Pues porque lo dice el Reglamento Notarial en su Artículo 18:
“Las calificaciones se expondrán seguidamente al público, expresándose el número de puntos alcanzados por cada opositor, sin hacer mención de los opositores que no hubiesen sido declarados aptos en los ejercicios”.
De ahí que un opositor suspendido, retirado o excluido, deje de ser FULANITO DE TAL Y CUAL, para quedar convertido en un triste número y una letanía a continuación:
SUSPENSO o NO APTO
RETIRADO
EXCLUIDO
Pincha AQUÍ para comprar “Nada antes que opositar (Nihil prius oppositio)” edición en papel (Basconfer)
Pincha AQUÍ para comprar “Nada antes que opositar (Nihil prius oppositio)” edición digital (Wolters Kluwer)
Hasta otra. Un abrazo. Justito El Notario. @justitonotario
|