Escritura de carta de pago y cancelación de hipoteca posterior a la venta y con comparecencia de los vendedores

cancelación de hipoteca

 

Advertencia: En la web “Justito El Notario”, su titular y responsable Miguel Prieto Escudero, no asesora ni aconseja ni lo ha hecho nunca desde la apertura del blog el 20/11/2015. Aquí únicamente se informa, se divulga (o al menos se intenta) y se opina (con mayor o menor grado de acierto). El contacto, colaboración o comentario a las entradas, no puede entenderse en ningún caso como un acceso telemático a mi notaría ni conducente a la firma de un documento público en la misma. A esos fines deberán dirigirse a mí por los cauces oportunos, pero nunca por la vía de mi blog que constituye una actividad completamente privada y no está conectado con la web de mi notaría.

 

 

NÚMERO 

En *, mi residencia, siendo las * horas y * minutos del día *.

Ante mí, JUSTITO EL NOTARIO, Notario de * y del Ilustre Colegio Notarial de *.

C O M P A R E C E N:

De una parte:

Don

DON

Y de la otra:

DOÑA

DON

I N T E R V I E N E N:

1).- Los dos primeros en nombre y representación, como Apoderados Mancomunados, de la entidad “*, S.A.” …

En adelante, el “Acreedor” o el “Banco”.

2) Y los demás comparecientes en su propio nombre y derecho.

En adelante, los “Deudores”.

Tienen, a mi juicio, en el concepto en que respectivamente intervienen, capacidad para otorgar la presente escritura, anteriormente calificada y redactada con arreglo a minuta presentada por la parte acreedora, y en su virtud.

E X P O N E N:

I.- Que ““* S.A.”, concedió a DON * y a DOÑA *, el préstamo con garantía hipotecaria identificado con número interno contable *, por un importe inicial de * y vencimiento inicial el día *, formalizado en escritura pública autorizada por Don *, Notario que fue de *, el día *, y que causó la inscripción *ª en la finca de * número * del Registro de la Propiedad de *, con fecha *; con los demás pactos y condiciones recogidos en la citada escritura de hipoteca, y a los que las partes se remiten por serles enteramente conocidos.

II.- Que, en garantía del citado préstamo descrito en el Expositivo I anterior, los Deudores constituyeron hipoteca a favor de “* S.A.”, sobre la siguiente finca, que se detalla a continuación, a la vista de la nota simple que se incorpora con la presente, y para una mayor información:

= URBANA: 

Acceso:

Distribución:

Superficie:

Linderos:

Cuota: 

INSCRIPCIÓN:

RÉGIMEN LEGAL:

REFERENCIA CATASTRAL:

Yo, el Notario, doy fe, bajo mi responsabilidad, de que he obtenido por los procedimientos telemáticos seguros habilitados, la certificación acreditativa de la referencia catastral, descriptiva y gráfica, y el anexo de coordenadas georreferenciadas vértices de la parcela catastral, solicitada por la otorgante a efectos de la presente, que incorporo a esta matriz, en cuya certificación figura como domicilio de DON *.

TÍTULO: Les pertenece el 100% del pleno dominio de esta finca con carácter post-ganancial, por título de compraventa, en virtud de escritura pública autorizada por Don *, Notario que fue de *, el día *, y que causó la inscripción *ª de la finca con fecha *.

ESTADO DE CARGAS E INFORMACION REGISTRAL: La finca se encuentra en la situación de cargas que constan en la nota simple informativa que se adjuntan y de cuyo contenido informo a las partes, quedando enteradas del mismo y aceptándolo expresamente.

Consta como carga la hipoteca que garantiza el préstamo reseñado en el Expositivo I objeto de la presente cancelación, y que causó la inscripción *ª de la finca con fecha *, y por la que esta finca responde finalmente, de * de principal; intereses ordinarios durante 24 meses al 5% anual hasta un tipo máximo del 9,25% anual, por un total de DOCE MIL VEINTICINCO EUROS (12.025,00 €); intereses de demora durante 24 meses al 13,25% anual, por un total de DIECISIETE MIL DOSCIENTOS VEINTICINCO EUROS (17.225,00 €); unas costas y gastos judiciales de TRECE MIL EUROS (13.000,00 €); y con fecha de vencimiento el día *.

