¿Qué puede certificar un Notario?

 

qué certifica un notario

 

Advertencia: En la web “Justito El Notario”, su titular y responsable Miguel Prieto Escudero, no asesora ni aconseja ni lo ha hecho nunca desde la apertura del blog el 20/11/2015. Aquí únicamente se informa, se divulga (o al menos se intenta) y se opina (con mayor o menor grado de acierto). El contacto, colaboración o comentario a las entradas, no puede entenderse en ningún caso como un acceso telemático a mi notaría ni conducente a la firma de un documento público en la misma. A esos fines deberán dirigirse a mí por los cauces oportunos, pero nunca por la vía de mi blog que constituye una actividad completamente privada y no está conectado con la web de mi notaría.

 

El Notario autoriza escrituras y actas, interviene pólizas y expide testimonios y legitimaciones, pero también certifica algunas cosas: ¿Cuáles se les ocurren?

A mi me vienen estas a la cabeza:

 

  1. El saldo impagado de préstamo o crédito (certificación de saldo).
  2. La titularidad real.
  3. El contenido de un asiento de póliza indubitada (certificación de asiento).
  4. Cualquier contenido del protocolo a través de un testimonio de particulares del protocolo (no se le llama certificación pero lo es).
  5. La capacidad matrimonial, tras haber practicado el correspondiente expediente.

Hasta otra. Un abrazo. Justito El Notario. @justitonotario