Advertencia: En la web “Justito El Notario”, su titular y responsable Miguel Prieto Escudero, no asesora ni aconseja ni lo ha hecho nunca desde la apertura del blog el 20/11/2015. Aquí únicamente se informa, se divulga (o al menos se intenta) y se opina (con mayor o menor grado de acierto). El contacto, colaboración o comentario a las entradas, no puede entenderse en ningún caso como un acceso telemático a mi notaría ni conducente a la firma de un documento público en la misma. A esos fines deberán dirigirse a mí por los cauces oportunos, pero nunca por la vía de mi blog que constituye una actividad completamente privada y no está conectado con la web de mi notaría.
Comencemos con el Informe Semanal …. de la semana 35 de este 2021.
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¿Desde cuándo se adquiere la clase?
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¿Es necesario apostillar un poder consular?
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¿No es vivienda habitual o no es vivienda familiar de su propietario?
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Acta para acreditar la imposibilidad de obtener documentación en la misión diplomática que corresponda
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El artículo 250 del RN (¿sin garantía de transcripción en las copias simples?)
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Y testimonio por exhibición de documento en lengua que el Notario no conozca
Y una cosita para los opositores y para todos en general:
La Notario tatuada
Y por esta semana ya está. Menos mal que esto es tan fácil como firmar y cobrar … a ver si llega ya el blockchain y nos retira, aunque parece ser que, después de todo, la cosa no era tan fácil …
Cierra Stampery, el engendro Blockchain que nació para enviar a los notarios de vacaciones. https://t.co/1Y86L0NPuE pic.twitter.com/7Kqv8OUF74
— ArteNotarial (@ArteNotarial) September 1, 2021
Hasta otra. Un abrazo. Justito El Notario. @justitonotario
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