A los efectos del Artículo 175 del Reglamento Notarial, yo, el Notario, hago constar que, por imposibilidad técnica, no he podido acceder por vía telemática a los asientos registrales de la finca descrita.

La descripción de la finca, su titularidad y situación de cargas, en la forma expresada en los apartados anteriores, resultan de las manifestaciones de su propietaria, del título de propiedad reseñado y de información registral solicitada el día * y obtenida en línea del Registro de la Propiedad correspondiente el día *.

Incorporo a la presente impresión a papel con valor de testimonio de dicha nota con fecha de hoy y actualizada a la hora que consta en el encabezamiento de este instrumento (once horas y cuarenta y cinco minutos).

En dicha nota consta:

“Para información de los consumidores, se hace constar que la manifestación de los libros por esta Nota Simple Informativa se hace a los efectos que expresa el art. 322 del Reglamento Hipotecario. El contenido de la presente nota simple tiene carácter de continuado, ajustándose a lo establecido en el art. 354 a), regla 2ª del Reglamento Hipotecario”.

La posible constancia registral de la referencia catastral no implica la extensión de los efectos del principio de legitimación a la descripción física y ubicación de la finca, ni la presunción de su correspondencia con la delimitación geográfica de la parcela catastral, salvo en los casos en que la finca esté coordinada gráficamente con catastro. ESTADO DE COORDINACIÓN GRÁFICA CON EL CATASTRO A FECHA DE EXPEDICIÓN de conformidad con el artículo 10 de la Ley Hipotecaria: No coordinado con catastro”.

Además, en dicha nota conta:

 “No hay consultas de Información Registral remitidas en este plazo sobre esta finca”.      

“No hay consultas pendientes de Información Registral sobre esta finca”.      

“No hay notas de esta finca remitidas en este plazo”.

“No hay peticiones de información vigentes sobre esta finca”.    

Yo, el Notario, advierto de que prevalecerá la situación registral existente con anterioridad a la presentación en el Registro de copia autorizada de la presente escritura.

III.- Los Señores Comparecientes hacen constar que, como producto de la venta de la finca descrita en el Expositivo II anterior, efectuada en el día de hoy con el número inmediatamente anterior de protocolo, DON * y DOÑA * han recibido un cheque bancario nominativo emitido a favor de “*, S.A.”, y librado por la citada entidad, contra la cuenta número *, titularidad del comprador Don *, testimonio del cual queda incorporado a la presente escritura, con la solicitud que efectúan dichos señores de aplicar el citado importe a la cancelación económica total del préstamo con garantía hipotecaria con número interno contable * reseñado en el Expositivo I, solicitando igualmente la cancelación registral de la hipoteca constituida en garantía del mismo.

IV.– Que, por tanto, esta cancelación ha sido solicitada por DON * y DOÑA *, y en virtud de la misma, las partes intervinientes.

O T O R G A N:

PRIMERO.- “* S.A.”, mediante sus representantes para este acto, recibe el citado cheque bancario por importe de *, otorga la más firme y eficaz carta de pago que en Derecho proceda del importe recibido y consiente la cancelación económica total del préstamo con garantía hipotecaria con número interno contable * reseñado en el Expositivo I, constituido en garantía de la finca de * número * del Registro de la Propiedad de *, y que causó la inscripción *ª de la finca de fecha *, manifestando que no tiene nada más que reclamar a los Deudores al día de la fecha en relación con el préstamo con garantía hipotecaria ahora cancelado, y solicitando de la Señora Registradora del Registro de la Propiedad de * la cancelación registral de la referida hipoteca reseñada en la presente escritura, haciéndolo constar así expresamente en los Libros a su cargo.

SEGUNDO.- Los Deudores en este mismo acto, renuncian en firme, por su propia voluntad y de modo irrevocable, a promover, iniciar o continuar, en su caso, cualquier tipo de reclamación frente a “*, S.A.” en relación con el préstamo hipotecario cancelado reseñado en el Expositivo I, renunciando expresamente a cualesquiera derechos y acciones pudieren corresponderles frente a “*, S.A.” y manifestando que no tienen nada que reclamar al día de la fecha y por ningún concepto a “*, S.A.”.

