“Somos un matrimonio sin hijos de 57 años con un piso en propiedad. ¿Qué tipo de testamento tenemos que hacer para que en el caso que fallezcamos alguno de los dos pueda heredar el piso el que quede vivo sin problemas?”
Me explica usted lo que quieren que pase cuando muera el primero… pero ¿y cuándo muera el segundo? Al no tener hijos, todo acabará en manos de los parientes del último que muera, ¿quieren eso?
“Si fallecemos los dos a dos de nuestros sobrinos y a un hermano”.
Pues muy sencillo entonces: “Instituyo heredero a mi esposo/a sustituido en caso de premoriencia o conmoriencia por Fulano, Mengano y Zutano“. Eso sà … el último que muera puede cambiar su testamento y decir que se lo deja a “Fulano, Mengano y a Justito El Notario“. Quiero decir … que si tienen plena confianza, háganlo asÃ, pero si “no se fÃan” tal vez necesiten soluciones más complejas (las llamadas sustituciones fideicomisarias y similares).
Hasta otra. Un abrazo. Justito El Notario. @justitonotario
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