Me llegan, como un 2×1, estas preguntas aunque no tengo clara la asociación de ideas que hace el consultante para pasar de la primera a la segunda pregunta.
“¿Alguna vez alguien ha usado la referencia catastral simulando ser el titular y propietario (legitimo y real) sin serlo?”
Sabiéndolo yo, nunca, y que después me haya enterado yo tampoco. Sé de un par de pleitos derivados de situaciones catastrales enrevesadas con varios propietarios afectados sin que el otorgamiento de la escritura supusiera por parte de ninguno, simulación o falsedad, al menos desde mi perspectiva notarial. Conocer la simulación y no evitarla sería muy grave, probablemente delictivo, y conocerlo a posteriori obligaría a tomar las oportunas medidas judiciales.
“O sea ¿es común que cuándo solicitan la alteración catastral el titular se oponga a la transmisión?”
Bueno, exactamente nosotros no solicitamos la AT. Tampoco podemos decir que la hagamos, más bien podría decir que la AT es automática si todo está correcto.
Si no lo está en vez de generar una CD, habrá una CI o un SI, quedando el asunto en manos de Catastro. Tenga en cuenta que el Notario informa en cada supuesto de AT de si la RC ha sido identificada por el Notario o de si es dudosa, o si es de finca origen, o si no consta. En los casos dudosos, de origen o que no constan, quedamos automáticamente fuera del asunto y aunque utilizas el STI, no generarás AT que solo es posible en los casos de RRCC identificadas por el Notario. Decidir si la consideras o no identificada es una responsabilidad del Notario, que a mi juicio ha de asumirse sin acogernos permanentemente a dudas que hagan ineficaz el sistema. En la medida de lo posible procuro reducir los supuestos en que dudo, tras una temporada mano a mano con el STI, a fin de no restar eficacia a la herramienta. Si las dudas se refieren al titular y tengo claro el tracto (la sucesión de titularidades), yo no dudo y procuro conseguir la AT.
En consecuencia, ¿es común que el titular se oponga? En sede notarial esa oposición no es posible, cabrá por la vía del recurso una vez que se practiquen las oportunas notificaciones por el Catastro, que continúan haciéndose exactamente igual al antiguo titular (que bien podría uno distinto del transmitente en la escritura) y al nuevo titular catastral.
Glosario de abreviaturas
STI – Servicio de Tramitación Inmobiliaria
AT – Alteraciones de titularidad
MF – Modificaciones físicas
IUI – Índice Único Informatizado
GML – Geography Markup Language (Lenguaje de Marcado Geográfico)
CSV – Código Seguro de Verificación
PG – Programa de Gestión
SI – Suministro de Información
CD – Comunicación Directa
CI – Comunicación Indirecta
CYS – Comunicar y Subsanar
ANAC – Agente Notificador Administrativo de Catastro
SIGNO – Sistema Integrado de Gestión Notarial Sede Electrónica
IVG – Informe de Validación Gráfica
CCDYG- Certificación Catastral Descriptiva y Gráfica
RC/RRCC- Referencia Catastral/Referencias Catastrales
Hasta otra. Un abrazo. Justito El Notario. @justitonotario
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