Inadmitidos y excluidos de la oposición a notarías

excluido de la oposición

Uno de los primeros trámites que el opositor espera después de que se convoquen las oposiciones y tras haberlas firmado, es el de que se publiquen las listas provisional y definitiva de admitidos y excluidos.

Hace no mucho supe que había habido en tiempos recientes tres exclusiones en las oposiciones restringidas o “entre Notarios” porque los que las firmaban no eran Notarios. Estoy seguro de que las causas de exclusión en las libres son variadas, pero seguro que no son tan originales con la de carecer del título de Notario para presentarse a unas oposiciones que se llaman entre Notarios. Por cierto, a ellas pueden presentarse los compañeros procedentes del antiguo cuerpo de Corredores de Comercio, ¿siempre que sean Licenciados en Derecho o incluso sin serlo?

El Artículo 102 del Reglamento Notarial habla de Notarios en activo:

“Podrán tomar parte en estas oposiciones los Notarios en activo que cuenten con más de un año de servicios efectivos, debiendo solicitarlo a la Dirección General mediante instancia presentada dentro del plazo de treinta días hábiles, contados desde el siguiente al de la publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial del Estado“.

Pero el Artículo 107 dice lo que dice y para las oposiciones libres hace falta ser Licenciado en Derecho:

“Serán aplicables a las oposiciones entre Notarios, en todo lo que no esté previsto para las mismas, lo dispuesto en este Reglamento para la oposición libre”.

Por cierto, que sé de un excluido tras haber aprobado las oposiciones libres por no ser Licenciado en Derecho. Tremendo. Por lo visto, le faltaba alguna asignatura, la aprobó y consiguió volver a aprobar la oposición de nuevo en la siguiente convocatoria. Por lo que sé no es una leyenda urbana.

Distintas de estas exclusiones son aquellas que van precedidas de un toque de campana

“A Fulanito le tocaron la campana”. Es raro que echen a alguien de la sala de examen pero ha habido tribunales examinadores más “campaneros” que otros.

Parece que aquello de que te toquen la campana es lo peor de lo peor, pero es que los preparadores nos confunden cuando nos hablan de la inercia o fuerza expulsiva de las sillas que es indispensable dominar, resultando que algunos opositores no se dan por aludidos hasta que les animan a marcharse con el angelical sonido.

En mi primera ocasión ante un Tribunal (siendo ya opositor y habiendo acudido a ver exámenes) en Valencia 1991, tocaban la campana con fruición. Aquello me dejó ciertamente acongojado. El número escaso de plazas obligaba a ser duro, pero tampoco creo que se deba utilizar la medida de manera excesiva para evitar traumas mayores. El suspenso ya puede ser un suficiente golpe de realidad para el opositor.

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Hasta otra. Un abrazo. Justito El Notario. @justitonotario