Advertencia: En la web “Justito El Notario”, su titular y responsable Miguel Prieto Escudero, no asesora ni aconseja ni lo ha hecho nunca desde la apertura del blog el 20/11/2015. Aquí únicamente se informa, se divulga (o al menos se intenta) y se opina (con mayor o menor grado de acierto). El contacto, colaboración o comentario a las entradas, no puede entenderse en ningún caso como un acceso telemático a mi notaría ni conducente a la firma de un documento público en la misma. A esos fines deberán dirigirse a mí por los cauces oportunos, pero nunca por la vía de mi blog que constituye una actividad completamente privada y no está conectado con la web de mi notaría.
NÚMERO
En *, mi residencia, a *.
Ante mí, JUSTITO EL NOTARIO, Notario de * y del Ilustre Colegio Notarial de *,
C O M P A R E C E:
DON
I N T E R V I E N E:
En nombre y representación de la mercantil de nacionalidad española denominada “*, SOCIEDAD LIMITADA” -Unipersonal- (nueva denominación), antes denominada “*, S.L.” -Unipersonal-, cuyas circunstancias esenciales son las siguientes:
Constitución:
N.I.F.: *.
Yo, el Notario, he procedido a consultar, a través de SIGNO, la lista de números de identificación fiscal revocados, no constando en la misma el de la entidad interviniente, todo ello en cumplimento de lo dispuesto en el art. 23 de la Ley del Notariado de 28 de mayo de 1862, según redacción dada por la Ley 11/2021, de 9 de julio, de medidas de prevención y lucha contra el fraude fiscal.
Domicilio:
Inscripción: Registro Mercantil de *, al Tomo *, Folio *, Hoja MU-*.
Su objeto social lo constituye la prestación de servicios financieros, excluyendo las materias reservada en exclusiva por los artículos 143 y 144 del RD 4/2015 de 23 de octubre por el que se aprueba el TR de la Ley de Mercado de Valores, a las empresas de Servicios de inversión.
C.N.A.E.: 6499 – Otros servicios financieros, excepto seguros y fondos de pensiones.
Su legitimación para el presente acto se deriva de su cargo de Administrador Único de la sociedad, cargo para el que fue nombrado (y aceptó), por tiempo indefinido, en la escritura de fecha *, antes citada.
Se halla expresa y especialmente facultado para este acto en virtud de acuerdo adoptado por la Junta General Extraordinaria y Universal de la Sociedad adoptado en reunión de fecha *, según resulta de certificación expedida por el compareciente en la citada fecha, en su calidad de Administrador Único, que me entrega e incorporo a la presente matriz para que forme parte integrante de la misma y sea inserta en sus traslados, considerando legítima la firma que la autoriza por haber sido puesta en mi presencia.
Yo, el Notario, estimo, a mi juicio, suficientes sus facultades representativas para la presente elevación a público de acuerdos sociales relativos al cambio de denominación social.
Me asegura que la Sociedad por él representada se halla actualmente en vigor, que se encuentra en el ejercicio del cargo que ostenta, sin que las facultades de representación que le competen le hayan sido revocadas, limitadas, suspendidas ni modificadas en forma alguna, así como la exactitud de los datos anteriormente consignados.
Consultado el Registro Público de Resoluciones Concursales, no consta, ningún resultado en cuanto a la mercantil representada.
Yo, el Notario, hago constar expresamente que he cumplido con la obligación de identificación del titular real que impone la Ley 10/2010, de 28 de Abril, y el Real Decreto 304/2014, de 5 de Mayo, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 10/2010, de 28 de Abril, cuyo resultado consta en la Base de Datos de Titularidad Real, que he consultado, manifestando el Sr. Administrador Único no haberse modificado el contenido de la misma.
Tiene, a mi juicio, según interviene, capacidad para otorgar la presente escritura, anteriormente calificada, y al efecto,
E X P O N E Y O T O R G A:
PRIMERO.- Que en nombre y representación de la mercantil “*, SOCIEDAD LIMITADA” -Unipersonal-, ELEVA A PÚBLICO el contenido de la certificación, antes citada, extendida en un folio de papel común escrito por su anverso y reverso, cuyo contenido aquí no se reproduce para evitar repeticiones innecesarias y que hace referencia al cambio de la denominación social y a la modificación del Artículo 1º de los Estatutos Sociales.
Me acredita con la oportuna Certificación expedida electrónicamente por el Registro Mercantil Central, que me entrega y dejo unida a esta matriz, no existiendo ninguna otra sociedad con la nueva denominación de “*, SOCIEDAD LIMITADA”.
Yo, el Notario, he comprobado en la Web del Registro Mercantil Central el CSV de dicha certificación.
Solicitud Registral: El compareciente, según interviene, solicita del Señor Registrador Mercantil que se sirva practicar las inscripciones pertinentes en los libros a su cargo a la presentación de copia autorizada de esta escritura, así como, en su caso, la inscripción parcial de la misma conforme a lo dispuesto en el Artículo 63 del Reglamento del Registro Mercantil.
SOBRE LA PRESENTACIÓN TELEMÁTICA. De conformidad con lo dispuesto en el Artículo 112 de la Ley 24/2001, en su redacción dada por la Ley 24/2005, el compareciente me requiere para que remita copia autorizada electrónica de la presente a los efectos de su inscripción en el Registro Mercantil de Murcia, considerando como presentante de dicho título por designación del compareciente a la mercantil “*, SOCIEDAD LIMITADA”, cuyos datos, a efectos de notificaciones y requerimientos, son los que figuran en la intervención de la presente escritura.
Así lo dice y otorga.
Hechas las reservas y advertencias legales, en especial las relativas al Registro Mercantil.
Protección de datos. De acuerdo con la normativa de protección de datos, el compareciente queda informado y consiente la incorporación, conservación por plazo legal y tratamiento de sus datos por el Notario autorizante, los sustitutos y los sucesores en el protocolo, incluyendo las remisiones impuestas en la normativa, con la finalidad de ejercitar la actividad ordinaria notarial. Los derechos que asisten al compareciente de acceso, rectificación, supresión, limitación, portabilidad y oposición al tratamiento podrán ser ejercitados, cuando proceda, ante el Notario titular del protocolo en *, y mediante reclamación ante la autoridad de control competente.
El/los compareciente/s presta/n su consentimiento para que la Notaría pueda entregar copias o documentación relativa a el/los comparecientes a las gestorías, asesorías o despachos de abogados que soliciten o recojan dicha documentación en nombre de el/los interesados, con la finalidad de gestión y prestación de los servicios propios de dichos gestores, asesores o abogados.
Leída esta escritura por mí, el Notario, al compareciente, este renuncia a su derecho a leerla por sí mismo, derecho del que le advierto, la aprueba y la firma conmigo, haciendo constar que ha quedado debidamente informado del contenido del presente instrumento.
De haber identificado al compareciente por su reseñado documento de identidad, de que tiene, a mi juicio, capacidad y legitimación suficientes, de que su consentimiento ha sido libremente prestado, de que el otorgamiento se adecua a la legalidad y a la voluntad debidamente informada del otorgante y/o interviniente, y de todo lo demás consignado en este instrumento público extendido en * folios de papel timbrado de uso exclusivamente notarial, serie *, números * y los * folios anteriores en orden de numeración, yo, el Notario, Doy fe.=
ARANCEL NOTARIAL. DERECHOS DEVENGADOS. Arancel aplicable, números: 1, 4 y nª 8ª.
DOCUMENTO SIN CUANTÍA. TOTAL: (Impuestos excluidos)
Hasta otra. Un abrazo. Justito El Notario. @justitonotario
|