Comarca: “Porción de territorio, más pequeña que una región, que se considera homogénea por diversos factores, como las condiciones naturales o la persistencia de demarcaciones históricas”.
¿Puede utilizarse una notarÃa como un factor homogeneizante en un sistema en el que no existe la competencia territorial en materia notarial salvo en contadas ocasiones?
¿Puede buscarse un vÃnculo territorial más allá del que le corresponda a esa notarÃa con arreglo a la denominación del municipio en el que se encuentre y del Distrito Notarial al que pertenezca?
Pues va a ser que no, porque sà es asÃ, creo que yo hubiera podido anunciarme como Notario de A Mariña Central, de la Menorca Central, del Altiplano Bajo, del Vinalopó Medio o de las Tierras Fronterizas de Alicante y Murcia, ¿no? Pues no, yo fui Notario de Mondoñedo y de Es Mercadal y lo soy de Pinoso y punto.
De nuevo, cosas menores, pero que no se pueden hacer. No podemos dedicarnos a generar confusión, cuando mucha gente desconoce que puede elegir (con algunas excepciones) al Notario que le parezca oportuno aunque sea el de cuatro comarcas más allá o más acá, el de la provincia de al lado o el de la otra punta de España.
Existen, y conviene recordarlo, las notarÃas demarcadas en barrios concretos y también notarÃas que tienen que tener despacho abierto en dos municipios al mismo tiempo.
Hasta otra. Un abrazo. Justito El Notario. @justitonotario
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