mini casos tontos de justito

Los Mini-Casos de El Blog de Justito El Notario: Casos TONTOS 37 al 41 ¡y el libro ya a la venta en Basconfer!

 

 

Los Mini-Casos de El Blog de Justito El Notario

El “Método Justito” de preparación del dictamen

Doscientos setenta y siete mini supuestos de hecho para dictamen (sin soluciones)

Convocatoria de oposiciones al título de notario 2022-2024

 

Dejo claro que no hay soluciones. ¿Por qué? Pues porque las soluciones están en el blog y seguiré mejorando poco a poco las que hay.

El libro lo vende Basconfer. Hay valoraciones (incluyendo la de dos alumnos aprobados recientemente), explicación del Método y estadísticas muy jugosas. Dispondrá de índice por voces para facilitar la localización de casos  por materias. Los contenidos extras le atribuyen al libro un gran valor añadido.

 

Una vez metida la cuña publicitaria y recordando que tengo disponible una nueva tirada de “Nada antes que opositar (Nihil prius oppositio)”, vamos a dar un poco de trabajo al personal porque es una pena perder estos casitos y porque veo que a muchos os hacen falta, así que aquí van otros 4 (y les voy a seguir llamando tontos que tiene mas gracia) para quien tenga ganas de pensar un poco.

Aquí tenéis el enlace a los 36 ya publicados:

  1. Seis casos breves
  2. Los Mini-Casos de El Blog de Justito El Notario (nuevo libro para OCTUBRE y otros OCHO casos TONTOS, del 7 al 14, para minidictaminar)
  3. Los Mini-Casos de El Blog de Justito El Notario (nuevo libro para OCTUBRE y otros SEIS casos TONTOS, del 15 al 20, para minidictaminar)
  4. Los Mini-Casos de El Blog de Justito El Notario (nuevo libro ya en NOVIEMBRE y otros OCHO casos TONTOS, del 21 al 29, para minidictaminar)
  5. Los Mini-Casos de El Blog de Justito El Notario (el libro ha salido de la imprenta y otros OCHO casos TONTOS, del 30 al 36, para minidictaminar)

 

Conste que muchos  tienen un marcado carácter práctico por lo que ayudarán a la comprensión de otros muchos supuestos de hecho de verdadero dictamen. Conste también que algunos más que tontos son cortos.

Los he preparado rápido así que si veis algún error me avisáis.

 

37 (Caso de Justito)

Doña Rosenda de origen ecuatoriano ostenta su nacionalidad de origen y la española desde hace unos años. Reside en territorio de derecho común desde que adquirió la nacionalidad española y se presenta en la notaría de Villanueva del Trabuco para hacer testamento con arreglo a la ley ecuatoriana. ¿Puede hacerlo?

 

38 (Caso de RDGSJyFP)

Ya sabes, yo soy el tribunal. Nada de compadreo. Este es el caso:

“1826 Turronera, S.L.” insta a través de don Cristóbal, su apoderado con facultades suficientes y con su poder inscrito en el Registro Mercantil, un acta de notificación el día 14 de octubre de 2021. Unos días antes dicha sociedad había sido disuelta y liquidada habiéndose nombrado como liquidador al propio don Cristóbal. La inscripción del nombramiento del liquidador se practicó el 23 de mayo de 2022 en virtud de escritura de 28 de diciembre de 2021, mientras que el requerimiento se practicó el 14 de octubre de 2021, antes de la elevación a público de los acuerdos sociales.  Es decir, que don Cristóbal actúa como apoderado, no como liquidador, y lo hace después de haberse adoptado los acuerdos pero antes de su elevación a público. ¿Su poder subsistía o había quedado revocado en el momento de su actuación?

 

39 (Caso de Justito)

Una de las cosas que viene bien al opositor es una cierta familiarización con las escrituras.

¿Se puede firmar un acta de constitución de empresario individual de responsabilidad limitada por videoconferencia?

No vale sí o no, hay que hacer algo bien “currado”.

Sí por esto y no por esto otro.

 

40 (Vanguardia Notarial)

Un mini caso de notarial (que no es objeto de dictamen pero ayuda en el open your mind y en el estudio del notarial)

Los cónyuges Adicta y Homobono en sus respectivos testamentos instituyeron herederos a sus tres hijos. Primero fallece Adicta, luego Homobono y finalmente, sin aceptar ni repudiar ni repudiar la herencia de sus padres, fallece uno de los hijos llamado Chidarico.

Los hijos de Chidarico, renuncian pura y simplemente a la herencia de los abuelos, previa aceptación de la de sus padres.

A la escritura de renuncia no se incorporó copia del testamento del hijo muerto sin aceptar ni repudiar (yo lo hubiera hecho para saber quienes eran esos herederos que dice el 1.006) y ahora el Registro de la Propiedad quiere una copia del testamento para asegurarse de que quienes son los herederos por si hubiera algún otro que pudiera ejercitar el ius delationis.

¿Pueden los hermanos de Chidarico pedir copia de su testamento?

 

41 (Consulta real)

“Tengo un problema con una parcela con los propietarios. Una persona tiene el 50% y el usufructo del otro 50%. El otro es de 50% es de los 5 hijos. Dos de los hijos no están de acuerdo en firmar porque piden una locura de dinero para firmar. Así que el resto de hermanos me piden que intente hacer la venta porque la madre necesita vender. Por favor, me puedes ver si hay alguna opción de poder hacer la compraventa sin la firma de estos dos hermanos”.

Así me lo pregunta, así os lo traslado.

 

 

Hala, a pensar.

 

Hasta otra. Un abrazo. Justito El Notario. @justitonotario




 

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