Le decÃa el otro dÃa a un opositor con el que estoy trabajando el dictamen que muchos tienden a resolver los casos prácticos buscando el artÃculo que encaje en el problema que directamente se les plantea o que creen haber descubierto en el supuesto de hecho y que muchas veces no es el verdadero problema que se quiere plantear al opositor. Con ese artÃculo, como decÃa aquel preparador mÃo, se “segregan juguillos” y se pasa a otra cuestión dejándose muy probablemente la que verdaderamente se busca o el problema que plantea la aplicación o la interpretación del artÃculo de marras.
No cabe duda de que en mi propuesta de casos prácticos (dos por semana durante dos años), que avanza a buen ritmo, hay casos de articulito o de articulitos, de rudimento, esenciales, pero la cosa no es (ni muchos menos) generalmente asÃ.
Asà que en mi serie y en general al hacer dictamen, prefiero oÃr o leer una burrada y que un asunto quede claro, a que me citen el artÃculo o a que me estén leyendo vaguedades que no sirven de gran cosa ni aclaran casi nada al dictaminador.
En estos momentos iniciales, con una buena burrada aprenderemos mucho mas que si nos limitamos a buscar ese artÃculo que creemos resuelve la cuestión o a marear la perdiz sin mojarnos en algo definitivo o definitorio.
Fue lo que me pasó a mà cuando segregué juguillos aplicando el 166.3 Cci incurriendo en una buena burrada de la que me advirtió mi compadre JLN. Desde entonces los quids del 166.3 no se me olvidaron y aquello no volvió a sucederme.
Hasta otra. Un abrazo. Justito El Notario. @justitonotario
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