testamento con cláusula gastronómica manducare

Testamento con cláusula “manducare” o gastronómica

A ver si con la broma (porque este post es fundamentalmente un entretenimiento) me van a aparecer todos los foodies del planeta y me forro a hacer testamentos con cláusula Manducare. Por supuesto, esto es adaptable al que corre, al que vuela en parapente, al que le gusta el fútbol o al que se pirre por cualquier otra cosa (la cerveza, por ejemplo). Mira que tendría gracia que al final la monetización de mi blog pudiera venir desde una agencia de viajes (pseudo funeraria) con una App para encargarnos la clausulita a los Notarios.

La morriña es muy difícil de sobrellevar y más aún de curar. Tengo un gran amigo que, como yo, intenta mitigarla siempre que puede y que echando el otro día unas risas con su hermano (y luego conmigo), me puso a prueba con esta cláusula testamentaria que hemos bautizado como “cláusula gastronómica” o, ¿por qué no?, como “cláusula Manducare”.

Los testamentos siempre han de procurarse sencillos y no sé si esta cláusula tal vez pudiera dar lugar a alguna complicación en el momento en que despliegue sus efectos y produzca todas sus consecuencias jurídicas.

Esta es la cláusula “legado Manducare” 

“Lega a quién se haga cargo de trasladar sus cenizas a Mugardos (La Coruña) y de esparcirlas en la Ría de Ferrol a la altura de la Cetárea de San Felipe por el lado mugardés y lo más lejos que se pueda de la planta de gas (¡Fora da Ría¡)la cantidad de dinero que sea necesaria para satisfacer los gastos que por tales conceptos pudieran ocasionarse, así como los de una comida en el Restaurante Posada del Mar de Mugardos, a cuya comida-celebración-despedida-homenaje estarán totalmente invitados y convidados todos los amigos y familiares del testador que deseen asistir al acto.

En el caso de que la Posada del Mar hubiera desaparecido de su actual emplazamiento en la Avenida del Mar, número 4 o si no fuera posible por cuestión de espacio celebrar el evento en sus instalaciones, la celebración podrá tener lugar en cualquier otro restaurante del término municipal de Mugardos que el legatario libremente elija.

Igualmente lega a esa misma persona una cantidad adicional del 25% del importe total de los gastos como compensación por el esfuerzo organizativo y por las molestias ocasionadas al legatario.

La despedida de las cenizas del testador se habrá de desarrollar a bordo de alguno de los barcos que hacen el trayecto Ferrol/Mugardos por la ría. Durante el recorrido se hará una parada durante la cual se lanzará al mar algún recuerdo del testador y para que los asistentes que lo deseen puedan rendirle su particular homenaje. El legatario estará igualmente encargado de buscar alternativa a su voluntad en el caso de que no fuera ejecutable en el barco que regularmente preste el servicio o caso de surgir cualquier otra incidencia o adversidad que no permita el exacto cumplimiento de la voluntad del testador.

El menú de la posterior comida estará compuesto de pulpo a la mugardesa, empanada de hojaldre, churrasco con patatas, cerveza Estrella de Galicia, vino de la comarca de Ferrolterra, filloas, bizcochada y licor café.

El listado de asistentes habrá de ser aprobado por su amigo Justito El Notario a quien nombra como albacea con las más amplias facultades a los únicos y exclusivos efectos de esta cláusula, quien podrá aceptar para él mismo el legado con el encargo, en tal caso, de llevar a cabo su exacta ejecución.

El Sr. Albacea o, en su caso, Legatario está informado del contenido de esta cláusula de su testamento con el fin de facilitar su cumplimiento puesto que es el Notario autorizante del mismo con arreglo a lo dispuesto en los artículos 139 del Reglamento Notarial y 754 y 682 del Código Civil .

Impone a sus herederos la obligación de hacer entrega al legatario de las cantidades que precise para dar efectividad a esta cláusula, así como de la cantidad dispuesta por el testador para el propio el legatario por su labor y disponibilidad para el encargo.

Es deseo del testador que todos sus amigos y familiares que no hayan abandonado este mundo antes que él mismo, disfruten de esta su última voluntad de celebrar su desaparición física, por lo que les ruega que hagan todo lo posible por no faltar al evento“.

En los últimos tiempos me han llegado (desde Galicia, como no) esquelas con ruegos más sencillos

esquela borracheira
“Los herederos ruegan una borrachera que ya pagará él a pagarla”: Una opción menos complicada que la de mi amigo
“Cliente premium de la Cervecería Estrella Galicia. Se pide tomar una Estrella Galicia en su recuerdo”

Algunas dudas de la cláusula Manducare

¿Podría ser mejor organizarlo a través de un testamento vital? El testamento vital no tiene contenido patrimonial y esta “cláusula Manducare” sí que lo tiene.

