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Paseo Jurisprudencial: Lunes 16/12/2019: Cláusula suelo en contrato con adherente no consumidor. Reiteración jurisprudencia

¿Que qué es un Paseo Jurisprudencial? Pues aquí lo tenéis.

Vamos a por el Paseo de esta semana. 

Sentencias y Autos del TC:

Esta semana no tenemos Autos ni Sentencias del Tribunal Constitucional.

Nos vamos al Cendoj.

Sentencias del TS:

Tenemos este lunes, 14 Sentencias NUEVAS de la Sala 1ª del TS.

Estas 10, son las que no me parecen interesantes, a priori, a los efectos de la práctica notarial:

  1. STS 3793/2019 Swap.
  2. STS 3794/2019 Título nobiliario.
  3. STS 3795/2019 Se desestima acción de resolución de compra de obligaciones subordinadas, al fundarse en vicios del consentimiento y no plantearse acción de nulidad.
  4. STS 3797/2019 LO 1/1982. Derecho al honor. Intromisión ilegítima. Inexistencia.
  5. STS 3845/2019 Alcance de la indemnización por el perjuicio sufrido con la contratación de deuda subordinada y participaciones preferentes. Se confirma la jurisprudencia según la cual como la obligación de indemnizar los daños y perjuicios causados “resarce económicamente el menoscabo patrimonial producido al perjudicado, (…) se concreta en la pérdida de la inversión, pero compensada con la ganancia obtenida, que tuvo la misma causa negocial”. Por lo que para este cálculo, a la suma inicialmente invertida hay que descontar el importe rescatado tras la intervención del FROB y los rendimientos generados a favor de los clientes durante la vigencia de los productos financieros.
  6. STS 3846/2019 Indemnización por el fallecimiento de pasajeros en el accidente del avión de Spanair en el aeropuerto de Barajas. Intereses de demora aplicables a la prestación del asegurador. No se rigen por los Reglamentos de la UE ni por el Convenio de Montreal, sino por la Ley del Contrato de Seguro. Aplicabilidad de los intereses del art. 20 de la Ley del Contrato de Seguro por no concurrir circunstancias extraordinarias que justifiquen el retraso en el pago de la indemnización. Inadmisión de motivo de casación por falta de cita del precepto legal infringido.
  7. STS 3853/2019 Abuelos. Derecho de visitas respecto de sus nietos. Apreciación de justa causa para su negación dada la mala relación entre al abuelo solicitante y los progenitores..
  8. STS 3854/2019 Revisión. No ha lugar.
  9. STS 3855/2019 Proceso matrimonial. Modificación de medidas. Cambio del régimen de custodia de uno de los progenitores a custodia compartida. Doctrina de la sala. Apreciación de cambio de circunstancias.
  10. Y STS 3856/2019 Derechos fundamentales. Colisión derecho de información con derechos al honor, intimidad personal y familiar y propia imagen. Juicio de ponderación.

Y estas 4 son las que me parecen interesantes, a priori, a los efectos (como siempre) de la práctica notarial y a los de las oposiciones a notarías (si es que las hay):

  1. STS 3796/2019 Cláusula suelo en contrato con adherente no consumidor. Reiteración de la jurisprudencia de la sala.
  2. STS 3821/2019 Compraventa de local a la que se aplica la Ley 57/1968 por remisión de la Ley de Vivienda de Galicia. Aval: improcedencia de límites cuantitativos. Reiteración de doctrina.
  3. STS 3825/2019 Compraventa de viviendas para uso residencial. Ley 57/1968. No incurre en la responsabilidad del art. 1-2.ª la entidad de crédito que no consta conociera ingresos de los compradores en una cuenta del promotor en dicha entidad. Ingresos hechos por una sociedad limitada. Reiteración de la doctrina sentada por las sentencias 503/2018, de 19 de septiembre, y 411/2019, de 9 de julio, en casos sustancialmente iguales sobre viviendas de la misma promoción.
  4. Y STS 3833/2019 Responsabilidad de dos entidades de crédito en las que una promotora tenía abiertas sendas cuentas corrientes, en las cuales se realizaron ingresos a cuenta por compradores de viviendas de una promoción inmobiliaria. En la medida en que existen circunstancias que ponen en evidencia que ambas entidades conocían o debían conocer que esos ingresos se correspondían a pagos a cuenta de viviendas en construcción, resulta de aplicación la jurisprudencia del art. 1.2 Ley 57/1968. Según esta jurisprudencia, estas entidades, al admitir esos ingresos en la cuenta del promotor sin exigir la apertura de una cuenta especial y la correspondiente garantía, responden por el total de las cantidades anticipadas por los compradores e ingresadas en la cuenta o cuentas que el promotor tenga abiertas en cada una de ellas.

Nos quedamos para la semana que viene en el ATC 137/2019, la STC 134/2019 y en la STS 3.856/2019.

El Paseo Jurisprudencial de este lunes, tendrá continuación mañana martes en la Sección Doctrina Jurisprudencial.

Como va haciéndose cada vez más difícil, tras LII Episodios de Chistes y Anécdotas, reunir el material necesario para un post, a partir de ahora cuando no haya un nuevo episodio para publicar, reeditaré alguno de los ya publicados y que podéis leer siempre aquí.

Hasta otra. Un abrazo. Justito El Notario. @justitonotario




 

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