Advertencia: En la web “Justito El Notario”, su titular y responsable Miguel Prieto Escudero, no asesora ni aconseja ni lo ha hecho nunca desde la apertura del blog el 20/11/2015. Aquí únicamente se informa, se divulga (o al menos se intenta) y se opina (con mayor o menor grado de acierto). El contacto, colaboración o comentario a las entradas, no puede entenderse en ningún caso como un acceso telemático a mi notaría ni conducente a la firma de un documento público en la misma. A esos fines deberán dirigirse a mí por los cauces oportunos, pero nunca por la vía de mi blog que constituye una actividad completamente privada y no está conectado con la web de mi notaría.
NÚMERO
En *, mi residencia, a *.
Ante mí, JUSTITO EL NOTARIO, Notario de * y del Ilustre Colegio Notarial de *,
C O M P A R E C E N:
DOÑA *, mayor de edad, de nacionalidad británica, residente en España, *, *, vecina de *, con domicilio en *; provista, según me acredita, del Pasaporte de su nacionalidad número *, vigente hasta el día *, vigente hasta el día, del Permiso de Residencia número *, vigente hasta el día *, y del N.I.E. *, cuya Sra. entiende y habla suficientemente el idioma español.
DOÑA * (nacida *), mayor de edad, de nacionalidad británica, residente en España, casada en régimen legal supletorio de separación de bienes de su nacionalidad con Don *, *, vecina de *, con domicilio en *; provista, según me acredita, del Pasaporte de su nacionalidad número *, vigente *, del Permiso de Residencia número *, vigente hasta el día * y del N.I.E. *, cuya Sra. entiende y habla suficientemente el idioma español.
DON *, mayor de edad, de nacionalidad británica, residente en España, *, *, vecino de *, con domicilio en *; provisto, según me acredita, del Pasaporte de su nacionalidad número *, vigente hasta el día *, del Permiso de Residencia número *, vigente hasta el día *, y del N.I.E. *, cuyo Sr. entiende y habla suficientemente el idioma español.
Manifiestan que se encuentran separados de hecho desde el día *.
Incorporo a la presente, a su solicitud, fotocopias, por mí, el Notario, deducidas, con valor de testimonio de sus citados Pasaportes y de los documentos acreditativos de sus N.I.E., autorizándome a que sean reproducidas en las copias que de la presente se expidan.
Se halla también presente:
DON *, mayor de edad, casado, abogado, con domicilio profesional en *; provisto del Documento Nacional de Identidad y Número de Identificación Fiscal, según me acredita, *.
I N T E R V I E N E N:
1).- La primera en nombre y representación, en calidad de apoderada, de su padre DON *, mayor de edad, de nacionalidad británica, residente en España, casado en régimen legal supletorio de separación de bienes de su nacionalidad con la citada Sra. *, *, vecino de *, con domicilio en * y titular del pasaporte de su nacionalidad número *, vigente hasta el día *, y del N.I.E. *.
Ejerce dicha representación en virtud de la escritura de poder especial para divorcio (nuntius o mero vehículo transmisor de una declaración de voluntad perfectamente formada) que contiene el convenio matrimonial que igualmente se une a la presente, otorgada bajo mi fe, el día *, con el número * de protocolo, cuya copia autorizada me exhibe y yo, el Notario, le devuelvo.
Yo, el Notario, estimo, a mi juicio, que son suficientes las facultades representativas acreditadas para el divorcio con expresa designación de la ley española como ley aplicable a la que la presente escritura se refiere.
La Sra. Apoderada me asegura que dicho poder se encuentra en vigor y que su mandante no se ha visto afectado por una modificación de su capacidad.
2).- Y los demás comparecientes en su propio nombre y derecho, haciéndolo además DON * como letrado en ejercicio correspondiente al Colegio de Abogados de *, Colegiado *, con plenas facultades para prestar el asesoramiento legal requerido para este otorgamiento por lo que les juzgo, según intervienen, con capacidad para la presente escritura anteriormente calificada, a cuyo efecto,
E X P O N E N:
I.- Celebración del matrimonio, hijos y prueba.
