Acta de constitución de club deportivo (Ley 4/1993 de la Generalitat Valenciana)

constitución notarial club deportivo

NÚMERO

En XXX, mi residencia, a XXX

Ante mí, JUSTITO EL NOTARIO, Notario de XXX y del Ilustre Colegio Notarial de XXX

C O M P A R E C E N:

DON

DON

DON

DOÑA

DOÑA

Intervienen en su propio nombre y derecho y tienen, a mi juicio, la capacidad legal necesaria para otorgar la presente acta, anteriormente calificada, y al efecto,

E X P O N E N:

PRIMERO.- Que es voluntad de los comparecientes constituir un CLUB DEPORTIVO, con personalidad jurídica y capacidad de obrar propias, sin ánimo de lucro y con el fin exclusivo de fomentar, practicar o participar en una o varias modalidades deportivas en el ámbito federado, al amparo de la Ley 4/1993, de la Generalitat Valenciana, de 20 de Diciembre, del Deporte de la Comunidad Valenciana.

SEGUNDO.- Dicha asociación se denominará “CLUB”, y practicará como principal modalidad deportiva la natación.

TERCERO.- El domicilio social del Club se fija en XXXXX.

CUARTO.- El “CLUB” acata lo dispuesto en la Ley 4/1993, de 20 de Diciembre, del Deporte de la Comunidad Valenciana, en los Estatutos de la federación o federaciones deportivas a las que se adscriba y en las demás disposiciones de ámbito autonómico o estatal que estén vigentes y resulten aplicables.

QUINTO.- El citado club se regirá por los correspondientes estatutos, que los comparecientes manifiestan tener redactados, y que presentarán en el “Consell Valenciá de l´Esport de la Generalitat”, como órgano competente, para su aprobación y para la inscripción del club en el Registro de Entidades Deportivas de la Comunidad Valenciana.

SEXTO.- Los comparecientes, reunidos en este acto en asamblea general, nombran la primera junta directiva que estará integrada por los siguientes miembros:

Presidente: 

Vicepresidente: 

Secretario: 

Tesorero: 

Vocal: 

Hallándose todos presentes, aceptan el respectivo cargo para el que han sido nombrados y declaran no estar incursos en ninguna de las incapacidades e incompatibilidades establecidas por la ley.

SÉPTIMO.- Queda facultado cada uno de los comparecientes para que, por si solos y en representación de  todos los demás, pueda realizar ante los organismos correspondientes todas las gestiones o trámites necesarios para la definitiva inscripción y puesta en funcionamiento del club.

Así lo dicen y otorgan.


Hasta otra. Un abrazo. Justito El Notario. @justitonotario