Al final del post puedes encontrar sobre este Servicio, un glosario de las abreviaturas empleadas.
En episodios anteriores de STI y Catastro….
Aquí también podéis leer el documento recopilatorio de los 8 primeros posts, que va evolucionando según veo que puedo mejorarlo para que sea más aprovechable para todos.
Son tantas las variantes que el STI puede plantear que casi voy a sacar algunos posts STI expres con los supuestos que vayan surgiendo porque hasta yo mismo me estoy liando.
Sigo pensando que las opciones identificada por el Notario, incorporada y dudosa e incorporada de finca de origen, se quedan cortas para el buen uso del Servicio
Me encuentro hoy con dos fincas registrales, sótano y planta baja, de un edificio en división horizontal, que constituyen una sola referencia catastral.
Sopeso como rellenar las fichas de los inmuebles en mi Programa de Gestión y decido que no puedo señalar la referencia catastral como incorporada de origen puesto que no es el caso (no se trata de una finca registral con un Catastro que se dividiera en dos, no constando la segregación en el Catastro); tampoco la señalaré como incorporada y dudosa porque no tengo dudas de que la catastral es la suma de las dos registrales, metro a metro además, y porque, si la indico como dudosa, no conseguiré la AT. Solo me queda una alternativa: señalarla como identificada por el notario.
Supero la exportación, supero la validación y el cotejo y llego al STI. Incorporo la copia, comunico y tatachán:
ERROR (dos) GRAVE: ENVÍO CON VARIAS ALTERACIONES SOBRE EL MISMO INMUEBLE.
Bueno, varias alteraciones no tengo claro que sea lo que yo he comunicado (aunque pueda parecerlo). Será lo que el STI interprete, pues solo hay una referencia, aunque esa referencia se refiere a dos inmuebles, es decir, se refiere a parte y parte o parte y resto, si lo prefieren. No me consta que hubiera habido una segregación que no haya tenido constancia catastral y me parece lógico que esta segregación tenga lugar ahora puesto que dos son las fincas independientes y dos deben ser sus referencias catastrales, pero entonces, ¿debería haber señalado incorporada y dudosa? Si lo hubiera hecho, ¿en vez de conseguir una Comunicación Indirecta y un procedimiento que no tengo claro si aún está en curso o finalizado (transcurridas 24 horas desde el inicio) hubiera conseguido un Suministro? Pues, insisto, no lo tengo claro, ni tan siquiera tengo claro qué es mejor (la Indirecta o el Suministro), aunque creo que mejor, es siempre la Indirecta.
El caso es que con algún supuesto más en el repertorio de opciones y con alguna pregunta más que el Programa de Gestión permitiera (o alguna observación), creo que sería más sencillo, no digo ya el trámite catastral o la solución del caso, sino que pudiéramos completar las comunicaciones sin tantas dudas (y pérdidas de tiempo) por nuestra parte. Tal vez con la copia el Catastro lo tenga todo claro, pero nosotros puede que no tanto.
Algunos designios catastrales, siguen siendo inescrutables.
Hasta otra. Un abrazo. Justito El Notario. @justitonotario
- STI – Servicio de Tramitación Inmobiliaria
- AT – Alteraciones de titularidad
- MF – Modificaciones físicas
- IUI – Índice Único Informatizado
- GML – Acrónimo inglés de Geography Markup Language (Lenguaje de Marcado Geográfico)
- CSV – Código Seguro de Verificación
- SIGNO –Sistema Integrado de Gestión Notarial
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