Que DON * y DOÑA * (nacida *), contrajeron matrimonio Civil, el Sr. * en segundas nupcias y la Sra. * en primera nupcias, en * (Inglaterra, Reino Unido=, el día *, causando la Inscripción número * del Distrito del Registro Civil de *, y al efecto me exhiben el certificado literal de inscripción del matrimonio en idioma inglés el cual yo, el Notario, entiendo a los efectos del otorgamiento de la presente y que testimoniado se incorpora a esta escritura.
De dicho matrimonio tienen dos hijos llamados Doña * y Don *, ambos mayores de edad, lo que acreditan con las correspondientes partidas literales de nacimiento, la de la Sra. * debidamente apostilla en *, con fecha *, y con la traducción jurada efectuada por Doña *, traductora e interprete jurada al idioma con número de colegiada *, y la del Sr. * sin traducir y pendiente de su correspondiente apostilla de cuya falta, yo, el Notario, les advierto y que testimoniados se incorporan a esta escritura.
Manifiestan DON * y DOÑA *, que sus dos citados hijos son mayores de edad, siendo DOÑA *, independiente económicamente, y DON *, dependiente económicamente de sus padres y residiendo con su madre en el que ha sido domicilio conyugal y familia, a cuyo fin comparece el segundo en este acto a efectos de ratificar dichos extremos, así como, para otorgar su consentimiento a los efectos que establece del artículo 82.1 del Código Civil, de las medidas que se han establecido respecto de su manutención y pensión por alimentos que se ha establecido en el punto TERCERO del citado convenio regulador, al que se remiten para evitar repeticiones innecesarias.
Tras la salida del Reino Unido de la Unión Europea el día 1 de Enero de 2021, ha dejado de ser aplicable el Reglamento 1.191/2016 del Parlamento Europeo y del Consejo de la Unión Europea de 6 de Julio de 2016, por el que se facilita la libre circulación de los ciudadanos simplificando los requisitos de presentación de determinados documentos públicos y por el que se modificó el Reglamento 1.024/2012. En consecuencia, los citados documentos se haya pendientes de su correspondiente apostilla de cuya falta, yo, el Notario, les advierto.
II.- Designación de la ley española como ley aplicable.
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 5.1 letra d) del Reglamento 1.259/2010 del Consejo de la Unión Europea (Roma III), de 20 de Diciembre de 2010, por el que se establece una cooperación reforzada en el ámbito de la ley aplicable al divorcio y a la separación judicial, y previo asesoramiento informado, los cónyuges dada la residencia de ambos en territorio español designan la ley española como ley aplicable a su divorcio.
III.- Competencia internacional y funcional.
Efectuada la anterior designación de la ley española como ley aplicable al divorcio de los cónyuges comparecientes y a los efectos de fijar la competencia internacional y funcional del Notario, corresponde tener en cuenta que:
a) El artículo 2 del Reglamento 2.201/2003 del Consejo de la Unión Europea (Bruselas II bis), de 27 de Noviembre de 2003, define como órgano jurisdiccional a todas las autoridades de los estados miembros de la Unión Europea con competencia en las materias que forman parte de su ámbito de aplicación y ello de conformidad con el propio artículo 1 que establece que se aplicará a las materias civiles relativas al divorcio, la separación judicial y la nulidad matrimonial.
b) Los Notarios españoles son competentes para autorizar escrituras públicas de divorcio de mutuo acuerdo de conformidad con lo previsto en la Disposición Final 21ª apartado primero de la Ley 15/2015 de Jurisdicción Voluntaria y en los artículos 82, 83, 87 y 89 del Código Civil español modificados por la citada Ley 15/2015 y ello desde el día de la entrada en vigor de esta última norma que tuvo lugar el 23 de Julio de 2015, a los veinte días de su publicación en el BOE.
c) Y, por último, que la competencia (entre otros puntos de conexión posibles) corresponde al Estado miembro de la Unión Europea en cuyo territorio esté fijada la residencia habitual de los cónyuges (o la última en común del matrimonio) que, en este caso, se encuentra en España, tal y como consta en los certificados de empadronamiento de los cónyuges, de los que yo, el Notario, deduzco fotocopias a modo de testimonio que se unen a la presente, y ello de conformidad con lo establecido en el artículo 3 del Reglamento 2.201/2003 del Consejo de la Unión Europea, de 27 de Noviembre de 2003 (Bruselas II bis), antes citado, y dado el expreso y voluntario sometimiento de los cónyuges a la ley española.-
IV.- Competencia territorial del Notario autorizante.
