portal notarial del ciudadano

Los Notarios franceses son mas “listos”

Advertencia: En la web “Justito El Notario”, su titular y responsable Miguel Prieto Escudero, no asesora ni aconseja ni lo ha hecho nunca desde la apertura del blog el 20/11/2015. Aquí únicamente se informa, se divulga (o al menos se intenta) y se opina (con mayor o menor grado de acierto). El contacto, colaboración o comentario a las entradas, no puede entenderse en ningún caso como un acceso telemático a mi notaría ni conducente a la firma de un documento público en la misma. A esos fines deberán dirigirse a mí por los cauces oportunos, pero nunca por la vía de mi blog que constituye una actividad completamente privada y no está conectado con la web de mi notaría.

¿Los Notarios franceses son mucho mas “listos”?

Hace unos días me hicieron llegar esta Noticia: “El Consejo Superior de Notarios pone en marcha el servicio NOTARIES INFOS. El Consejo Superior del Notario (CSN) presenta hoy NOTAIRES INFOS, su nuevo servicio de información jurídica por teléfono para toda Francia. NOTAIRES INFOS permite a los franceses dar rápidamente un primer nivel de respuesta a preguntas de carácter legal y luego dirigirlas, si es necesario, al profesional más capacitado para asesorarlos. Compuesto por un equipo de abogados con experiencia, es accesible el 0892011 012 * todo el día, de lunes a viernes y de 9:30 a 18 hs. Este es uno de los compromisos del primer Convenio de Objetivos de la profesión notarial para el período 2021-2024 firmado hace apenas un año con el Estado, el jueves 8 de octubre de 2020. David Ambrosiano, presidente del CSN declara: “El Notario ha respondido al llamamiento del ministro de Justicia lanzado hace un año para participar en el fortalecimiento del acceso a la ley y la justicia para todos los franceses. Tenía muchas ganas de que estuviéramos allí un año después de la firma de nuestra convención de objetivos con el Estado”. * Costo de la llamada: 0,80 cts / mn“.

Ochenta céntimos el minutos y no atiende el Notario. Un chollo. Mientras tanto, nosotros hemos creado el “Portal Notarial del Ciudadano” (PNC).

¿Qué es el PNC?

El PNC es un servicio público desarrollado por ANCERT (Agencia Notarial de Certificación, S.L.U., entidad propiedad del Consejo General del Notariado español) que ofrece a los ciudadanos un medio interactivo de comunicación en sus relaciones con los despachos notariales. No obstante, cualquier servicio notarial que requiera de atención personal, aunque iniciado a través de este portal, no se realizará online, sino que exigirá en algún momento de la comparecencia presencial del ciudadano ante un Notario. El PNC ofrece servicios de asesoramiento en materia notarial a través de videollamadas y para la obtención de copias simples electrónicas (pero no para la obtención de copias autorizadas). Los servicios de asesoramiento son los mismos que pueden solicitarse directamente, de forma gratuita y personal, contactando telefónicamente con la notaría de su elección. Recordemos que el asesoramiento conducente a la firma de una escritura, no devenga aranceles.

¿Hay otros servicios que hagan la “competencia” al “PNC”?

No, no los hay. Todo lo que hay son productos de muy diferente propósito u orientación. No son productos competidores, ni han de tener el mismo usuario tipo que el PNC.

Por ejemplo, existen servicios de uso restringido a notarías y a sus clientes, para que éstos reciban de forma segura copias simples electrónicas (no autorizadas) e imágenes escaneadas de otros documentos notariales, encriptados o no, proporcionados por la notaría, incluyendo facturas, liquidaciones de impuestos y documentos registrales o catastrales relacionados, permitiendo que los clientes utilicen la plataforma como repositorio de sus documentos notariales. El propietario titular de todos los documentos almacenados en dicho repositorio es el cliente de la notaría, que autoriza a la misma para que se los incorpore al sistema (se los suba). En su condición de propietario del área privada, el cliente puede descargar los documentos, enviar copias de los mismos por email o mediante envío certificado y designar a otros usuarios para acceder a la plataforma, todo ello de forma gratuita (porque el servicio lo paga la notaría aunque la copia se habrá facturado al cliente por su Notario).

En consecuencia, estos servicios pueden constituir procedimientos de comunicación segura entre un despacho notarial y sus clientes para el intercambio de documentos notariales (copias simples de escrituras, actas, pólizas; así como facturas, imágenes electrónicas escaneadas y otros documentos vinculados a los notariales) entre uno y otros, con un sistema de registro que certifica digitalmente quién accede y se descarga un documento. El sistema de gestión de evidencias registra y sella de tiempo los accesos realizados por el personal de la notaría y los distintos usuarios autorizados por cada cliente, pudiéndose obtener certificados de dichos accesos. También pueden utilizarse como sistema de cobro de las escrituras puestas a disposición de los clientes por este medio, utilizando plataformas que habrán de ser de alta seguridad y protección alojadas en un servidor certificado.

