testamentos complicados enrevesado

Un testamento muy enrevesado: ¿estamos los Notarios obligados a estudiar estos casos?

Tras recibir unas mastodónticas instrucciones para preparar el enrevesado testamento abierto de un viudo con hijos menores de edad especialmente preocupado por la representación de estos en caso de que él falleciera durante la minoría de edad de alguno, tuve la impresión (y así se lo dije al testador) de que muchas de las cosas que pretendía dejar organizadas respecto de sus hijos eran poco más o menos que inviables o, como mínimo, muy poco convenientes o escasamente prácticas. Por supuesto, también le dije que un testamento con ese contenido era imposible prepararlo “de un día para otro”. Ten en cuenta además – continué – que tras tu voluntad testamentaria y una vez estés fallecido habrá un juez que tome las oportunas decisiones y que tendrá que dar por bueno (o no) todo lo que tú dices que habrá que hacer cuando faltes. Déjame que le de una lectura más en profundidad a tus instrucciones y te diga algo, pero permíteme que te aconseje que, aunque comprendo tus desvelos y preocupaciones, pretender dejar todo tan atado suele ser una fuente de problemas más que un mecanismo para su resolución. Las cosas tienen que organizarse de manera sencilla y dejar a aquellos en quienes confías que puedan funcionar cómodamente si tu faltas antes de la mayoría de edad de alguno de tus hijos. Cuando ayer me hablaste en WhatsApp de enviarme una “redacción del testamento” ya me imaginé que me ibas a enviar algo completamente inusual. Por ejemplo, estableces una especie de tutor del tutor: uno es el tutor y otro le controla (un órgano de fiscalización de la tutela, a fin de cuentas) y en mi opinión si uno no se fía lo suficiente del tutor debe nombrar otro distinto, no intentar controlar al que no le convence y que podría llegar a excusarse del cargo o a renunciarlo si se lo pone todo tan difícil. No hay que olvidar que los tutores nos hacen un favor ocupándose de nuestros hijos y debemos presuponer que lo hacen en exclusivo interés de ellos. Si uno no tiene en mente a nadie que estime suficientemente capaz o adecuado es cuando podría plantearse esa fiscalización, pero ¿crees verdaderamente necesario establecer tantos filtros cuando estás optando por tutores de tu propia familia? La gente huye de los asuntos complicados. Un testamento como el tuyo ahuyentará a los abogados, a los Notarios y a los oficiales de notarías que se enfrenten a él en el futuro; hasta a los jueces y fiscales se les hará bola a la hora de organizar lo vuestro. Si consideras que los elegidos son de tu confianza, no le des más vueltas. Nombra tutor de la persona separado del tutor de los bienes, si así lo quieres, y listo. No obstante, intentaré entresacar aquello que pueda ser “viable” de todo lo que me mandas. Con lo que me cuentas tengo bastante para intentar hacer algo y proponértelo.

Estas fueron parte de sus instrucciones

“A su vez XXX, será la administradora de las pensiones de orfandad que se deriven de mi fallecimiento y de las pensiones de orfandad de las que ya son beneficiarios y que tienen como causante a su madre xxxx. A título meramente informativo, a fecha de redacción de este testamento el importe mensual de la pensión de orfandad para cada hijo es de xxx mensuales más pagas extras de igual importe. El total de estas pensiones  se utilizará exclusivamente en beneficio de mis hijos, para su manutención, ropa, material escolar, libros, academias (de idiomas, de arte, de refuerzo de asignaturas o de otra índole), matrículas en centros públicos o privados en todos los niveles académicos, actividades extraescolares, actividades deportivas, medicamentos, tratamientos médicos, ocio, entradas a espectáculos, viajes, billetes en medios de transporte, alojamiento en hoteles o similares, vacaciones, campamentos, etc. Estás pensiones se ingresarán en una nueva cuenta (en adelante, “cuenta 1”) que se abrirá a tal efecto (por tanto, no se utilizará ninguna de las ya existentes a nombre mis hijos) y en la que figurarán como titulares mis hijos y como titular a efectos de administradora o tutora a xxxx. La administración de la “cuenta 1” para xxx se mantendrá hasta el xxxx fecha en la que cumplirá xxx años. La administración de la “cuenta 1” para xxxx y xxxx se mantendrá hasta el xxxx fecha en la que cumplirán xxx años. A fecha de fin de la administración para xxx, el saldo de la “cuenta 1” se dividirá en xxx partes. Una parte será transferida a una cuenta de la que xxx sea única titular. A fecha de fin de la administración para xxxx, el saldo de la “cuenta 1” se dividirá en xxx partes. Una parte será transferida a una cuenta de la que xxx sea único titular. Otra parte será transferida a una cuenta de la que xxx sea único titular. Aunque el testador es consciente de que la evolución, la actitud y las aptitudes de cada niño dependen de múltiples factores y que todo ello influye a su vez en su orientación y rendimiento académico, quiero hacer constar las líneas generales que deben guiar su trayectoria: La orientación de su educación debe ser hacia estudios universitarios. Los colegios de enseñanza primaria, así como los institutos de ESO y bachillerato donde sean matriculados deben ser bilingües en inglés y cursarán sus estudios en esta opción. Se examinarán del nivel B1 de inglés al finalizar la ESO y del nivel B2 al finalizar el bachillerato. Se fomentarán las actividades deportivas, por lo que serán inscritos en actividades de su elección, preferentemente de equipo: futbol, baloncesto, vóley, etc., sin descartar las individuales: tenis, natación, etc. y siempre procurando que participen en liguillas o competiciones de forma que la actividad tenga cierta continuidad temporal. Respecto a su ocio, el cine, el teatro, las actividades infantiles y juveniles deben seguir formando parte de su vida cotidiana. A lo largo del año están acostumbrados a disfrutar de viajes ocasionales (culturales, parques temáticos o de atracciones), excursiones por la naturaleza, etc. En verano, deseo que mantengan su vínculo con xxxx, disfrutando allí de días de vacaciones suficientes. También en verano acudirán a campamentos con algún valor añadido como idiomas, deportivos o contenidos divulgativos. 

