrido un accidente laboral surge con el siniestro y no con la sentencia que lo reconoce y condena a su pago. Como el accidente fue anterior a la aparición de la causa de disolución, aunque hubiera sido reconocida por sentencia posterior, no se trata de una deuda posterior a los efectos del art. 367 LSC.
  3. Y STS 1240/2020 Nacionalidad: no son nacionales españoles de origen del art. 17.1 c) del Código Civil los nacidos en el Sahara Occidental antes de su descolonización. Recurso extraordinario por infracción procesal: incongruencia; no es incongruente la sentencia que, ateniéndose a lo pedido y a la causa de pedir (hechos jurídicamente relevantes que sirven de fundamento a la pretensiones) selecciona una norma no invocada en la demanda

Nos quedamos para la semana que viene en el ATC 40/2020, la STC 45/2020 y en la STS 1.240/2020.

El Paseo Jurisprudencial de este lunes, no tendrá continuación mañana martes en la Sección Doctrina Jurisprudencial.

Como va haciéndose cada vez más difícil, tras LIX Episodios de Chistes y Anécdotas, reunir el material necesario para un post, a partir de ahora cuando no haya un nuevo episodio para publicar, reeditaré alguno de los ya publicados y que podéis leer siempre aquí.

Hasta otra. Un abrazo. Justito El Notario. @justitonotario




 

2 comentarios

  1. José Manuel Antón

    La sentencia 1240/2020 relativa a la nacionalidad de los saharauis tiene enorme importancia. Podría haberla comentado un poco, más que nada porque hay distintas sentencias contradictorias en esta materia, aparte de ser la cuestión legal más trascendente que tiene España en materia de Derecho internacional. Pero bueno, todo es disculpable por la maldita pandemia.

    Tenga un buen día.

    Atentamente.

    Oviedo, a 22 de enero de 2020.

    • Buenos días José Manuel:
      Si es usted seguidor habitual de mis paseos, sabrá que nunca incluyen comentarios. Se cita y enlaza la sentencia y se recoge el resumen del CENDOJ. Nada más y nada menos (que lo llevo haciendo ya 5 años, todos los lunes, primavera, verano, otoño e invierno), así que (no sé si no he pillado la broma) no necesito que se me disculpe de nada.
      Saludos y gracias, Justito El Notario.

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