¿Qué quiere decir mitad en pleno dominio, mitad en nuda propiedad y mitad en usufructo?

circe facil justito y dudas sobre mitades de fincas y propiedades

Es la pregunta que me hace un amigo tasador cuando encuentra en una nota simple que la finca que tiene que tasar pertenece de ese modo a Fulanito de Tal.

Una mitad en pleno dominio.

Una mitad en nuda propiedad.

Una mitad en usufructo.

Pero, ¿sumando eso, no es el 100%? , es decir, ¿es dueño del pleno dominio?

Sí, así es, pero en los Registros, al proceder cada derecho de títulos diferentes, se indica de ese modo.

En el apartado título de una escritura diríamos que “en cuanto a una mitad indivisa en pleno dominio le pertenece por xxx, en cuanto a la nuda propiedad de la otra mitad indivisa que le pertenece por xxx y en cuanto al usufructo de esta mitad que le pertenece por xxx”.

Otra inscripción con muchos quebrados (y fue el mismo amigo el que me la planteo) fue esta.


Hasta otra. Un abrazo. Justito El Notario. @justitonotario