Escritura de reconocimiento de deuda con garantía hipotecaria

modelo escritura reconocimiento deuda

En XXXX, mi residencia, a

Ante mí, XXXX, Notario de esta Villa y del Ilustre Colegio Notarial de XXX

C O M P A R E C E N:

De una parte

Los cónyuges

Y de la otra:

DON

I N T E R V I E N E N:

1).- Los dos primeros, en su propio nombre y derecho.

2).- Y el segundo, como apoderado de la mercantil “xxxx, S.L.”,

Tienen, a mi juicio, en los conceptos en que respectivamente intervienen, capacidad legal para otorgar la presente escritura, anteriormente calificada, y al efecto,

E X P O N E N:

I.- Que los cónyuges Don XXX y Doña XXX, son dueños en pleno dominio, con carácter ganancial, y por el título que luego se dirá, de la siguiente finca:

= URBANA:

INSCRIPCIÓN:

REFERENCIA CATASTRAL:

TÍTULO:

CARGAS Y ARRIENDOS: Manifiestan sus propietarios que, sin perjuicio de las afecciones fiscales que figuran en la nota registral adjunta, la finca descrita se encuentra gravada con una hipoteca a favor de “Banco, S.A.”, constituida en garantía de un préstamo de xxxx de principal, mediante escritura autorizada bajo mi fe, en el día de hoy, con el número inmediatamente anterior de protocolo, la cual pende de inscripción en el Registro de la Propiedad, por lo que yo, el Notario, les hago al respecto las oportunas advertencias.

Libre de otras cargas y gravámenes, de arriendos y ocupantes y al corriente en el pago de contribuciones, impuestos y gastos de comunidad.

INFORMACIÓN REGISTRAL Y PRESENTACIÓN TELEMÁTICA:

II.- Esto expuesto, según intervienen,

O T O R G A N:

a) Reconocimiento de deuda.– Los cónyuges Don XXX y Doña XXX, reconocen adeudar a la mercantil “XXX, S.L.”, como consecuencia de la compraventa de la finca registral número XXXX, instrumentada en el día de hoy, mediante escritura autorizada bajo mi fe, en el día de hoy, con el número XXX de protocolo, la cantidad de XX EUROS (XX €).

b) Interés.– La deuda reconocida NO devengará interés alguno.

c) Plazo.– El principal de la deuda reconocida será totalmente amortizado en un solo pago o en varios, dentro de un plazo de cinco años, a contar desde el día de la fecha, mediante entrega de efectivo metálico, en el domicilio de la parte acreedora.

d) Mora.– En caso de demora, el retraso en el pago a su vencimiento devengará intereses respecto de las cantidades impagadas al tipo del 8,50% anual, durante todo el tiempo que dure la situación de impago, sin necesidad de aviso previo ni requerimiento especial alguno.

e) Hipoteca.– En garantía del capital adeudado, la parte deudora constituye hipoteca sobre la finca descrita, la cual es aceptada por la parte acreedora.

f) Ejecución.– Esta hipoteca podrá ejecutarse, a elección de la acreedora, además de por los procedimientos ordinarios, por los dos siguientes:

–El procedimiento de ejecución directa.

–El extrajudicial, ante Notario.

A estos efectos:

  1. Se fija como valor de la finca, para que sirva de tipo a la subasta, la cantidad de XXXX.
  2. La parte deudora señala como domicilio para requerimientos y notificaciones el indicado en la comparecencia de la presente escritura.
  3. El actor podrá pedir que se le confiera la administración o la posesión interina de la finca, con la facultad de percibir las rentas vencidas y no satisfechas y los frutos, rentas y productos posteriores, para cubrir con ello los gastos de conservación y explotación que la misma finca exija y después su propio crédito.
  4. La parte deudora nombra a la acreedora mandatario para que la represente, en su caso, en la venta de la finca en procedimiento extrajudicial.

g)Gastos.– Todos los gastos e impuestos que se deriven del otorgamiento de esta escritura, y los de carta de pago y cancelación de la hipoteca en su día, serán de cargo de la parte deudora.

SOBRE LA PRESENTACIÓN TELEMÁTICA: De conformidad con lo dispuesto en el Artículo 112 de la Ley 24/2001, en su redacción dada por la Ley 24/2005, y a los efectos de la presentación telemática de la presente escritura en el Registro de la Propiedad, se considera como presentante de dicho título por designación de los comparecientes a la parte acreedora, cuyos datos, a efectos de notificaciones y requerimientos, son los que figuran en la comparecencia de la presente escritura.

Así lo dicen y otorgan.


Hasta otra. Un abrazo. Justito El Notario. @justitonotario