Si un padre dona la nuda propiedad a una hija y se reserva el usufructo sin decir que es vitalicio. Al morir ¿se integra con la nuda propiedad o pasa a los herederos? Atención que esto lo preguntó un Notario …. ¿Tú que crees? DICTAMEN: "El usufructo se rige por el título constitutivo, y en su defecto por las disposiciones del CC (art. 470 CC). Puesto que no ha estipulado nada, entiendo que el usufructo se extingue por la muerte del usufructuario (art. 513 CC) y se consolida con la nuda propiedad, característica propia de los derechos in re aliena" Breve y correcto. Mejor decir poco que decir mucho y acabar diciendo alguna chorrada o burrada como puedes ver a continuación. "El presente caso se resuelve aplicando el ART 513 CC, entre las causas de extinción del usufructo se encuentra el fallecimiento del usufructuario. El usufructo es un derecho de carácter vitalicio, el usufructuario no dispone del derecho en favor de otra persona, por tanto fallecido este el usufructo se extingue". EL USUFRUCTUARIO SOLO PODRÍA DISPONER DEL USUFRUCTO QUE ESTÁ SUJETO A SU PROPIA VIDA MIENTRAS VIVA, PUES A SU MUERTE SE EXTINGUE. SI DISPONE EN VIDA, CON SU MUERTE SE EXTINGUE IGUALMENTE. EN CASO CONTRARIO, LOS USUFRUCTOS PODRÍAN DURAN UNA ETERNIDAD. "Otra cosa sería que el usufructuario, que lo constituye por reserva al transmitir su derecho, su hubiese reservado el derecho de poder disponer de este derecho y lo hubiera hecho en favor de otra persona, pero al no hacerlo, el usufructo se extingue y este derecho es absorbido por en nudo propietario. Nos decantamos por la postura que afirma que al fallecer el donante, el usufructo se integra con la nuda propiedad; y ello por los siguientes argumentos: SEAMOS CORRECTOS. EL USUFRUCTO SE DESMEMBRA Y SE CONSOLIDA. NO SE ABSORVE, NI SE INTEGRA. HABLAR CON PROPIEDAD ES UNA COSA QUE SE TE VALORARÁ. NO TE SALGAS DEL SUPUESTO DE HECHO. NADIE TE HA DICHO QUE TE PLANTEES QUE OCURRIRÍA SI SE HUBIERA RESERVADO LA FACULTAD DE DISPONER (DE NUEVO HAY QUE HABLAR CON PROPIEDAD). EVIDENTEMENTE, PUEDES DECIR COSAS DE ESTE TIPO PORQUE SE SIRVEN DE ARGUMENTO, PERO CUIDADO CON METERSE EN UN LÍO INNECESARIO. "En primer lugar, respecto al carácter vitalicio del usufructo creemos que así es aunque no se exprese en el documento pues el art. 513 nº 1º CC señala como causa de extinción del usufructo la muerte del usufructuario, y por otra parte, el art 521 contempla la hipótesis de usufructo constituido a favor de varias personas extinguiéndose, por tanto, a la muerte de la última, y aquí solo se ha constituido únicamente a favor del padre". OTRA SALIDA del supuesto: SÍ, EXISTE ESA POSIBILIDAD, PERO NO ES EL CASO, ASÍ QUE O EL ARGUMENTO ES MUY BUENO O NO LO USES. "En segundo lugar, respecto a si la hija recupera la nuda propiedad al fallecer el padre entendemos que sí, pues como dice el art 618 en la donación una persona dispone gratuitamente de una cosa en favor de otra. En consecuencia, desde la aceptación de la hija el bien ya se ha transmitido y no pertenece al padre y por tanto, no puede pasar a sus herederos. Cosa diferente es que la hija por motivo de haber recibido esa donación deba llevar a la masa hereditaria el valor de la misma para su computación en las legítimas siempre que concurra con más herederos forzosos, como expresa el art 1.035 CC". ES CORRECTO LO DE LA COLACIÓN, PERO TAMPOCO VIENE AL CASO y de paso se cuela una BURRADA. LA HIJA RECUPERA LA NUDA PROPIEDAD. ¿RECUPERA LA NUDA PROPIEDAD? RECUPERAR, NO RECUPERA nada. Lo correcto es que se consolida el pleno dominio por el fallecimiento de su padre. ¿El bien se ha transmitido? El usufructo se ha extinguido y punto. Era un derecho vitalicio y muere con el padre. OPOSITOR 3: Sigue la senda del primero. El segundo se organiza un lío buscando lo que no hay: "La donación de la nuda propiedad con reserva de usufructo es una figura totalmente admitida. Entiendo que, como no se dice lo contrario, el usufructo se presume vitalicio, y que la muerte del usufructuario produce la extinción del usufructo, por el articulo 513.1 CC". Lo importante es que lo extingue y no dice ninguna burrada. La primera frase no dice nada y la segunda podría haberse desarrollado un poco mas.