Advertencia: En la web “Justito El Notario”, su titular y responsable Miguel Prieto Escudero, no asesora ni aconseja ni lo ha hecho nunca desde la apertura del blog el 20/11/2015. Aquí únicamente se informa, se divulga (o al menos se intenta) y se opina (con mayor o menor grado de acierto). El contacto, colaboración o comentario a las entradas, no puede entenderse en ningún caso como un acceso telemático a mi notaría ni conducente a la firma de un documento público en la misma. A esos fines deberán dirigirse a mí por los cauces oportunos, pero nunca por la vía de mi blog que constituye una actividad completamente privada y no está conectado con la web de mi notaría.
Comencemos con el Informe Semanal de la semana 36 de 2023. Es la décima semana del año con post de Novedades.
Nuevas entradas cortas (FAQS)
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Tributación, licencia y mención en la escritura de obra nueva a la demolición de otra obra previa
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Acta de manifestaciones para reagrupación familiar régimen comunitario cónyuge de ciudadano español residente en España (dirigida a la Embajada de España en un país de Oriente Próximo)
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¿El Artículo 92 RH es aplicable a cónyuges españoles?
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Venta de finca objeto de adición de herencia previa con vendedora de alta en el Registro Concursal
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Escritura de cambio de titularidad de participaciones sociales
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Atribución de privatividad
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Escritura de aceptación y adjudicación de herencia de causante neerlandés no residente previa liquidación de comunidad conyugal universal neerlandesa que incluye bienes fuera de España
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Venta de finca gravada con usufructo sucesivo en vida del primer usufructuario
Para los que no conozcan mucho mi blog les diré que estando suscrito pueden estar al día de los nuevos posts. Para las cuestiones cortas (que no son tan cortas en muchas ocasiones), puesto que no generan a aviso por e-mail, pueden estar al día a través de la página de inicio del blog (sección últimas publicadas) y a través de esta sección de Novedades. Y para ver cualquier cambio o novedad en algo ya publicado, no hay mas solución que estar en Twitter porque mis tuits siempre tienen relación con novedades en mis artículos o con que haya salido algún tema en algún foro y saque a pasear un post antiguo.
Y por esta semana ya está. Menos mal que esto es tan fácil como firmar y cobrar … y que está todo en Internet. Eso sí, los que son mas insistentes que Paco Martínez Soria en “Don Erre que erre” son los blockchainistas. Cuando leo artículos como este: ¿Adiós a los notarios? Los ‘smart contracts’ y cómo “algo que requería esfuerzo ahora lo haces con dos clics”. ¿Se supone que lo que requería esfuerzo es lo nuestro y que ahora lo nuestro se podría hacer en dos clicks? Ni las cosas mas sencillas se podrían hacer dos clics. Hace ya siete años que Javier González Granado escribía para notaríAbierta un artículo titulado ¿Enviará blockchain de vacaciones a los notarios? Al paso que van los blockchainistas yo al menos me jubilo como Notario y haciendo lo mismo. Venga, circulen.
Hasta otra. Un abrazo. Justito El Notario. @justitonotario
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En relación con la venta de finca gravada con usufructo sucesivo en vida del primer usufructuario, señalar que la situación se plantea,con suma frecuencia, en los casos de sucesión iure transmisionis.En efecto, el viudo del primer causante se adjudica el usufructo de la finca de que se trate, y el cónyuge del transmitente (por causa de la reiterada doctrina de la Dirección,interpretando a su manera la jurisprudencia del Supremo) se adjudica el usufructo expectante, llamado a convertirse en efectivo usufructo a la muerte del usufructuario y a su sobrevivencia al mismo.Yo siempre he hecho comparecer, para consentir la venta, al titular de la expectativa de usufructo,pero nunca le he adjudicado, por tratarse de una mera expectativa,parte alguna del precio de venta.
Buenas tardes Paco:
La verdad es que los únicos que sostuvieron la posibilidad fueron los de Tottributs. La posición de Alberto Valiño iba encaminada a discutir una posible valoración, creo que sin decantarse.
El resto opinaban como tu.
Yo dudé (y dudo) porque he tenido un caso reciente en una herencia (en la que si tienen valor) y eso me descoloca un poco.
Gracias por tu aportación, un abrazo, Justito El Notario.