¿Que qué es un Paseo Jurisprudencial? Pues aquàlo tenéis.
Vamos a por el Paseo de esta semana.
Sentencias y Autos del TC:
No tenemos esta semana ningún nuevo Auto del Tribunal Constitucional.
Esta semana tenemos 6Â nuevas Sentencias del TC esta semana. De las 6, me ha parecido interesante esta:
STC 100/2016 Recurso de inconstitucionalidad 5020-2013. Interpuesto por el Consejo de Gobierno del Principado de Asturias en relación con diversos preceptos de la Ley 2/2013, de 29 de mayo, de protección y uso sostenible del litoral y modificación de la Ley 22/1988, de 28 de julio, de costas. Competencias sobre urbanismo, ordenación del litoral y del territorio; régimen constitucional del dominio público: constitucionalidad del precepto legal estatal que regula las urbanizaciones marÃtimo-terrestres (STC 233/2015).
Asà que nos vamos al Cendoj.
Sentencias del TS:
Tenemos este lunes 7 Sentencias NUEVAS de la Sala 1ª del TS.
Se trata de las Sentencias 2.779, 2.937 (revisión), 2.939 (revisión), 2.959, 2.960, 2.961 (derecho al honor) y 2.974.
De las 7, 4 me parecen interesantes  y voy a descartar las demás, aunque os he indicado entre paréntesis de que van y las enlazo para los que os puedan interesar.
Estas son las 4 elegidas del Paseo de esta semana:
2.779 Propiedad Horizontal. Nulidad de Acuerdos. Lucernarios en cubierta del edificio por mejora de eficiencia energética para uso individual. Quorum exigible.
2.959 Propiedad Horizontal. Legitimación activa del presidente de la comunidad de propietarios. Doctrina jurisprudencial: necesidad de un previo acuerdo de la junta de propietarios que autorice expresamente al presidente de la comunidad para ejercitar acciones judiciales en defensa de esta. Existencia del acuerdo en el presente caso, sin que sean exigibles adiciones superfluas ni fórmulas sacramentales. Inclusión en el orden del dÃa de la aprobación, si procediera, del cerramiento de las terrazas y acuerdo desaprobándolo y autorizando el ejercicio de acciones para restituir las terrazas a su estado original.
2.960 Compraventa de viviendas para uso residencial. Ley 57/1968. Supuesta responsabilidad, frente al comprador, de la entidad de crédito que recibió ingresos de cantidades anticipadas. Improcedencia porque el comprador no estaba comprendido en el ámbito de protección de la Ley 57/1968 y la entidad de crédito era totalmente ajena al conjunto de sus relaciones negociales con el promotor. Contrato de opción de compra al que se aplican cantidades entregadas a cuenta de otros dos contratos de opción sobre viviendas diferentes de casi tres años antes, mientras que un tercer contrato de opción se cedió a un tercero. Fecha de entrega anterior a la del propio contrato.
Y 2.974 Compraventa. Impuesto de construcciones, instalaciones y obras (ICIO). Derecho de repetición legal por el sustituto del impuesto. Inclusión en el precio del contrato.
Nos quedamos para la semana que viene en el ATC 115/2016, la STC 102/2016 y en la STS 2.974/2016.
El Paseo Jurisprudencial de este lunes, tendrá continuación mañana martes en la Sección Doctrina Jurisprudencial, asà que no tocan Chistes y Anécdotas Notariales.
Hasta otra. Un abrazo. Justito El Notario. @justitonotario
|