“Somos diez personas y hacemos semanalmente la misma apuesta online. Yo soy el que figura como titular de esa cuenta online. Antes de hacer la peña, redacté un documento con los datos de todos los integrantes, su DNI/NIF y las apuestas que se realizan. Tambien indiqué que se haría online y que la cuenta de cobro sería mía pero que cualquier cobro de dicha apuesta correspondería por partes iguales a todos los miembros. El documento lo firmamos todos y cada uno tiene una copia. ¿Este documento se debe “presentar por Notario” antes de que se de el caso de premio o no es necesario?”
Pues la verdad es que lo tienen ustedes muy bien organizado. He escrito algo sobre el asunto de los premios de lotería. No he firmado nunca un documento relativo a una peña de apuestas. Se me ocurre que legitimaran notarialmente las firmas de todos, que si entra y sale gente de la peña tengan actualizado el documento o que se firme por el saliente o entrante algún documento y que precisen bien la cantidad que se apuesta y los juegos en los que se participa. Tal vez podrían recurrir a una protocolización de los estatutos de la peña que deberían firmar todos.
Este modelo cayó en mis manos unos días después. Está muy bien trabajado.
ESTATUTOS PEÑA “XXXX”
Art. 1.: OBJETIVO DE LA PEÑA. Participar en los juegos de “Loterías y Apuestas del Estado” a lo largo de los años próximos, hasta su disolución.
Art. 2.: SOCIOS DE PLENO DERECHO EN LA PEÑA. Requisitos y condiciones de carácter obligatorio de los socios. Las condiciones como miembros de pleno derecho, requieren estar al corriente del pago de la cuota que se marque. Cualquier retraso en el pago será motivo de no participar en los beneficios anteriores y premios obtenidos con las apuestas jugadas; en caso de premio obtenido, no tendrán derecho bajo ningún concepto a obtener la parte correspondiente del premio aquellos socios que tengan la cuota adeudada, es decir, la situación de impago temporal anula los derechos a premios que se pudieran obtener durante dicha situación irregular. Asimismo, los socios que no ingresen la cuota anual entre el día 1 al 30 del mes marcado, en caso de obtención de premio durante ese mes no recibirán participación de premio en ese mes, así como de bote almacenado anteriormente, y en caso de no abonarse tiempo posterior a ese mes, durante ese tiempo tampoco obtendría participación de premio alguno en caso de ser agraciada la pena con un premio. El socio solamente tendrá derecho a obtención de participación de premio a partir del momento del abono de la cuota anual, no a los premios obtenidos antes de dicho abono de la cuota anual. El miembro que se encuentre en situación irregular durante más de seis meses durante el año, quedará automáticamente excluido si no hubiere hecho efectivo el pago de cuota anual, sin excepción alguna. Si un miembro decidiera darse de baja durante la temporada, puede hacerlo en cualquier momento, pero perderá todo derecho a recuperar el dinero depositado por el mismo en la cuenta o dinero existente en el bote, debiendo comunicar su intención de baja con 30 días de antelación.
No podrán entrar más socios a la peña; en el caso de que alguno se da de baja voluntariamente o involuntariamente, no podrá entrar otra persona en lugar del mismo.
Art. 3.: FORMA DE PAGO CUOTA ANUAL. Las cuotas anuales se ingresarán en la cuenta bancaria abierta en xxxx con el número de IBAN xxxxx, fecha que determinará el socio encargado de informar y enviar los mensajes, los cuales se harán bien vía telemática o bien vía Whatsapp, comprendiendo un periodo de 30 días para realizar dicho ingreso, cuyos justificantes de ingreso se deben guardar en el periodo del año por cada uno de los socios, como justificante de participación de los mismos. Los socios, xxxxxx, aparecen como titulares en la cuenta bancaria anteriormente mencionada, como administradores del dinero depositado en la cuenta. Estos facilitarán información en lo concerniente a la peña, por medios telemáticos, a los demás socios.
Art. 4.: FORMA DE JUEGO. Cada semana se jugará la cantidad que se estime oportuna, cantidad que deberá ser aprobada por al menos cuatro de los socios. Las apuestas tendrán un coste fijo semanalmente.
APUESTAS A JUGAR Y COSTES:
-Navidad: xxxx.
-Primitiva: xxxx.
-Euromillones: xxxx.
-Gordo de la Primitiva: xxxx.
-Bonoloto: xxxx.
….
SE PUEDE CAMBIAR LOS JUEGOS Y LA CANTIDAD JUGADA A ELECCION DE LA MAYORIA DE LOS SOCIOS (MÁS DE SEIS).
Art. 5.: REPARTO DE BENEFICIOS. Los beneficios obtenidos de los premios no serán entregados a los miembros de la peña hasta el final del año, entre los días 1 al 15 de diciembre, o cuando la mayoría de los socios lo decidan por votación. Para el cobro de los premios, se aportará el DNI/NIF de todos los socios y se comprobará el listado de socios que hayan abonado la cuota anual. Se consideran premios menores, “menos de 2.500 Euros”, los cuales se quedarán en la cuenta corriente. En caso de ser agraciada la peña con algún premio, la cantidad del premio se dividirá entre los socios que estén al corriente de pago, obteniendo cada uno de estos equitativamente el mismo importe. Para el reparto de premios o beneficios, se sacara un extracto de la cuenta bancaria, con identificación del socio al corriente de pago y fecha de ingreso de la cuota anual. Para cuestiones de responsabilidad fiscal, se entiende, que aunque la cuenta bancaria está asociada al nombre de cuatro personas con su DNI/NIF, serán todos los relacionados como socios de la peña los que deberán asumir sus responsabilidades ante Hacienda, quedando exentos de los mismos, (salvo en sus cuotas de participación), dichas personas; siguiendo para ello lo establecido en la legislación vigente.
En XXXX, a XXXX.
Hasta otra. Un abrazo. Justito El Notario. @justitonotario
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