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Paseo Jurisprudencial: Lunes 3/02/2020: Nulidad de compraventa y de préstamo hipotecario. Incumplimiento de sus obligaciones por la sociedad de tasación, designada y vinculada societariamente al Banco

¿Que qué es un Paseo Jurisprudencial? Pues aquí lo tenéis.

Vamos a por el Paseo de esta semana. 

Sentencias y Autos del TC:

Esta semana no tenemos Autos ni Sentencias del Tribunal Constitucional.

Nos vamos al Cendoj.

Sentencias del TS:

Tenemos este lunes, 21 Sentencias NUEVAS de la Sala 1ª del TS.

Estas 13, son las que no me parecen interesantes, a priori, a los efectos de la práctica notarial:

  1. STS 21/2020 Demanda de error judicial. Aplicación manifiestamente contraria al ordenamiento jurídico de la Disposición Transitoria Quinta de la Ley 42/2015, en relación con el art. 1939 CC, referida a la reforma del plazo de prescripción de las acciones personales (art. 1964.2 CC). Estimación del error judicial.
  2. STS 27/2020  29/2020 y 35/2020 Incongruencia. Alteración de la causa de pedir. Apreciación de oficio por el tribunal de segunda instancia de una acción no ejercitada en la demanda.
  3. STS 30/2020 Efectos de la declaración de nulidad de una cláusula suelo por falta de transparencia. Estimación del recurso de casación conforme a la jurisprudencia de esta sala posterior a la sentencia del Tribunal de Justicia de 21 de diciembre de 2016 (caso Gutiérrez Naranjo).
  4. STS 33/2020 Responsabilidad por productos defectuosos. Artículo 138.2 del texto refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios. Responsabilidad del suministrador cuando no identifica al fabricante.
  5. STS 38/2020 39/2020 40/2020 85/2020 y 86/2020 Alcance de la indemnización por el perjuicio sufrido con la contratación de obligaciones de deuda subordinada. Se confirma la jurisprudencia según la cual como la obligación de indemnizar los daños y perjuicios causados “resarce económicamente el menoscabo patrimonial producido al perjudicado, (…) se concreta en la pérdida de la inversión, pero compensada con la ganancia obtenida, que tuvo la misma causa negocial”. Por lo que para este cálculo, a la suma inicialmente invertida hay que descontar el importe rescatado tras la intervención del FROB y los rendimientos generados a favor del cliente durante la vigencia de los productos financieros.
  6. STS 55/2020 Infracción de los derechos de propiedad intelectual de una obra de investigación en el campo de la Historia del Derecho, por la publicación posterior de dos obras que reproducen casi literalmente dos epígrafes de aquella obra. Originalidad y actividad creativa exigidas a este tipo de obras para que puedan incardinarse en el art. 10.1.a) LPI.La exigencia de creatividad no justifica que, en un ámbito como el del presente recurso (estudios de Historia del Derecho), se asocie con el juicio que sobre la originalidad de las ideas expuestas pudieran hacer los conocedores de la materia, sino con la forma en que son expuestas. De tal modo que, al margen de que lo revelado en esos epígrafes reproducidos por el demandado pudiera ser ya conocido en esa especialidad de la Historia del Derecho, lo verdaderamente relevante es que, sin perjuicio de las pertinentes citas de las fuentes de las que se tomó este conocimiento, la forma en que se expuso difería de lo ya existente y no constituía un lugar común.
  7. Y STS 61/2020 Custodia compartida.