El domicilio y residencia habitual de los cónyuges se encuentra en *, habiendo sido el último domicilio conyugal común el que hoy lo es de DOÑA *, lo que me han acreditado con los certificados de empadronamiento individuales de ambos cónyuges, que se ha incorporado a la presente, por lo que yo, el Notario, resulto competente para este otorgamiento, en virtud de lo dispuesto en el artículo 54.1 de la Ley del Notariado.
V.- Voluntad de disolución del matrimonio por divorcio de mutuo acuerdo y presupuestos previos.
Los cónyuges, aquí presente y representado declaran, de mutuo acuerdo, por la presente escritura su común voluntad de disolver su matrimonio mediante DIVORCIO, así como la de regular los efectos de este conforme al convenio regulador suscrito por ambos que más adelante se menciona.
A estos efectos, aseveran ambos cónyuges:
– Que no están tramitando judicial o extrajudicialmente ningún procedimiento de separación, nulidad o divorcio en España o fuera de España.
– Que el citado convenio regulador no ha sido anteriormente presentado a otro Notario territorialmente competente ni a letrado de la administración de justicia, con la misma finalidad de regulación de las consecuencias de su divorcio.
– Y que el citado convenio regulador no ha sido rechazado anteriormente por ningún otro Notario o letrado de la administración de justicia, por estimarlo contrario a derecho, dañoso o gravemente perjudicial para uno o los dos cónyuges.
El convenio regulador de fecha * que consta de dos folios de papel común escritos por su anverso y reverso, se incorpora a la presente escritura previamente firmado por los cónyuges y su hijo Don Cai Kenneth Jones, en todas sus hojas, quedando así protocolizado con la presente matriz.
VII. Expuesto todo lo anterior, y manifestando los cónyuges comparecientes estar asistidos en este acto por el letrado ejerciente aquí compareciente, DON *, según intervienen,
O T O R G A N:
PRIMERO: DIVORCIO.
DON * y DOÑA * por la presente escritura, otorgan de mutuo acuerdo su divorcio.
Yo, el Notario, al amparo del artículo 87 del Código Civil, declaro que el matrimonio entre DON * y DOÑA * queda desde este otorgamiento DISUELTO POR DIVORCIO. La disolución perjudicará a terceros desde su inscripción en el Registro Civil correspondiente.
No siendo posible remitir una copia de esta escritura por medios electrónicos a la Oficina General del Registro Civil (antes Registro Civil Central), por no existir la infraestructura tecnológica precisa, DON * y DOÑA * me requieren a mí, el Notario, para que remita por correo certificado con acuse de recibo copia autorizada en papel a dicha dependencia del Ministerio de Justicia, a los efectos de su inscripción, previa la inscripción del matrimonio en unidad de acto, si así procede o mediante el recurso a la anotación de soporte, en su caso.
Quedan revocados los poderes y consentimientos que, en su caso, DON * y DOÑA * se hubieran otorgado entre sí.
Acepto el requerimiento, cuyo cumplimiento haré constar por medio de las correspondientes diligencias sucesivas.
SEGUNDO: CONSENTIMIENTO AL CONVENIO.
DON * y DOÑA *, el primero de ellos debidamente representado, prestan su consentimiento, sin reserva ni limitación de ninguna clase, a la totalidad del convenio regulador de los efectos de su divorcio que ha quedado incorporado a esta matriz, el cual consienten y ratifican en su integridad.
DON *, presta igualmente su consentimiento en lo que le afecta al citado convenio.
TERCERO: ASISTENCIA LETRADA.
DON * en su calidad de letrado se encuentra presente, como ya se ha dicho, a los efectos de prestar asistencia letrada a DON * y DOÑA * suscribiendo a tal fin con ellos la presente escritura.
CUARTO: LIQUIDACIÓN DEL RÉGIMEN ECONÓMICO DEL MATRIMONIO.