TERCERO.- Todos los gastos, tasas e impuestos que se devenguen por el otorgamiento de la presente escritura serán por cuenta y cargo de los Deudores.

CUARTO.- Se solicita expresamente del Señor Liquidador del Impuesto, las exenciones fiscales pertinentes y que sean de aplicación a la presente escritura.

SOLICITUD REGISTRAL: Conforme a la Resolución de 24 de Noviembre de 2021, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública (suspensión de la inscripción de una cancelación de hipoteca, por faltar la previa inscripción de la indicada hipoteca a favor de la entidad que otorga la cancelación) se solicita de acuerdo con las exigencias del tracto sucesivo del artículo 20 de la Ley Hipotecaria, que la sucesión en la titularidad de la hipoteca se haga constar en el Registro y sea minutada, por el mecanismo del tracto abreviado, al encontrarse suficientemente justificada la previa adquisición del derecho de hipoteca por la entidad otorgante de la escritura de cancelación para su constancia en el Registro.

LIQUIDACIÓN TELEMÁTICA: A solicitud de la compareciente, quien me designa como presentante, efectuaré la autoliquidación COMO EXENTOS de los impuestos devengados mediante la presente a través del sistema de integración con el portal tributario de SIGNO.

Presentación telemática. Renuncia a que la presente escritura sea presentada de forma telemática, por mí en el Registro de la Propiedad correspondiente.

Yo, el Notario, hago al respecto las oportunas advertencias.

Así lo dicen y otorgan.

Hechas las reservas y advertencias legales, en especial las derivadas de la Ley 8/1989, de 13 de Abril de Tasas y Precios Públicos, y, a efectos fiscales, del plazo en el que los interesados deberán presentar a liquidación la presente escritura, así como de las afecciones al pago del impuesto y de las responsabilidades tributarias que incumben a las partes en su aspecto material, formal y sancionador.

Protección de datos. De acuerdo con la normativa de protección de datos, los comparecientes quedan informados y consienten la incorporación, conservación por plazo legal y tratamiento de sus datos por el Notario autorizante, los sustitutos y los sucesores en el protocolo, incluyendo las remisiones impuestas en la normativa, con la finalidad de ejercitar la actividad ordinaria notarial. Los derechos que asisten a los comparecientes de acceso, rectificación, supresión, limitación, portabilidad y oposición al tratamiento podrán ser ejercitados, cuando proceda, ante el Notario titular del protocolo en *, y mediante reclamación ante la autoridad de control competente.–

El/los comparecientes presta/n su consentimiento para que la Notaría pueda entregar copias o documentación relativa a el/los compareciente/s a las gestorías, asesorías o despachos de abogados que soliciten o recojan dicha documentación en nombre de el/los interesados, con la finalidad de gestión y prestación de los servicios propios de dichos gestores, asesores o abogados.

Leída esta escritura por mí, el Notario, a los comparecientes, estos renuncian a su derecho a leerla por sí mismos, derecho del que les advierto, la aprueban y la firman conmigo, haciendo constar que han quedado debidamente informados del contenido del presente instrumento.

De haber identificado a los comparecientes por sus reseñados documentos de identidad, de que tienen, a mi juicio, capacidad y legitimación suficientes, de que su consentimiento ha sido libremente prestado, de que el otorgamiento se adecua a la legalidad y a la voluntad debidamente informada de los otorgantes y/o intervinientes, y de todo lo demás consignado en este instrumento público extendido en diez folios de papel timbrado de uso exclusivamente notarial, serie *, número *  y los * folios posteriores en orden de numeración, cuya expresión informática queda incorporada dentro del plazo reglamentario y bajo el mismo número, en el correspondiente protocolo electrónico, yo, el Notario, Doy fe.=

 

ARANCEL NOTARIAL. DERECHOS DEVENGADOS. Arancel aplicable, números: 1, 2, 4 y nª 8ª.

Conceptos CARTA DE PAGO Y CANCELACIÓN DE HIPOTECA. RENUNCIA DE DERECHOS.

Base: 

TOTAL:                             (Impuestos excluidos)


Hasta otra. Un abrazo. Justito El Notario. @justitonotario