¿Podría complementarse el testamento con una carta aclaratoria al estilo de la que ya examiné otro día en este post? Teniendo en cuenta que mi amigo quiere asegurar que su voluntad se haga efectiva y que el legado contiene una atribución específica para el legatario, también me inclino por la respuesta negativa.

Quizá podría haber algún problema de tipo fiscal. El dinero necesario para dar efectividad al legado se habría de incluir en la liquidación del Impuesto de Sucesiones pues formaría parte de la herencia pero a los efectos del legado (que parece un legado con carga) se encuentra indeterminado. Como en otros casos pienso que la solución podría pasar por una liquidación de la herencia o por una aceptación y adjudicación (con su correspondiente liquidación) en escritura posterior al propio evento puesto que al haberse desarrollado ya este, perfectamente se podría determinar el importe legado evitando toda suerte de problemas de carácter fiscal.

Bueno, no me tomen muy en serio que esto no creo que pueda llegar muy lejos.

Otras opciones: La fiesta a la irlandesa

A modo de ruego dice este otro testador:

Hasta que la pérdida se pueda cicatrizar, ruego a mi esposa e hijos, que mitiguen el vacío que se les crea con mi muerte cumpliendo mi siguiente voluntad: ruego, en cuanto el importe de la herencia lo permita, que mis hijos y esposa celebren mi partida con una fiesta, en la que se baile, cante y brinde por mi, invitando a todos aquellos amigos y parientes que crean conveniente. Y que suene música de la última lista de reproducción que tenga activa, sin faltar la canción “Always look on the bright side of life”. Lo ruego y no lo ordeno porque no creo que pueda afectarme el resultado final allá donde haya ido a parar. Pero creo que dejará un mejor recuerdo de mi paso por esta realidad, y es el recuerdo el que nos hace un poco eternos“.

Ya puestos, yo quiero que desde el puente de O Pasatempo, en Mondoñedo (donde fui tan feliz) se tiren mis cenizas al río Valiñadares y que luego los presentes vayan a comer y beber (copiosamente) a O Valeco.

Hasta el mismísimo Sthephen Hawking tuvo algo previsto para ese momento.

Hasta otra. Un abrazo. Justito El Notario. @justitonotario




 

6 comentarios

  1. Interesante artículo gastronómico-jurídico-cultural. Entiendo que el testador estará imponiendo al heredero o legatario el cumplimiento de una prestación a favor de terceros pero no veo claro si dicha condición será resolutoria o suspensiva; en el primer caso, su cumplimiento resolverá la eficacia del llamamiento sucesorio gravado, y en el segundo, le otorgará plenos efectos. O se trataría de una obligación accesoria de la atribución hereditaria, de tal forma que desde la aceptación de la herencia (legado) quedará obligado al cumplimiento de la obligación.

    • Buenas tardes Antonio:
      La verdad es que yo tampoco lo tengo claro.
      Yo creo que hace un legado no regulado en el Código Civil en el que el legatario no estará determinado hasta que el testador muera y yo que soy el albacea me encargue de mover el asunto para que alguien se haga cargo. Si lo encuentro (o yo lo asumo) ya tengo premio (organizar y el 25%) pero si no lo encuentro o no acepto, el legado devendría ineficaz.

      Habría que pensarlo, vamos a poner en apuros a los jueces …
      Gracias por la participación y espero verte en Mugardos … jajaja.
      Un abrazo, Justito El Notario.

      • Si, en caso de conflicto interpretativo, esperamos a que lo resuelva una resolución firme de los jueces pasarán años hasta saber quien paga la manduca.
        Creo que lo mejor será que el testador haga una donación inter vivos para sufragar la manduca (ya se las arreglará él con los problemas fiscales de la misma) y vernos efectivamente en Mugardos cuanto antes. Así no aseguramos el pago de la manduca y la disfrutamos con él.
        Un fuerte abrazo al testador y a su notario.

  2. Alcalde de Mugardos

    Que bueno !!! JAJAJAJA

    • “Señor Alcalde”:
      Su idea lleva ya 130 visitas en 2,5 horas.
      Vaya buscando una app para organizar que nos forramos.
      Hay uno que quiere pagar una comida a los desfavorecidos, otro que quiere una fiesta irlandesa y otro que quiere tirar sus cenizas desde el puente de O Pasatempo.
      Un abrazo y viva Mugardos, Justito El Notario.

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