No es procedente pacto o estipulación alguna sobre disolución y liquidación del régimen económico matrimonial, toda vez que en Inglaterra (Reino Unido) la celebración del matrimonio no produce ningún efecto sobre el patrimonio de cada uno de los cónyuges y, en consecuencia, no existe propiamente un régimen económico matrimonial que haya que disolver y liquidar.
QUINTO: PODER ESPECIAL.
DOÑA * apodera al letrado asistente, cuyos datos constan anteriormente, con todas las facultades necesarias a fin de procurar la inscripción de la presente escritura en los Registros españoles o extranjeros donde sea oportuno hacerlo de acuerdo con las calificaciones que sean practicadas y, asimismo, para la obtención de cuantos documentos complementarios pudieran ser necesarios a tal fin.
Respecto de DON *, su representante, DOÑA *, declara que en la citada escritura de poder especial de fecha *, figura literalmente lo siguiente: “SEGUNDO: El poderdante faculta a la apoderada para representarle y comparecer ante toda clase de autoridades y organismos de la Administración Pública de ámbito estatal, autonómico, provincial o municipal, o ante cualesquiera de sus organismos autónomos y conexos y demás entes o Registros Públicos, incluso internacionales, pudiendo remitir a tales oficinas u organismos y recibir de ellos toda clase de escritos, hacer cualquier clase de declaraciones, solicitar liquidaciones, presentar autoliquidaciones así como todo tipo de recursos administrativos y contencioso-administrativos, actuar ante la inspección de tributos, pagar tributos e impuestos y reclamar facturas a Hacienda y recibir y reclamar fondos, devueltos y restituidos”.
SEXTO: GASTOS Y HONORARIOS.
De conformidad con lo pactado en el convenio regulador, antes citado y unido a la presente, todos los gastos, inclusive los honorarios notariales, devengados como consecuencia del presente otorgamiento serán satisfechos por mitad por DON * y DOÑA *.
Así lo dicen y otorgan.
Hechas las reservas y advertencias legales, en especial las relativas al Registro Civil español y británico y a la inscripción de la presente escritura.
El/los señor/es comparecientes quedan informados de lo siguiente: Sus datos personales serán objeto de tratamiento en esta Notaría, los cuales son necesarios para el cumplimiento de las obligaciones legales del ejercicio de la función pública notarial, conforme a lo previsto en la normativa prevista en la legislación notarial, de prevención del blanqueo de capitales, tributaria y en la aplicable al acto o negocio jurídico documentado. Por tanto, la comunicación de los datos personales es un requisito legal, encontrándose los otorgantes obligados a facilitar los datos personales, y estando informados de que la consecuencia de no facilitar tales datos es que no sería posible autorizar o intervenir el presente documento público. Sus datos se conservarán con carácter confidencial. La finalidad del tratamiento de los datos es realizar la formalización del presente documento, su facturación y seguimiento posterior y las funciones propias de la actividad notarial de obligado cumplimiento, de las que pueden derivarse la existencia de decisiones automatizadas, autorizadas por la Ley, adoptadas por las Administraciones Públicas y entidades cesionarias autorizadas por Ley, incluida la elaboración de perfiles, cuya lógica aplicada es la prevención e investigación por las autoridades competentes del blanqueo de capitales y la financiación del terrorismo. Se realizarán las cesiones de dichos datos que sean de obligado cumplimiento a las Administraciones Públicas, a las entidades y sujetos que estipule la Ley y, en su caso, al Notario que suceda al actual en la plaza. Los datos proporcionados se conservarán durante los años necesarios para cumplir con las obligaciones legales del Notario o de sus sucesores en la plaza. Puede ejercitar sus derechos de acceso, rectificación, supresión, limitación, portabilidad y oposición al tratamiento por correo postal dirigido a *. Asimismo tienen el derecho a presentar una reclamación ante una autoridad de control. Los datos serán tratados y protegidos según la Legislación Notarial, la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales y su normativa de desarrollo, y el Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento europeo y del Consejo de 27 de abril de 2016 relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos y por el que se deroga la Directiva 95/46/CE.
El/los comparecientes prestan su consentimiento para que la Notaría pueda entregar copias o documentación relativa a el/los comparecientes a las gestorías, asesorías o despachos de abogados que soliciten o recojan dicha documentación en nombre de el/los interesados, con la finalidad de gestión y prestación de los servicios propios de dichos gestores, asesores o abogados.
