Advertencia: En la web “Justito El Notario”, su titular y responsable Miguel Prieto Escudero, no asesora ni aconseja ni lo ha hecho nunca desde la apertura del blog el 20/11/2015. Aquí únicamente se informa, se divulga (o al menos se intenta) y se opina (con mayor o menor grado de acierto). El contacto, colaboración o comentario a las entradas, no puede entenderse en ningún caso como un acceso telemático a mi notaría ni conducente a la firma de un documento público en la misma. A esos fines deberán dirigirse a mí por los cauces oportunos, pero nunca por la vía de mi blog que constituye una actividad completamente privada y no está conectado con la web de mi notaría.
Comencemos con el Informe Semanal de la semana 37 de este 2021.
Nuevas entradas cortas (FAQS)
- Escritura de subsanación de otra de ampliación de edificación y actualización de descripción de finca (por un error involuntario y por el término de un expediente catastral) a los efectos de dar comienzo a un expediente hipotecario de modificación de cabida
- Escritura de poder especial (blindado) para renovar pasaporte de menor sin acreditación de la relación materno-filial
- ¿Qué documentos mercantiles tienen que enviarse a Ancert para confeccionar el IUI?
- ¿Se puede renunciar a ser Notario?
- Reversión (eliminación) de envío de acta de transparencia en Signo
Retoques
- Minutación de legitimaciones de firma “de cuantía”: He añadido un par de resoluciones de la DG y dejo pendiente una duda. ¿La minutación de cuantía se superpone a la sin cuantía y cobras por las dos? En caso contrario cobrando “con” podrías cobrar menos que cobrando “sin” y no me cuadra.
- RDGSJyFP 27/5/2021 (Impugnación de minuta de escritura de aceptación, partición y adjudicación de herencia): Resumen y breve opinión: He retocado lo relativo a la minutación de la liquidación de gananciales en los actos mortis causa y he puesto un ejemplo.
Una ligereza para los opositores:
Muy leído esta semana (a veces alguien encuentra un post lo comparte y me genera un montón de visitas):
- La conmutación del usufructo y sus riesgos fiscales: “ADVERTENCIA TESTAMENTO “UNO PARA EL OTRO” (CASADOS CON HIJOS): Como consecuencia de un cambio en el criterio de Hacienda en relación con las herencias hechas en base a los llamados testamentos “del uno para el otro” (los habituales en los casados con hijos), puede ser MUY recomendable y conveniente otorgar un nuevo testamento. Consulte a su Notario o abogado”.
- No me ha leído usted los linderos
Y por esta semana ya está. Menos mal que esto es tan fácil como firmar y cobrar …
Hasta otra. Un abrazo. Justito El Notario. @justitonotario
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