Comunicación de la Dirección General de Vivienda y Regeneración Urbana, sobre los distintos procedimientos y trámites telemáticos habilitados, especialmente para la remisión de copia simple establecida en el Decreto Ley 6/2020 de 5 de junio del Consell para la ampliación de vivienda pública en la Comunidad Valenciana.
“Siguiendo con las mejoras en la aplicación del derecho de tanteo y retracto que ostenta la Generalitat desde la aprobación del Decreto Ley 6/2020, de 5 de junio, del Consell, para la ampliación de vivienda pública en la Comunitat Valenciana, les comunicamos, para su información y efectos oportunos, los distintos procedimientos y trámites telemáticos que se encuentran actualmente habilitados:Â
Para notarÃas: TECE – Comunicación por notarias y notarios de transmisión de vivienda para el ejercicio de los derechos de tanteo y retracto por la Generalitat”
Asà que tened en cuenta que cuando hay tanteo y retracto (si procede), es necesaria la comunicación posterior de la escritura, que antes se hacÃa por correo postal y ahora se puede hacer por esa vÃa telemática que puede darnos algunos problemas (el primero si uno se empeña en usar el Chrome y no el Explorer que es el que funciona) y hacer necesaria la descarga de algún programa de firma que no tengamos.
Además del certificado de renuncia al retracto, lo que quieren es que se comunique el otorgamiento de la escritura a la Generalitat para ver si la venta se ha hecho por el mismo precio que se dijo en la solicitud de renuncia al tanteo y retracto.
Téngase también en cuenta que parece ser necesario disponer de la nueva tarjeta “FEREN” (aunque no esté aún caducada la actual) para realizar el trámite, pues la anterior no es compatible con una de las páginas por las que se ha de pasar en el proceso. Solicitándola al Colegio Notarial, se recibe en un solo dÃa. Gracias a Majo por la información.
Unos dÃas después …
Por el chivatazo de mi amiga decidà pedir una nueva tarjeta aunque abandoné la idea cuando supe que tenÃa que recogerla personalmente en mano en Alicante. Esperaré a que no haya mas remedio porque sea obligatorio o porque la mÃa me dé problemas pero comunicar la transmisión de una vivienda sujeta a derecho de retracto de la GV no me los ha dado. Utilizando el enlace anterior conseguà efectuar la comunicación en pocos minutos. Hubo un par de momentos en el proceso en los que me temà lo peor pero al final conseguà comunicarla y descargar el justificante que uniré mediante diligencia a la escritura.
Esta es la diligencia en cuestión (me ha pillado con prisa y no le he dado mucha literatura):
Escriturar la venta con comunicación y sin renunciaÂ
Por cierto, ¿es posible escriturar habiendo comunicado la intención de vender a la Generalitat y sin esperar a que se renuncie por esta a ejercitar su derecho de adquisición preferente? No, no se puede salvo que hayan pasado los dos meses sin respuesta que señala la norma para tal caso (lo que tal vez podrÃa plantear un problema de acreditación). Sin que haya pasado ese plazo, no es posible. Gracias una vez más a Sergio MocholÃ.
Hasta otra. Un abrazo. Justito El Notario. @justitonotario
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