La legítima de los hijos de un divorciado

legitima hijos en caso de divorcio

“¿Qué ocurre en el caso de familias extendidas? Por ejemplo, en el caso de hombre divorciado y con hijos, que se ha vuelve a casar ¿Cómo funcionaría al emitir testamento? Estoy casada en gananciales con un hombre divorciado y con tres hijos de su matrimonio anterior. Todo lo que tenemos es ganancial. Mi marido no tiene nada privativo ni ganancial de su matrimonio anterior. ¿Cómo funciona la legitima de los hijos en este caso?

Tengo una explicación creo que bastante completa sobre el testamento del divorciado aquí, pero es posible que no dejara el asunto de las legítimas suficientemente claro.

Los hijos y descendientes tienen derecho a dos terceras partes de la herencia en el derecho civil común. Un tercio (el de legítima estricta) se ha de repartir obligatoriamente entre los hijos por partes iguales y otro tercio (el de mejora) entre hijos y descendientes, igual o desigualmente. La legítima del viudo (que sea padre o madre o que no lo sea) es de un tercio de la herencia en usufructo (concretamente el usufructo del tercio destino a mejora).

En consecuencia, su marido debe respetar esos derechos legitamarios de sus hijos y el resto puede dejárselo a usted. Usted puede recibir un tercio de la herencia (el de libre disposición) y su legítima (el tercio de mejora en usufructo), el resto ha de ser para los hijos (o descendientes) de su marido.

Si su marido solo tiene bienes gananciales tendremos dos opciones:

  1. Si fallece él primero, usted y los hijos de él (si hubiera hecho testamento conforme a lo que le he dicho), tendrán que repartir todo lo ganancial entre usted y los hijos, teniendo en cuenta que la mitad del patrimonio ganancial es de usted.
  2. Si fuera al revés, sus herederos y su marido, harán lo mismo pero con la parte de usted en los gananciales.

Hasta otra. Un abrazo. Justito El Notario. @justitonotario