Advertencia: En la web “Justito El Notario”, su titular y responsable Miguel Prieto Escudero, no asesora ni aconseja ni lo ha hecho nunca desde la apertura del blog el 20/11/2015. Aquí únicamente se informa, se divulga (o al menos se intenta) y se opina (con mayor o menor grado de acierto). El contacto, colaboración o comentario a las entradas, no puede entenderse en ningún caso como un acceso telemático a mi notaría ni conducente a la firma de un documento público en la misma. A esos fines deberán dirigirse a mí por los cauces oportunos, pero nunca por la vía de mi blog que constituye una actividad completamente privada y no está conectado con la web de mi notaría.
Por cierto, un abogado que vino a firmar un divorcio me dijo que otros Notarios exigen que la señora manifieste que no está embarazada. Algún compañero dice que pone que no tienen hijos “nacidos ni conocidamente sin nacer”. Bueno, es muy indiscreto pero lo consideraré.
NÚMERO
En *, mi residencia, a *.
Ante mí, JUSTITO EL NOTARIO, Notario de * y del Ilustre Colegio Notarial de *.
C O M P A R E C E N:
Los cónyuges en régimen legal supletorio de la sociedad de gananciales del derecho civil común
Manifiestan hallarse separados de hecho desde *.
Su citado régimen matrimonial resulta de la escritura de capitulaciones matrimoniales postnupciales autorizada bajo mi fe, el día *, con el número * de protocolo, cuyas capitulaciones se encuentran indicadas en el Registro Civil de *, al tomo *, página *, cuya copia autorizada me exhiben, acreditándome los mencionados datos de indicación.
Incorporo a la presente, a solicitud de los comparecientes, fotocopias, por mí, el Notario, deducidas, con valor de testimonio de sus DNI/NIF, autorizándome a su reproducción en las copias que de la presente se expidan.
DOÑA *, hija mayor de edad, dependiente económicamente de sus padres,
Se halla también presente:
DON
Intervienen todos en su propio nombre y derecho, haciéndolo DON * como letrado en ejercicio (Colegiado número * del Ilustre Colegio de la Abogacía de *, con plenas facultades para prestar el asesoramiento legal requerido para este otorgamiento y les juzgo, según intervienen, con la capacidad legal necesaria para la presente escritura anteriormente calificada, a cuyo efecto,
E X P O N E N:
I.- Que *, contrajeron matrimonio el día * en *, el cual fue inscrito en el Registro Civil de *, al tomo *, página *, lo que me acreditan por medio de exhibición del Libro de Familia de cuyas hojas relativas a la inscripción del matrimonio y al nacimiento de hijos, deduzco testimonios que incorporo a la presente.
II.- Que su último domicilio común estuvo situado en *, según resulta de certificados de empadronamiento que testimoniados incorporo a la presente, por lo que yo, el Notario, soy competente para este otorgamiento.
III.- Que tienen dos hijas, llamadas Doña * independiente económicamente, y Doña *, ambas mayores de edad y la segunda de las dos dependiente económicamente de sus padres y residiendo con su padre en el que ha sido domicilio conyugal y familiar, por cuya razón comparece la segunda en este acto a efectos de ratificar dichos extremos, así como, para otorgar su consentimiento a los efectos que establece del artículo 82.1 del Código Civil, de las medidas que se han establecido respecto de su manutención y pensión por alimentos que se han establecido en el punto QUINTO del convenio regulador que luego se dirá, al que se remiten para evitar repeticiones innecesarias.
IV.- Que no tienen más hijos menores de edad ni con la capacidad modificada judicialmente, comunes o no.
V.- Que ambos cónyuges declaran su voluntad inequívoca de divorciarse, y a estos efectos tienen confeccionado el convenio regulador de su divorcio, el cual consta de siete hojas, escritas por su anverso y reverso que se incorporan a la presente, firmado por ambos comparecientes y por su citada hija *, en todas sus hojas, quedando así protocolizado con la presente matriz.
VI.- Que este convenio no ha sido anteriormente presentado a otro Notario o Letrado de la Administración de Justicia, que lo haya rechazado por las razones contenidas en el Art. 90.2 del Código Civil.
VII.- Expuesto lo anterior, según intervienen,
O T O R G A N:
PRIMERO.- * otorgan de mutuo acuerdo su divorcio, mediante la formulación del convenio regulador que ha quedado incorporado a esta matriz, y en el que se ratifican a los efectos de su divorcio en todos sus extremos.
DOÑA *, presta igualmente su consentimiento en lo que le afecta al citado convenio.
SEGUNDO.- Han sido asistidos en este otorgamiento por el letrado en ejercicio DON *, el cual se encuentra presente en el momento de la firma de esta escritura, quien también firma la escritura en constancia de su presencia y de la asistencia prestada.
TERCERO.- Queda extinguido el régimen económico matrimonial vigente hasta este momento (el legal de la sociedad de gananciales) que será liquidado en escritura independiente.
