El otorgamiento de testamento por un inglés y una japonesa casados y residentes en Luxemburgo me da algunos quebradero de cabeza.
Leo aquí que: “En cuanto a la legítima es una pars bonorum o sea una parte de la herencia, aunque su determinación es sencilla, ya que son legitimarios los parientes de cada orden, si existen. Por tanto los hijos son los primeros legitimarios y en concurrencia con el cónyuge, éste tiene dcho a la mitad de la herencia y la otra mitad corresponde por igual a los hijos; a falta de éstos lo serán los ascendientes en línea recta y concurriendo con el cónyuge, éste tiene derecho a dos tercios y el tercio restante es para aquellos; y a falta de ascendientes suceden los hermanos, que si concurren con el cónyuge tienen derecho a un cuarto de la herencia y éste a tres cuartos”.
Así que en Japón hay legítimas y en Luxemburgo también las hay (la legítima asciende a la mitad de la masa hereditaria legal si el difunto deja un solo hijo, a dos terceras partes si deja dos hijos y a tres cuartas partes si deja tres hijos o más).
Así que, en mi opinión residiendo en Luxemburgo, a la señora japonesa le caben estas opciones:
- No dice a qué ley se acoge y no dice nada sobre legítimas. En tal caso si fallece teniendo residencia en Luxemburgo se aplica la ley de la residencia y si no ha respetado legítimas, tendrán un problema pues la la ley luxemburguesa se aplicaría a la sucesión y las establece. Si fallece con residencia en UK, no habría problema.
- No dice a qué ley se acoge y respeta las legítimas que corresponda. Si fallece con residencia en Luxemburgo pues se aplica la ley de residencia y se respetan las legítimas. Si fallece con residencia en UK, no habría problema.
- Opta por la ley de la residencia luxemburguesa, parece que no tiene sentido que opte por ella, pero si lo hiciera la situación sería igual que en el caso anterior.
- Opta por su ley nacional: estaría obligada a respetar legítimas pues es japonesa y su ley las establece.
Así que lo que podría adaptarse más a lo que quiere es el segundo caso puesto que parece que su intención es residir próximamente en UK, es decir, que mencione las legítimas y rece para no morir con residencia en Luxemburgo.
Hasta otra. Un abrazo. Justito El Notario. @justitonotario
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