Y estas 8 son las que me parecen interesantes, a priori, a los efectos (como siempre) de la práctica notarial y a los de las oposiciones a notarías (si es que las hay):

  1. STS 23/2020 Condiciones generales de la contratación. Diferencia entre el control de incorporación y el control de transparencia. Cláusulas suelo. Adherente profesional: no proceden los controles de transparencia y abusividad.
  2. DESTACADA STS 24/2020 Acción de responsabilidad por incumplimiento de los deberes legales de disolución, estando la sociedad incursa en causa de disolución. Alcance de la responsabilidad a las deudas posteriores a la concurrencia de la causa de disolución. Supuesto en que una deuda social anterior a la aparición de la causa de disolución, es pagada después por un fiador, quien ejercita la acción frente al administrador y aduce que su crédito, nacido con el pago de la deuda afianzada, es posterior a la causa de disolución. Aunque el fiador asuma la condición de acreedor frente a la sociedad deudora principal, respecto de lo pagado al acreedor principal, como consecuencia de la fianza, a los efectos previstos en el art. 367 LSC no cabe hablar del nacimiento de una nueva deuda social, sino más bien de que la existente persiste, sin perjuicio de que ahora sea el fiador el legitimado para reclamarla.
  3. STS 25/2020 Responsabilidad por vicios de la construcción. Plazo de garantía y prescripción de la acción. Responsabilidad individualizada de los agentes de la construcción. Vicios de ejecución material y no de dirección de obra y proyecto imputables a arquitecto.
  4. DESTACADA OPOSITORES STS 26/2020 Sociedad de gananciales. Impugnación por el confesante de la manifestación realizada en el momento de la adquisición de que el dinero invertido en la compra del inmueble pertenecía en exclusiva a su esposa.
  5. DESTACADA STS 28/2020 Nulidad de compraventa y de préstamo hipotecario. Incumplimiento de sus obligaciones por la sociedad de tasación, designada y vinculada societariamente al Banco. Omisión en el informe de tasación de la inexistencia de estaciones trasformadoras de luz que eran necesarias para suministrar luz definitiva a las naves industriales. Dolo en el vendedor. Error en el comprador. Influencia de la deficiente tasación en la compraventa y en el préstamo hipotecario.Negocios coligados. Conexión entre la compraventa y el préstamo hipotecario.La venta no estaba consolidada ni era irreversible cuando se elevó la promesa de venta a escritura pública y se suscribe el préstamo hipotecario, por lo que el informe de tasación erróneo fue determinante. Mutua devolución de lo percibido y entregado en compraventa y préstamo hipotecario, como consecuencia de la nulidad de ambos negocios jurídicos.Indemnización de daños y perjuicios. Responsabilidad solidaria de la sociedad de tasación y Banco con la vendedora. El Banco no era inmune a la negligencia en la tasación efectuada por una tasadora de la que debía responder y que el Banco impuso, estando tasadora y Banco ligadas societariamente.
  6. STS 31/2020 Condiciones generales de la contratación. Una sociedad de responsabilidad limitada no puede ser consumidora, ni por tanto se le aplica el estatuto jurídico propio de los consumidores. Reiteración de la jurisprudencia de la sala.
  7. STS 32/2020 Compraventa de viviendas para uso residencial. Ley 57/1968. Seguro de caución. Devolución de cantidades entregadas a cuenta: comienzo del devengo de los intereses legales de los anticipos. Reiteración de doctrina: los que deben restituirse son remuneratorios de las cantidades anticipadas y, por tanto, exigibles desde cada anticipo.
  8. Y DESTACADA STS 37/2020 Retracto de finca hipotecada. Ejercicio de retracto arrendaticio “mediante subrogación hipotecaria”. El necesario consentimiento del acreedor hipotecario (arts. 1205 CC y 118 LH).

Nos quedamos para la semana que viene en el ATC 184/2019, la STC 178/2019 y en la STS 86/2019.

El Paseo Jurisprudencial de este lunes, tendrá continuación mañana martes en la Sección Doctrina Jurisprudencial.

Como va haciéndose cada vez más difícil, tras LIV Episodios de Chistes y Anécdotas, reunir el material necesario para un post, a partir de ahora cuando no haya un nuevo episodio para publicar, reeditaré alguno de los ya publicados y que podéis leer siempre aquí.

Hasta otra. Un abrazo. Justito El Notario. @justitonotario




 

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