Reglas de los casos prácticos: Es voluntario contestar. Se me contesta a mi (por no volver loco a nadie más que a mi …). Yo compartiré respuestas sin nombres en cuanto pueda (si puedo). Probablemente compartiré la edición de los casos. CASO PRÁCTICO NÚMERO 1 (CLASE ESPECIALMENTE RELACIONADA: LA NÚMERO 2): Consulta de un compañero que fue alumno del curso en otra edición: Tengo que hacer una declaración de obra en construcción y posterior hipoteca. La finca mide: RP 2.100 Catastro 2.174 Realidad 2.248 Le preocupa que un eventual expediente hipotecario le atasque la inscripción de la hipoteca. Se pregunta si podrían dar por bueno el Catastro y quiere saber qué procedimiento se tendría que usar si piden la superficie catastral o si optan por la verdadera medición. No tenemos IVG con lo que no sabemos de dónde salen los metros que faltan. Podría ser que salgan de los vecinos o que la finca esté mal medida y realmente estén dentro de su perímetro catastral actual. Entonces: Si opta por Catastro, ¿qué tenemos que pedir? Si optar por la realidad, ¿qué tenemos que pedir? Supongamos (para evitar meternos en el 18.2) que la finca solo está mal medida pero su perímetro está bien y no hay que quitarle metros a nadie. ¿Alguna otra alternativa? (yo sí que tengo una o dos…). CASO PRÁCTICO NÚMERO 2 (CLASE ESPECIALMENTE RELACIONADA: LA NÚMERO 2): Consulta de un compañero que fue alumno del curso en otra edición: Ya sabéis que a veces cuando vamos a sacar la CCDYG aparece una inconsistencia. Se siguen pudiendo comunicar desde la notaría y teóricamente las arreglan… Pero la compañera me consulta: Tengo un exceso de cabida y hay inconsistencia. ¿Hay algún problema si tengo un IVG+ o antes debería resolverse la inconsistencia? El IVG+ es positivo pero pasado un tiempo dejan de servir, ¿no? ¿Qué tiempo es? Si han dejado de servir, ¿habrá que hacerlo de nuevo no?