TenÃa por ahà un chiste sobre el cuerpo cierto y el cuerpo presente.
Yo siempre lo pongo, salvo que me digan que lo quite y hay quien lo pide en el sector profesional. Están los que cuando venden no venden a cuerpo cierto, pero cuando compran sà que lo hacen. Me recuerda a eso que me dicen los que venden: “tu notarÃa es buena para comprar, pero no para vender”. Curioso, porque yo tengo los mismos compradores que vendedores …
Hoy me encuentro con una petición de que haga constar esto:
“Los comparecientes hacen constar que el inmueble objeto de esta escritura se vende como cuerpo cierto y por precio alzado, y que por tanto no habrá lugar al aumento o disminución de precio aunque resulten diferencias de superficie u otras del procedimiento de subsanación de discrepancias previsto en el artÃculo 18.2 de la Ley del Catastro“. Â
No se que añade al simple “que vende como cuerpo cierto” (aunque se trataba de una finca con una situación catastral un tanto especial), pero tal vez sea un “lo que abunda no daña” en toda regla.
Hasta otra. Un abrazo. Justito El Notario. @justitonotario
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