En principio (solo en principio), pienso que se podrÃa hacer una liquidación parcial del Impuesto, pero para ello el inventario y el avalúo tendrÃa que ser también parcial (tan parcial como unilateralmente confeccionados y por tanto peligrosÃsimos).
Si alguien presenta a liquidar una herencia parcial entiendo que se le aceptarÃa la documentación (aunque no veo descabellado que se la rechacen si la someten a examen previo, se informa y el interesado recapacita), sin perjuicio de que luego se requiera (y se sancione) a los demás interesados en la herencia.
No obstante, no es nada aconsejable esta práctica, no ya por una eventual sanción sino porque esa liquidación parcial que suele estar fundada en desavenencias, no hará más que aumentarlas originando una problemática mucho mayor entre los herederos.
Lo que hay que hacer es conseguir el acuerdo para inventariar, valorar, repartir (si es posible y conviene) y pagar el impuesto.
Hasta otra. Un abrazo. Justito El Notario. @justitonotario
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