Tal vez el mercado aun no esté maduro ni para esos servicios ni para el propio PNC.

El PNC tiene un propósito más amplio

El PNC extiende sus servicios a la totalidad del colectivo notarial y a toda la ciudadanía en general, intentando llegar telemáticamente a la máxima operatividad que permita la función notarial, que por definición requiere de una atención personal y presencial. La obtención de copias simples (no autorizadas) es un servicio de pago (salvo las de las moratorias hipotecarias del COVID). No es posible, sin embargo, el envío de otra clase de documentación distinta de las copias simples electrónicas. Tampoco en el caso del PNC se cobra por el servicio en sí, solo por la copia que se obtiene.

Entonces, una cosa y otra (el PNC), ¿son en realidad, lo mismo con un flujo diferente para la petición y obtención de la información?

En esos sistemas, el Notario contrata y luego ofrece el servicio a sus clientes que podrían disponer de todas las copias firmadas en cualquier otra notaría que también sea cliente del sistema, pero no de las de ninguna otra que no lo sea. El cliente no tiene que hacer nada y no pagará nada por el servicio, aunque habrá pagado la copia al Notario y dispondrá de ella para siempre. En el PNC, el cliente se da de alta en cualquier notaría española y posteriormente ya puede reclamar a cualquier notaría (todos los Notarios estamos en el PNC), y a través del propio portal, las copias que necesite que también tendrá que pagar y que también tendrá disponibles para siempre. Un usuario del PNC puede entonces reunir todas sus escrituras en él, y, sin embargo, el usuario del otro servicio solo podría hacerlo si todos los Notarios con los que ha firmado o que archivan sus escrituras, están en ese sistema.

Entonces, ¿esos sistemas tienen alguna ventaja frente el PNC?

Pues la fundamental para mi, es que no requieren ningún registro previo con lo que el cliente no tiene que hacer nada para conseguir sus copias (solo pedírnoslas y tener interés, claro está) y, además (y esto es muy importante) cubren un flanco que tenemos al descubierto: el envío de copias simples electrónicas tras el otorgamiento de una escritura y en las horas o días siguientes a la firma. Permiten, además, tras los otorgamientos, ir añadiendo documentos complementarios como calificaciones, certificaciones catastrales y facturas llevando un registro de todo lo enviado para controlar así las peticiones duplicadas y poder respaldar la minutación por razón de copias en caso de que se efectúe algún tipo de reclamación de nuestras facturas (lo que está al orden del día en estos tiempos).

No obstante, también sería posible que en esos sistemas esté prevista la adquisición de tu propio espacio para albergar como usuario no Notario todas tus escrituras.

¿Qué no son esos servicios?

No son un despacho notarial que atienda a sus clientes de forma no presencial, ni realizan ningún tipo de servicio notarial o que pueda identificarse como tal.

Y para terminar, ¿existen las notarías online?

Por la propia esencia del servicio notarial, el Notario requiere de la presencia física del otorgante para comprobar identidad, capacidad y suficiencia. Hay previstas actuaciones notariales por videoconferencia, pendientes de reforma legal. En España, hay portales que se anuncian como prestadores de servicios notariales online, por ejemplo para la realización de testamentos, poderes u otro tipo de escrituras, que en realidad son intermediarios que prestan un servicio de preparación de la documentación necesaria para posteriormente concertar una cita física con una notaría que realizará ese trabajo de la única forma posible, es decir, presencialmente y ante Notario. Es muy probable que en realidad estén ofreciendo otros servicios extras que usted no necesite y que encarecerán mucho el servicio verdaderamente pretendido que es el servicio notarial.

No olviden que el servicio accesorio no debería costar mas que el servicio principal.

Hasta otra. Un abrazo. Justito El Notario. @justitonotario




 

2 comentarios

  1. Buenísima y muy cierta la última frase “ No olviden que el servicio accesorio no debería costar mas que el servicio principal”. No puedo estar más de acuerdo, aunque los clientes se quejen, las notarías siempre somos “la última cara visible”, por lo que suelen venir ya “ordeñados” de otros servicios complementarios previos, muchas veces, subidos de precio… y las notarías son (al 99%) las únicas que tienen “precio cerrado” regido por arancel…

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada.