Acta de legitimación de firmas para efecto en país extranjero (Polonia-España): Artículo 207 Reglamento Notarial

 

acta legitimación firma para Polonia

Advertencia: En la web “Justito El Notario”, su titular y responsable Miguel Prieto Escudero, no asesora ni aconseja ni lo ha hecho nunca desde la apertura del blog el 20/11/2015. Aquí únicamente se informa, se divulga (o al menos se intenta) y se opina (con mayor o menor grado de acierto). El contacto, colaboración o comentario a las entradas, no puede entenderse en ningún caso como un acceso telemático a mi notaría ni conducente a la firma de un documento público en la misma. A esos fines deberán dirigirse a mí por los cauces oportunos, pero nunca por la vía de mi blog que constituye una actividad completamente privada y no está conectado con la web de mi notaría.

Estaba yo muy contento con este acta que me había trabajado un montón y me he llevado un disgusto cuando en el Colegio me dicen que me apostillan la copia autorizada del acta pero que no me apostillan el testimonio porque no digo que entiendo el polaco. Ya le ha dado muchas vueltas al 207 y conozco la circular publicada por mi Colegio. Intento adaptarme a ella todo lo que puedo en cada ocasión que tengo y creo que en este caso también lo he hecho. Me he preocupado de hacer una traducción (que me ha ocupado mucho tiempo) recurriendo a Google para examinar su legalidad y, por tanto, aún no sabiendo polaco creo que la fórmula empleada es rigurosa, está muy trabajada y es respetuosa con el artículo 207 del Reglamento Notarial por lo que debería admitirse a fin de proporcionar al usuario de nuestros servicios una solución a su problema sin tener que pasar por el acta, por el traductor y por la apostilla para documentos como este que son completamente irrelevantes (de escasa importancia) y que les representan a nuestros clientes un gasto considerable. Además se me han aceptado otros apostillados similares utilizando el mismo mecanismo con idiomas y hasta alfabetos diferentes (árabe, cirílico ….) sin decir que entiendo el búlgaro o el árabe. En fin, que no estoy conforme con la negativa ni entiendo porqué es posible la apostilla del acta y no es posible la del testimonio de legitimación de  firmas que dice exactamente lo mismo. Debemos procurar evolucionar y dar soluciones a la gente y más en localidades pequeñas como Pinoso.

Tal vez, como me decía un compañero, la cuestión podría ser algo así “conozco el idioma “tal” preciso para el documento en concreto” …. pero claro en el caso del polaco para mí decir eso completamente imposible. En francés, inglés, portugués o italiano, aún.

De todas formas, parece que en el Colegio se lo iban a pensar y me parece muy bien puesto hay que valorar el esfuerzo que representa el trabajo y el tiempo empleado en un documento en apariencia sencillo. Todo puede ser sencillo si no se hace bien ….

(ÚLTIMA HORA: Sí, al final me han apostillado el testimonio de legitimación de firmas. ¡Victoria!)

NÚMERO

En xxxx, mi residencia, a xxxx.

Ante mí, JUSTITO EL NOTARIO, Notario de XXX y del Ilustre Colegio Notarial de XXX,

C O M P A R E C E:

DOÑA

Manifiesta que anteriormente era titular del Pasaporte de su nacionalidad xxx, que estuvo vigente hasta el xxx.

Se halla también presente, Doña xxx, xxx; provista del Pasaporte de su nacionalidad número xxx, vigente hasta el día xxxx, y del N.I.E. xxx, quien actúa como intérprete elegida por la Sra. xxx, que no conoce suficientemente el idioma español.

Yo, el Notario, les advierto de la posibilidad de intervención de intérprete oficial conforme al Artículo 150 del Reglamento Notarial, no obstante lo cual insisten en este otorgamiento, relevándome de responsabilidad.

Intervienen en su propio nombre y derecho, y tienen, a mi juicio, según intervienen, la capacidad legal necesaria para otorgar la presente acta, anteriormente calificada, y al efecto,

ME EXHIBE, a mí, el Notario, un documento no notarial (sin título) redactado en los idiomas, polaco y español, extendido en un folio de papel común escrito en polaco por su anverso y en español por su reverso.

Según dice dicho documento va a surtir efectos solamente fuera de España en Polonia, país cuyas leyes prevén esta forma documental, cuyo documento que yo, el Notario, he leído en su versión española a fin de examinar su legalidad y he traducido al español en su versión polaca a través de Internet al mismo fin y a fin de comprobar su grado de coincidencia con su versión en español (que es prácticamente total), firma en mi presencia, en ambas versiones, manifestando que libre y voluntariamente, quiere que produzca los efectos que les sean aplicables conforme a lo previsto en las leyes de dicho país, y me requiere para la legitimación de sus firmas en el expresado documento con referencia a su identidad y al consentimiento prestado a su contenido y a su capacidad suficiente para actuar, así como para la incorporación de copia de dicho documento con sus firmas legitimadas a la presente matriz.

Acepto el requerimiento, que cumplimentaré mediante la oportuna diligencia.

Así lo dice y otorga.

Hechas las reservas y advertencias legales.

Protección de datos. De acuerdo con la normativa de protección de datos, los comparecientes quedan informados y consienten la incorporación, conservación por plazo legal y tratamiento de sus datos por el Notario autorizante, los sustitutos y los sucesores en el protocolo, incluyendo las remisiones impuestas en la normativa, con la finalidad de ejercitar la actividad ordinaria notarial. Los derechos que asisten al compareciente de acceso, rectificación, supresión, limitación, portabilidad y oposición al tratamiento podrán ser ejercitados, cuando proceda, ante el Notario titular del protocolo en la Notaría de xxx, sita en xxx, y mediante reclamación ante la autoridad de control competente.

Leída este acta por mi, el Notario, a las comparecientes, éstas renuncian a su derecho a leerla por si mismas, derecho del que les advierto, la aprueban y la firman conmigo, incluido la Sra. Traductora, quien declara, una vez hechas las traducciones necesarias, la conformidad de su contenido con las traducciones efectuadas y haciendo todas constar que han quedado debidamente informadas del contenido del presente instrumento.

De haber identificado a las comparecientes por sus reseñados documentos de identidad, de que tienen, a mi juicio, capacidad y legitimación suficientes, de que su consentimiento ha sido libremente prestado, de que el otorgamiento se adecua a la legalidad y a la voluntad debidamente informada de los otorgantes y/o intervinientes, y de todo lo demás consignado en este instrumento público extendido en tres folios de papel timbrado de uso exclusivamente notarial, serie xx, números xxx y los xxx anteriores en orden correlativo de numeración, yo, el Notario, Doy fe.=

ARANCEL NOTARIAL. DERECHOS DEVENGADOS. Arancel aplicable, números: 1, 4, Nª 8ª

DOCUMENTO SIN CUANTÍA.                              TOTAL:                      (Impuestos excluidos)

DILIGENCIA: El mismo día de su autorización extiendo en el documento reseñado, tras la firma de la Sra. xxx, el siguiente testimonio:

TESTIMONIO DE LEGITIMACIÓN DE FIRMAS:

Yo, JUSTITO EL NOTARIO, Notario de XXX, y del Ilustre Colegio Notarial de XXX, con fecha XXX, DOY FE de que:

Considero legítimas las firmas que preceden de Doña xxx, xxx; provista, según me acredita, del Pasaporte de su nacionalidad número xxx, vigente hasta el día xxxx, y del N.I.E. xxx (quien manifiesta que anteriormente era titular del Pasaporte de su nacionalidad xxx, que estuvo vigente hasta el xxxx), por haber sido puestas en mi presencia, manifestando conocer y consentir el contenido del documento en que las estampa así como su capacidad suficiente para actuar en su propio nombre y derecho, todo ello según resulta del acta de legitimación de firmas para efecto en país extranjero autorizada por mí con fecha xxx, con el número xxx de protocolo, a la que ha quedado incorporada copia del presente documento, que consiste en un documento no notarial escrito en los idiomas polaco y español, sin título, extendido en un folio de papel común escrito por su anverso en polaco y reverso en español, el cual, según dice va a surtir efectos solamente fuera de España en Polonia, país cuyas leyes prevén esta forma documental, cuyo documento que yo, el Notario, he leído en su versión española a fin de examinar su legalidad y he traducido al español en su versión polaca a través de Internet al mismo fin y a fin de comprobar su grado de coincidencia con su versión en español (que es prácticamente total), ha firmado en mi presencia, en ambas versiones, manifestando que libre y voluntariamente, quiere que produzca los efectos que les sean aplicables conforme a lo previsto en las leyes de dicho país”. Están mi signo, firma y rúbrica y el sello oficial de mi Notaría. De todo lo cual yo el Notario, y de haber extendido esta diligencia en el mismo folio en que lo fue la matriz precedente y en el presente, DOY FE.=

Un tiempo después el mismo cliente quiere un 2×1

Y lo acepto y se lo hago aunque se hace pesadísimo cuidar todos los detalles. Los documentos estaban vinculados pero eran dos distintos.

***, y al efecto,

DOÑA *** ME EXHIBE, a mí, el Notario, dos documentos no notariales (titulados en español “MANDATO” y “DECLARACIÓN SOBRE EL ESTADO FATCA Y CRS PARA PERSONAS FÍSICAS”) cada uno de ellos redactado en los idiomas polaco y español, extendido el primero de ellos (“MANDATO”) en un folio de papel común escrito en polaco por su anverso y en español por su reverso y el segundo (“DECLARACIÓN SOBRE EL ESTADO FATCA Y CRS PARA PERSONAS FÍSICAS”) en un folio de papel común escrito por su anverso y reverso en el idioma polaco, y en dos folios de papel común escritos, el primero por su anverso y reverso, y el segundo solo por su anverso, en el idioma español.

Según dice dichos documentos van a surtir efectos solamente fuera de España en Polonia, país cuyas leyes prevén esta forma documental, cuyos documentos (que yo, el Notario, he leído en su versión española a fin de examinar su legalidad y he traducido al español en su versión polaca a través de Internet al mismo fin y a fin de comprobar su grado de coincidencia con su versión en español (que es prácticamente total) firma en mi presencia, en ambas versiones, manifestando que libre y voluntariamente, quiere que produzcan los efectos que les sean aplicables conforme a lo previsto en las leyes de dicho país, y me requiere para la legitimación POR SEPARADO de sus firmas en los expresados documentos con referencia a su identidad y al consentimiento prestado a su contenido y a su capacidad suficiente para actuar, así como para la incorporación de copias de dichos documentos con sus firmas legitimadas a la presente matriz.

Acepto el requerimiento, que cumplimentaré mediante las oportunas diligencias.

Así lo dice y otorga.

***

1ª DILIGENCIA: El mismo día de su autorización extiendo en el documento reseñado, tras la firma de la Sra. ***, el siguiente testimonio que reproduzco para la sección 2ª de mi Libro Indicador correspondiente al año 2021 en la que le corresponde el número *** de asiento:

TESTIMONIO DE LEGITIMACIÓN DE FIRMAS:

Yo, JUSTITO EL NOTARIO, Notario de ***, y del Ilustre Colegio Notarial de ***, con fecha ***, DOY FE de que:

Considero legítimas las firmas que preceden de DOÑA ***, *** y titular del Pasaporte de su nacionalidad número ***, vigente hasta el día ***, y del N.I.E. *** (quien manifiesta que anteriormente era titular del Pasaporte británico ***, que estuvo vigente hasta el ***), por haber sido puestas en mi presencia, manifestando conocer y consentir el contenido del documento en que las estampa así como su capacidad suficiente para actuar en su propio nombre y derecho, todo ello según resulta del acta de legitimación de firmas para efecto en país extranjero autorizada por mí con fecha ***, con el número *** de protocolo, a la que ha quedado incorporada copia del documento no notarial redactado en los idiomas polaco y español (titulado “MANDATO”), extendido en un folio de papel común escrito por su anverso en polaco y reverso en español, el cual, según dice va a surtir efectos solamente fuera de España, en Polonia, país cuyas leyes prevén esta forma documental, cuyo documento que yo, el Notario, he leído en su versión española a fin de examinar su legalidad y he traducido al español en su versión polaca a través de Internet al mismo fin y a fin de comprobar su grado de coincidencia con su versión en español (que es prácticamente total), ha firmado en mi presencia, en ambas versiones, manifestando que libre y voluntariamente, quiere que produzcan los efectos que les sean aplicables conforme a lo previsto en las leyes de dicho país”. Están mi signo, firma y rúbrica y el sello oficial de mi Notaría. De todo lo cual yo el Notario, y de haber extendido esta diligencia en el mismo folio en que lo fue la matriz precedente y en el presente, DOY FE.=

 

2ª DILIGENCIA: El mismo día de su autorización extiendo en el documento reseñado, tras la firma de la ***, el siguiente testimonio que reproduzco para la sección 2ª de mi Libro Indicador correspondiente al año 2021 en la que le corresponde el número *** de asiento:

TESTIMONIO DE LEGITIMACIÓN DE FIRMAS:

Yo, JUSTITO EL NOTARIO, Notario de ***, y del Ilustre Colegio Notarial de ***, con fecha ***, DOY FE de que:

Considero legítimas las firmas que preceden de DOÑA ***, *** y titular del Pasaporte de su nacionalidad número ***, vigente hasta el día ***, y del N.I.E. *** (quien manifiesta que anteriormente era titular del Pasaporte británico ***, que estuvo vigente hasta el ***), por haber sido puestas en mi presencia, manifestando conocer y consentir el contenido del documento en que las estampa así como su capacidad suficiente para actuar en su propio nombre y derecho, todo ello según resulta del acta de legitimación de firmas para efecto en país extranjero autorizada por mí con fecha ***, con el número *** de protocolo, a la que ha quedado incorporada copia del documento no notarial redactado en los idiomas polaco y español (titulado “DECLARACIÓN SOBRE EL ESTADO FATCA Y CRS PARA PERSONAS FÍSICAS”), extendido en un folio de papel común escrito por su anverso y reverso en el idioma polaco y en dos folios de papel común escritos, el primero por su anverso y reverso, y el segundo solo por su anverso, en el idioma español, el cual, según dice va a surtir efectos solamente fuera de España, en Polonia, país cuyas leyes prevén esta forma documental, cuyo documento que yo, el Notario, he leído en su versión española a fin de examinar su legalidad y he traducido al español en su versión polaca a través de Internet al mismo fin y a fin de comprobar su grado de coincidencia con su versión en español (que es prácticamente total), ha firmado en mi presencia, en ambas versiones, manifestando que libre y voluntariamente, quiere que produzcan los efectos que les sean aplicables conforme a lo previsto en las leyes de dicho país”. Están mi signo, firma y rúbrica y el sello oficial de mi Notaría. De todo lo cual yo el Notario, y de haber extendido esta diligencia en el mismo folio en que lo fue la matriz precedente y en el presente, DOY FE.=

Espero no tener problemas con este nuevo caso.


Hasta otra. Un abrazo. Justito El Notario. @justitonotario