Instancia de adjudicación por herencia de vehículos con posterioridad a la liquidación del Impuesto de Sucesiones

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Hablando de tráfico y vehículos: Desde el 2020 no se pueden transmitir, salvo por causa de muerte, vehículos agrícolas de más de 40 años de antigüedad (sin protección anti-vuelco).

 

DOÑA

DOÑA

DON

Intervienen en su propio nombre y derecho y exponen

I.- Que son la esposa e hijos del DON xxxx, titular del DNI/NIF xxxx, que falleció el día xxxx, sin haber otorgado disposición testamentaria de clase alguna, por lo que tramitada ante el Notario de xxx, Don xxxx, la correspondiente acta de notoriedad de  declaración de herederos abintestato (requerimiento inicial), el día xxxx bajo el número xxxx  de protocolo, fueron declarados herederos del causante por acta de declaración de notoriedad, otorgada por el citado Notario de xxxx, el día xxx, bajo el número xxx de protocolo, por partes iguales, sus dos hijos llamados DON xxx Y DOÑA xxx, sin perjuicio de la cuota legal usufructuaria correspondiente al cónyuge supérstite DONA xxx.   

II.- Que Don XXXX era titular a su fallecimiento de los siguientes vehículos todos ellos gananciales del matrimonio del causante y Doña XXXXt:

1.= REMOLQUE 

2= FURGONETA 

3.= CICLOMOTOR

4.= TRACTOR 

 III.- Que en la liquidación del Impuesto de Sucesiones se incluyeron los vehículos reseñados pero no se adjudicaron a ningún heredero en concreto y es por lo que,

AUTORIZAMOS 

Todos los herederos descritos para que sean adjudicados de la siguiente forma:

1.= REMOLQUE … al hijo y heredero Don XXXX.

2.= ….

Y para que conste firmamos la presente en XXX, el día XXX.

 


Hasta otra. Un abrazo. Justito El Notario. @justitonotario