Leída esta escritura por mí, el Notario, a los comparecientes, estos renuncian a su derecho a leerla por si mismos, derecho del que les advierto, la aprueban y la firman conmigo, haciendo constar que han quedado debidamente informados del contenido del presente instrumento.
De que conozco a los comparecientes, excepto a Don * a quien identifico por su reseñado documento de identidad, de que tienen a mi juicio, capacidad y legitimación suficientes, de que su consentimiento ha sido libremente prestado, de que el otorgamiento se adecua a la legalidad y a la voluntad debidamente informada de los otorgantes y/o intervinientes, y de todo lo demás consignado en este instrumento público extendido en nueve folios de papel timbrado de uso exclusivamente notarial, serie *, números * y los * folios anteriores en orden de numeración, yo, el Notario, Doy fe.=
ARANCEL NOTARIAL. DERECHOS DEVENGADOS. Arancel aplicable, números: 1, 4 y nª 8ª.
DOCUMENTO SIN CUANTÍA. TOTAL: (Impuestos excluidos)
NOTA: En *, el día *, yo, JUSTITO EL NOTARIO, Notario de * y del Ilustre Colegio Notarial de *, expido copia a instancia del REGISTRO CIVIL CENTRAL, en veinte folios de papel timbrado de uso exclusivo notarial, de la serie *, número * y los * anteriores en orden correlativo. DOY FE.- Firmado: JEN.
1ª DILIGENCIA.- La extiendo yo, JUSTITO EL NOTARIO, Notario del Ilustre Colegio Notarial de *, en *, mi residencia, el día *, para hacer constar que en el día de hoy, siendo las *, REMITO por correo certificado con AVISO DE RECIBO (prueba de entrega) y entrega domiciliaria, al Registro Civil de Central, con domicilio en *, oficio acompañado de la copia autorizada de la presente escritura conforme al Artículo 83 del Código Civil, a los efectos de su inscripción. Incorporo a la presente, fotocopia del justificante de dicho envío. No teniendo nada más que hacer constar doy por finalizada la presente diligencia. De todo lo cual, y de quedar extendida esta diligencia en el mismo último folio en que lo fue la matriz precedente y en el presente, yo, el Notario, Doy fe.
2ª DILIGENCIA. La extiendo yo, JUSTITO EL NOTARIO, Notario del Ilustre Colegio Notarial de *, en *, mi residencia, para hacer constar que el día *, RECIBO, por correo electrónico, el acuse del envío por correo certificado dirigido al Registro Civil Central (prueba de entrega electrónica), en el que consta como entregado a CIVIL CENTRAL, Documento *, el día *. Incorporo a la presente impresión a papel del archivo informático recibido en formato pdf. No teniendo nada más que hacer constar doy por finalizada la presente diligencia. De todo lo cual, y de quedar extendida esta diligencia en mismo último folio en que lo fue la diligencia anterior, yo, el Notario, Doy fe.=
3ª DILIGENCIA. La extiendo yo, JUSTITO EL NOTARIO, Notario de * y del Ilustre Colegio Notarial de *, el día *, para hacer constar que en el día de hoy, he recibido por correo postal del Registro Civil Central un oficio acompañado como en él se indica de la certificación acreditativa de la inscripción del matrimonio (por medio de anotación de soporte) y del divorcio objeto de la matriz precedente al Tomo *, Página *. Incorporo a la presente, testimonio por mí, el Notario, deducido de dicha documentación y, reiterando las advertencias reseñadas en la matriz, doy por cerrada la presente escritura. De todo lo cual, de quedar extendida esta diligencia en el mismo último folio en que lo fue la diligencia anterior y el presente, yo, el notario, Doy fe.=
NOTA: En *, el día *, yo, JUSTITO EL NOTARIO, Notario de * y del Ilustre Colegio Notarial de *, expido primera copia, sin carácter ejecutivo, a instancia DOÑA *, en * folios de papel timbrado de uso exclusivo notarial, de la serie *, número * y los * anteriores en orden correlativo. DOY FE.- Firmado: JEN.
Hasta otra. Un abrazo. Justito El Notario. @justitonotario
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