“Un poder mancomunado otorgado por un padre a favor de sus tres hijos, ¿se extingue si fallece uno de los hijos o podrÃa subsistir actuando los otros dos como apoderados?, ¿y si muriesen dos hijos y solo quedara uno?”.
Tal vez serÃa posible sostener que el poderdante hubiera preferido que subsista con el resto de los hijos.
Lo cierto es que esta pregunta que formuló un compañero hace un tiempo en un chat que compartimos, me hizo pensar que en esos poderes preventivos para caso de incapacidad que autorizamos cada vez más a menudo en los que el padre, la madre o ambos, dan poder a favor de varios de sus hijos (de todos en muchas ocasiones), serÃa bueno prever qué ocurrirÃa si uno o varios de los hijos apoderados fallecieran puesto que si el padre fue previsor y tiene la desgracia de que le premuera algún hijo, su previsión no habrá servido para nada. Incluso podrÃa hacerse mención a situaciones de renuncia o incapacidad de los hijos apoderados.
Una posible fórmula
OTORGA … poder ..Â
“en favor de sus hijas DOÑA xxxxx, mayor de edad, casada, funcionaria, vecina de xxxx, con domicilio en xxxx y titular del Documento Nacional de Identidad y Número de Identificación Fiscal xxxxx y de DOÑA xxxx, mayor de edad, comercial, casada, vecina de xxxx, con domicilio en xxx y titular provista del Documento Nacional de Identidad y Número de Identificación Fiscal xxxx, para que actuando MANCOMUNADAMENTE o la (o “las” si fueran más de dos) que de ellas sobreviva en caso de fallecimiento (o de incapacitación judicial o de renuncia) de la otra (u otras), en nombre y representación de la poderdante, puedan, aunque al hacerlo se incida en la figura jurÃdica de la autocontratación, doble o múltiple representación y/o exista conflicto de intereses, ejercitar las siguientes facultades”
Asunto resuelto.
Tengo otras lecturas sobre los poderes preventivos y también algunos posts más en preparación.
El poder preventivo requiere capacidad suficiente
Juicio de suficiencia de las facultades del poderdante en poder preventivo
Bastanteo bancario negativo de un poder general y preventivo para caso de incapacidad
Uso fraudulento de un poder y responsabilidad del Notario
Hasta otra. Un abrazo. Justito El Notario. @justitonotario
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