errores testamentos y herencias

Los 3 errores más comunes respecto de testamentos y herencias

 

Advertencia: En la web “Justito El Notario”, su titular y responsable Miguel Prieto Escudero, no asesora ni aconseja ni lo ha hecho nunca desde la apertura del blog el 20/11/2015. Aquí únicamente se informa, se divulga (o al menos se intenta) y se opina (con mayor o menor grado de acierto). El contacto, colaboración o comentario a las entradas, no puede entenderse en ningún caso como un acceso telemático a mi notaría ni conducente a la firma de un documento público en la misma. A esos fines deberán dirigirse a mí por los cauces oportunos, pero nunca por la vía de mi blog que constituye una actividad completamente privada y no está conectado con la web de mi notaría.

 

Otros dicen que son hasta 5 esos errores que yo dejo en 3 y los atribuyen todos (en notoria confusión) al momento de la tramitación de la herencia. Pues no estoy de acuerdo. Hay que afinar porque, caso contrario, incrementamos la confusión del personal y mas aun la de los mayores que son los mas preocupados simplemente porque por probabilidad están mas cerca del otro lado.

 

La verdad es que la cuestión empieza ya desenfocada desde el título.

 

¿Hablamos de errores en el testamento o de errores en la herencia?

 

Vamos a clasificar mejor cada uno de los errores que se mencionan.

 

Errores al otorgar testamento

De acuerdo:

No revisar el testamento. Efectivamente. Lo explico muy a menudo. No debe hacerse testamento y olvidarse uno de él de por vida. A veces algún cambio hubiera sido mejor a efectos de organizar y repartir la herencia.

 

Un ejemplo podría ser el del “con derecho de representación en favor de sus descendientes legítimos”. Hasta lo tengo avisado en el tablón de anuncios de mi notaría:

 

¿Tiene usted esta frase en su testamento? SI ES ASÍ, DEBERÍA CAMBIARLO

“Instituye herederos por partes iguales a sus cuatro hijos con derecho de representación a favor de sus descendientes legítimos“.

MÍRELO EN SU CASA.

ERA HABITUAL HASTA PRINCIPIOS DE LOS AÑOS 80. LUEGO YA NO LO FUE TANTO.

SI ES ASÍ (SI APARECE EN SU TESTAMENTO), DEBERÍA CAMBIARLO PORQUE LE PODRÍA DAR PROBLEMAS A SUS HEREDEROS.

CONSÚLTENOS Y LE EXPLICAREMOS.

 

Otro ejemplo: El de la conmutación del usufructo. Vean:

 

ADVERTENCIA TESTAMENTO “UNO PARA EL OTRO” (CASADOS CON HIJOS)

Como consecuencia de un cambio en el criterio de Hacienda en relación con las herencias hechas en base a los llamados testamentos “del uno para el otro” (los habituales en los casados con hijos), puede ser MUY recomendable y conveniente otorgar un nuevo testamento.

Pregúntenos y le informaremos.

 

 

En contra:

No contratar a un abogado especialista en testamentos. Salvo casos especiales (mas bien excepcionales), usted no necesita un abogado para esto. Le bastará a usted con el Notario. Ahorrará  un dinero, se lo aseguro.

Un único albacea testamentario. Entonces el error es que sean varios, ¿no? El albacea y el contador partidor están, en mi opinión, en desuso. Son innecesarios en la inmensa mayoría de las ocasiones y muy oportunos en unos pocos.

 

Errores al otorgar la herencia

De acuerdo:

No contratar a un abogado especialista en herencias. Son muchos (pero no todos, ni siquiera la mayoría) los casos en que un abogado le puede ayudar. Y sí, en buena parte de esos casos nos hace falta un abogado especialista (y que controle las cuestiones fiscales, por supuesto).

Detallar la herencia al máximo. Estoy de acuerdo. No me resisto a comentar lo de los problemas de redacción que pueden desembocar en nulidad. En 20 años no recuerdo que ninguna herencia haya desembocado en nulidad. No sé exactamente que se quiere decir con esto.

En contra:

Un único albacea testamentario. Tal vez haber designado albacea no sea mas que un engorro (y un gasto importante) para la herencia.

 

El presunto quinto error, no es tal.

Así que de cinco errores nos quedamos en 1 error para el testamento y 2 para las herencias.

Yo añadiría un error mas: no se crea todo lo que lea en Internet y ni mucho menos a su cuñado o a su vecino.

 

Hasta otra. Un abrazo. Justito El Notario. @justitonotario




 

2 comentarios

  1. Buenos dias, soy nuevo en este blog y no consigo visualizar los modelos notariales. Cuando “pincho” en el enlace, sólo da opción de leer los comentarios.

    Saludos.

    • Buenas tardes Daniel:
      Tengo un problema puntual con varias secciones (Modelos, Pequeños Modelos, Faqs y Dictamina que algo queda).
      El informático está en ello.
      He pensado muchas veces en establecer un sistema de suscripción (puede que de pago, puede que no) pero no es sencillo desde ningún punto de vista, pero de momento solo aspiro a que todo se restablezca.
      Entre tanto, hay que usar el buscador y suscribirse al blog. Con la suscripción uno se entera de una parte de las nuevas publicaciones. Para el resto, hay que estar pendiente de los posts de NOVEDADES y de la sección ULTIMAS PUBLICADAS.
      Tanto las últimas publicadas como la suscripción están en el inicio.

      Agradezco el mensaje porque lo gratuito no se valora y muchas veces me planteo si realmente me merece o no la pena hacer todo esto que hago por “amor al arte” (o a la causa).

      Saludos y gracias, Justito El Notario.

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