CUARTO.- Como consecuencia del divorcio, quedan revocados los poderes y consentimientos que los cónyuges en su caso se hubieran otorgado entre sí.
QUINTO.- No es posible remitir una copia de esta escritura por medios electrónicos a la Oficina General del Registro Civil conforme al Artículo 61 de la Ley 6/2021, de 28 de Abril, por la que se modifica la Ley 20/2011, de 21 de julio, del Registro Civil, por no existir la infraestructura tecnológica precisa. Por ello, los comparecientes me requieren a mí, el Notario, para que remita una copia autorizada en papel de esta escritura al Registro Civil correspondiente al lugar de celebración del matrimonio, conforme al Artículo 83 del Código Civil, a los efectos de su inscripción. Acepto el requerimiento, cuyo cumplimiento haré constar por diligencias a continuación.
El divorcio otorgado en esta escritura no perjudicará a terceros de buena fe sino a partir de su inscripción en el Registro Civil.
SEXTO.- GASTOS Y HONORARIOS. De conformidad con lo pactado en el convenio regulador, antes citado y unido a la presente, todos los gastos, inclusive los honorarios notariales, devengados como consecuencia del presente otorgamiento serán satisfechos por mitad por DON * y DOÑA *.
Así lo dicen y otorgan.
Hechas las reservas y advertencias legales, en especial las relativas al Registro Civil y a la inscripción de la presente escritura.
El/los señor/es comparecientes quedan informados de lo siguiente: Sus datos personales serán objeto de tratamiento en esta Notaría, los cuales son necesarios para el cumplimiento de las obligaciones legales del ejercicio de la función pública notarial, conforme a lo previsto en la normativa prevista en la legislación notarial, de prevención del blanqueo de capitales, tributaria y en la aplicable al acto o negocio jurídico documentado. Por tanto, la comunicación de los datos personales es un requisito legal, encontrándose los otorgantes obligados a facilitar los datos personales, y estando informados de que la consecuencia de no facilitar tales datos es que no sería posible autorizar o intervenir el presente documento público. Sus datos se conservarán con carácter confidencial. La finalidad del tratamiento de los datos es realizar la formalización del presente documento, su facturación y seguimiento posterior y las funciones propias de la actividad notarial de obligado cumplimiento, de las que pueden derivarse la existencia de decisiones automatizadas, autorizadas por la Ley, adoptadas por las Administraciones Públicas y entidades cesionarias autorizadas por Ley, incluida la elaboración de perfiles, cuya lógica aplicada es la prevención e investigación por las autoridades competentes del blanqueo de capitales y la financiación del terrorismo. Se realizarán las cesiones de dichos datos que sean de obligado cumplimiento a las Administraciones Públicas, a las entidades y sujetos que estipule la Ley y, en su caso, al Notario que suceda al actual en la plaza. Los datos proporcionados se conservarán durante los años necesarios para cumplir con las obligaciones legales del Notario o de sus sucesores en la plaza. Puede ejercitar sus derechos de acceso, rectificación, supresión, limitación, portabilidad y oposición al tratamiento por correo postal dirigido a *. Asimismo, tienen el derecho a presentar una reclamación ante una autoridad de control. Los datos serán tratados y protegidos según la Legislación Notarial, la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales y su normativa de desarrollo, y el Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento europeo y del Consejo de 27 de abril de 2016 relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos y por el que se deroga la Directiva 95/46/CE.
El/los comparecientes prestan su consentimiento para que la Notaría pueda entregar copias o documentación relativa a el/los comparecientes a las gestorías, asesorías o despachos de abogados que soliciten o recojan dicha documentación en nombre de el/los interesados, con la finalidad de gestión y prestación de los servicios propios de dichos gestores, asesores o abogados.
Leída esta escritura por mí, el Notario, a los comparecientes, estos renuncian a su derecho a leerla por sí mismos, derecho del que les advierto, la aprueban y la firman conmigo, haciendo constar que han quedado debidamente informados del contenido del presente instrumento.
De haber identificado a los comparecientes por sus reseñados documentos de identidad, de que tienen a mi juicio, capacidad y legitimación suficientes, de que su consentimiento ha sido libremente prestado, de que el otorgamiento se adecua a la legalidad y a la voluntad debidamente informada de los otorgantes y/o intervinientes, y de todo lo demás consignado en este instrumento público extendido en cinco folios de papel timbrado de uso exclusivamente notarial, serie *, número * y los * folios posteriores en orden de numeración, yo el Notario, Doy fe.=
ARANCEL NOTARIAL. DERECHOS DEVENGADOS. Arancel aplicable, números: 1, 4 y nª 8ª.
DOCUMENTO SIN CUANTÍA. TOTAL: (Impuestos excluidos)
Hasta otra. Un abrazo. Justito El Notario. @justitonotario
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