“Nos hacen una petición vÃa SIGNO de un testimonio ejecutivo de una póliza, solicitando de manera expresa que sea remitido en soporte electrónico. ¿Es posible expedir dicho testimonio en soporte electrónico? Para mi es indudable que es posible, pero con el ArtÃculo 250 del Reglamento Notarial en la mano, ¿podrÃa expedirse testimonio electrónico de una póliza para su remisión a otro Notario?”
Para mà también es indudable que se puede remitir telemáticamente a otro Notario testimonio de una póliza (y lo he hecho, claro). El problema, efectivamente, es dónde se regula o se permite esa clase de testimonio.
El ArtÃculo 250.8 RN dice:
“En ningún caso incluirán los testimonios firmas de los otorgantes, siendo de aplicación a los mismos, en cuanto sean compatibles con su naturaleza relativas a documentos no matrices, las disposiciones referentes a las copias contenidas en la Sección 4.ª anterior. Los testimonios se extenderán en folios de papel exclusivo para documentos notariales debiendo superponerse el sello de seguridad. Si no fuera posible expedir testimonio en folio de papel exclusivo notarial, se podrá extender en papel común, en cuyo caso y además de los extremos previstos en este artÃculo, se firmarán y sellarán todos y cada uno de los folios empleados”.
La referencia a la Sección 4ª anterior es una referencia a la Sección 5ª que es la que regula las copias y en la que está prevista esa posibilidad.
El ArtÃculo 197.2 quinquies señala:
“Se faculta a la Dirección General de los Registros y del Notariado para que, mediante Instrucción, pueda establecer o modificar las determinaciones fÃsicas que en cuanto a papel, numeración o forma de redacción, confección y configuración formal, deban tener las pólizas a los efectos del mejor funcionamiento de protocolos y Libros-Registros o para la expedición de copias, testimonios o traslados de las mismas con solos efectos informativos”.
Tal vez hay alguna Instrucción sobre el asunto. A ver que comentan los compañeros al respecto.
Hasta otra. Un abrazo. Justito El Notario. @justitonotario
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