Advertencia: En la web “Justito El Notario”, su titular y responsable Miguel Prieto Escudero, no asesora ni aconseja ni lo ha hecho nunca desde la apertura del blog el 20/11/2015. Aquí únicamente se informa, se divulga (o al menos se intenta) y se opina (con mayor o menor grado de acierto). El contacto, colaboración o comentario a las entradas, no puede entenderse en ningún caso como un acceso telemático a mi notaría ni conducente a la firma de un documento público en la misma. A esos fines deberán dirigirse a mí por los cauces oportunos, pero nunca por la vía de mi blog que constituye una actividad completamente privada y no está conectado con la web de mi notaría.
Mira que los hay infelices …
“Necesitamos nos verifiquen si con la licencia aportada y ya revisada por el Ayuntamiento de * es suficiente para el posterior registro de la construcción. Quedo a la espera de su pronta respuesta para poder finalizar la tramitación el expediente, el cual está todo preparado YA para su firma en caso de que nos diera su conformidad por escrito. En caso de que tenga alguna duda por favor no dude en ponerse en contacto conmigo lo antes posible. Nos urge saber si es o no correcta la documentación que disponemos. Muchas gracias”.
La respuesta fue la esperable:
“La calificación de los documentos se realiza sobre los documentos ya otorgados, por lo que no podemos confirmar si sobre un documento futuro que no tenemos presentado habría problemas o no para inscribir y en todo caso no podemos dar información concreta de una finca por email, sin identificar a los interesados. En todo caso, entendemos que en la notaría donde se va a realizar la escritura podrán informarle de todas las dudas que nos expone. Un saludo”.
Fíjense, y es importante, que no dicen “vengan ustedes por aquí y lo examinaremos”. Esa opción no la dan, simplemente le dan el patadón hacia delante a la cuestión y se la quitan de encima. Responden lo lógico (lo esperable en ellos) pero que no es tan lógico como les parece: vayan a la notaría.
El caso es que la notaría ya había dicho todo lo que tenía que decir y solo faltaba que ellos dijeran si la licencia era o no era suficiente para lo que se pretendía declarar.
Sorprendido el consultante nos dijo:
“Mira lo que nos exponen. Que no nos pueden decir si o no. No tenemos más opciones que tirar para delante ¿no?”.
Les dijimos que una cosa es que el registro nos de un criterio, un cierto criterio, y otra que precalifiquen, se comprometan, aseguren o garanticen que son palabras mayores pero a ver si aprenden la lección y, por tanto, a valorar lo que es una notaría y lo que es un registro.
Qué infeliz, se creía que le iban a resolver la papeleta. Tendrían que tener mañanas como la mía del otro día. Sin darme cuenta se me hizo la una y cuarto de la tarde. Hasta esa ahora había lidiado con unos tiquismiquis y una obra por antigüedad que finalmente no se firmó y con uno que venía a informarse fuera de plazo de un expediente 18.2. Después me esperaba un caso muy desagradable por un error de un testador en un testamento y el acta de transparencia mas pesada que he tenido en los años que lleva funcionando el sistema. Acabé mentalmente agotado.
Hasta otra. Un abrazo. Justito El Notario. @justitonotario
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