Paseo Jurisprudencial: Lunes 31/07/2017: Cláusula rebus sic stantibus

¿Que qué es un Paseo Jurisprudencial? Pues aquí lo tenéis.

Vamos a por el Paseo de esta semana.

Sentencias y Autos del TC:

Esta semana tenemos 16 nuevos Autos del Tribunal Constitucional.

Se trata de las Autos 83 a 98 y de ellos, voy a destacar este:

Sala Primera. Auto 97/2017, de 19 de junio de 2017: Ordena la anotación preventiva en el Registro de la Propiedad del recurso de amparo 6694-2016 promovido por Lorerecan, S.L., en pleito civil.

Esta semana no tenemos Sentencias nuevas, así que nos vamos al Cendoj.

Sentencias del TS:

Tenemos este lunes, 19 Sentencias NUEVAS de la Sala 1ª del TS.

Se trata de las Sentencias 2.835 (Bank Royal of Scotland), 2.836 (participaciones preferentes; reitera doctrina), 2.837 (contratos bancarios), 2.838, 2.839 (responsabilidad por negligencia profesional de letrado), 2.840 (guarda y custodia compartida; doctrina jurisprudencial), 2.841 (procesal), 2.842, 2.843 (derecho al honor y a la propia imagen), 2.844 (derechos fundamentales), 2.845 (procesal), 2.846 (obligaciones subordinadas), 2.847 (procesal), 2.848, 2.849, 2.850, 2.898 (procesal), 2.911 (patente) y 2.912.

De las 19, 6 me parecen interesantes  y voy a descartar las demás, aunque os he indicado entre paréntesis de que van y las enlazo para los que os puedan interesar.

Esta son las 6 sentencias del Paseo de esta semana: 

2.838 Responsabilidad extracontractual. Prescripción. Interrupción del plazo por denuncia penal.

2.842 Aprovechamiento por turno de bienes inmuebles. Club de vacaciones. Devolución duplicada de las cantidades anticipadas.

2.848 Cláusula rebus sic stantibus. No procede su aplicación en los casos de mera dificultad de financiación del deudor. La invocación de la situación de crisis económica no permite al comprador eludir las consecuencias previstas en el contrato para el caso de desistimiento o incumplimiento, pues la falta de obtención de financiación es un riesgo que corre de su cuenta, no de la del vendedor.

2.849 Aprovechamiento por turnos de bienes inmuebles. Aplicación de la ley 42/1998, de 15 de diciembre, a los contratos litigiosos. Condición de consumidores de los usuarios.

2.850 Adquirente con ánimo de lucro de derechos de aprovechamiento por turno de bienes inmuebles. Club de vacaciones. Nulidad del contrato y restitución de cantidades.

Y 2.912 Retroacción de la quiebra. Impugnación de la constitución de una hipoteca de máximo en garantía de una deuda anterior y de las obligaciones derivadas de la concesión de nuevo crédito que suponía alrededor del 60% de las obligaciones cubiertas con la hipoteca. Interpretación del art. 878.II Ccom según el espíritu y finalidad de las reglas establecidas en el art. 71 LC para la rescisión concursal. En principio, correspondía al banco la prueba de que la constitución de la hipoteca en garantía de una deuda ajena no ocasionaba perjuicio para la masa. Ha quedado acreditado que no había perjuicio porque la constitución de la garantía vino ligada a la concesión de nuevo crédito, una ampliación significativa del crédito.

Nos quedamos para la semana que viene en el ATC 98/2017, la STC 90/2017 y en la STS 2.912/2017.

El Paseo Jurisprudencial de este lunes, no tendrá continuación mañana martes en la Sección Doctrina Jurisprudencial.

Como va haciéndose cada vez más difícil, tras XIX Episodios de Chistes y Anécdotas, reunir el material necesario para un post, a partir de ahora cuando no haya un nuevo episodio para publicar, reeditaré alguno de los ya publicados y que podéis leer siempre aquí.

Hasta otra. Un abrazo. Justito El Notario. @justitonotario




 

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