Serán administradores mancomunados de los bienes resultantes de la adjudicación de esta herencia, así como de los bienes de los que ya son titulares y/o propietarios mis hijos a fecha de mi fallecimiento xxx y xxx. La administración de la totalidad de estos bienes para xxx se mantendrá hasta el xxx fecha en la que cumplirá xxx años. La administración de la totalidad de estos bienes para xxxx se mantendrá hasta el xxx fecha en la que cumplirán xxx años. Los administradores no efectuarán inversiones en productos financieros con riesgo de pérdidas como acciones y fondos de inversión o cualquier otro que pueda implicar pérdidas. Los administradores no realizarán operaciones de compra, venta o inversión con riesgo de pérdida. Cualquier operación que realicen debe garantizar la totalidad del capital dispuesto inicialmente para dicha operación. Por ejemplo, los administradores no realizarán inversiones en productos financieros con riesgo de pérdida como acciones y fondos de inversión. Sí podrán aportar capital a depósitos, planes de ahorro o fondos de inversión garantizados al 100%. Si en el momento de mi fallecimiento, existen acciones, fondos u otros productos financieros, los administradores mancomunados, una vez efectuada la adjudicación de la herencia, podrán determinar cuál es el mejor momento para liquidarlos, pero no aportarán nuevas cantidades a tales productos. No autorizo, durante el tiempo que dure la administración mancomunada, la venta, cesión, división, modificación de condominio o cualquier otro tipo de operación que suponga la perdida de la propiedad y disfrute de los bienes inmuebles de los que mis hijos sean propietarios de forma total o en parte, salvo por causa de fuerza mayor debidamente justificada y autorizada judicialmente”.

¿Es o no es demasiado? A mí ese “no autorizo” casi al final del texto es un clarísimo signo de querer ostentar la patria potestad desde el más allá.

Yo le propuse al testador algo mucho menos enrevesado

Tras algunas largas conversaciones telefónicas, mensajes de WhatsApp y correos electrónicos, no conseguí convencer al testador de que debía simplificar su testamento aceptando mi redacción alternativa mucho más sencilla en cuanto a lo que especialmente le preocupaba: la representación de sus hijos tras su muerte. Hasta procuré encaminarle a un abogado (con el que trataba habitualmente) para que procesara y depurara su última voluntad. Pasó el tiempo, no volvimos a hablar y el testamento no se firmó conmigo. En realidad, no sé si llegó a firmarlo, aunque me imagino que sí porque el testador estaba muy preocupado por el tema. Yo no me quedé del todo satisfecho y he pensado mucho en si estamos o no los Notarios obligados a realizar un estudio en profundidad de la viabilidad jurídica de todos los actos o negocios jurídicos que se nos proponen proporcionando alternativas o soluciones aceptables. También he pensado en la persistencia de algunos en no dejarse aconsejar y en no aceptar una solución más sencilla para sus problemas que la que ellos tienen en mente sobre todo cuando no son especialistas en el tema.

También conviene no olvidar que un testamento tiene un coste social y que ese coste no comprende ciertas cosas extraordinarias que quedarían fuera de nuestra obligación y que más bien constituyen una tesis doctoral, al menos para mi modo de ver las cosas.

Sobre testamentos complicados y riesgos de los mismos tengo esta otra entrada.

Unos meses después …

El testador se puso en contacto conmigo y me encargo un testamento sencillo: institución de heredero, prohibición de disponer de la parte libre hasta los 24 años y nombramiento de tutor sin más especificaciones. Me reconoció que estaba equivocado con su anterior encargo. Me sentí muy bien, la verdad.

Hasta otra. Un abrazo. Justito El Notario. @justitonotario




 

2 comentarios

  1. María José Lamana Pedrero

    Pues yo lo veo algo incompleto. Faltaría una cláusula DIETA en la que detalle exhaustivamente el contenido de cada desayuno, comida, merienda y cena de cada uno de los hijos durante el resto de su vida. A saber lo que les darán de comer esos irresponsables que van a acoger y cuidar de sus hijos como si fueran propios mientras vivan…
    En fin, yo a los que quieren mandar tanto después de muertos los prefiero bien lejos del despacho. Ese trabajazo de estudio, explicación, discusión y redacción no está pagado con los ridículos 40 euros que cuesta un testamento.

    Un saludo, y pronta y satisfactoria recuperación para ti y tu madre.

    • Buenas tardes María José:
      Gracias por tus palabras. Esperemos que pronto los dos y especialmente mi madre que tiene más complicaciones estemos restablecidos.
      El “testador” es un hombre inteligente y preparado que ha sufrido muertes y enfermedades graves en su ámbito. Ambas cosas han dado lugar a este cocktail explosivo.
      Por más que lo intenté no pude con él y como era íntimo de un íntimo la cosa se tornó algo más complicada.
      Por lo que todos los que han comentado hoy sobre este post, los del gremio estamos todos de acuerdo en que estos testamentos son una fuente de problemas y una lata tremenda en el despacho.

      Gracias de nuevo, un abrazo, Justito El Notario.

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