“Estableciendo el derecho de acrecer entre ellos”

con derecho de acrecer testamento

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“Instituye y nombra herederos, por partes iguales entre ellos, a sus cinco hijos xxxxx y a sus tres nietos xxx, hijos de su fallecida hija xxx, llamados xxxxx. Y en caso de premoriencia de cualquiera de ellos les sustituye por sus respectivos descendientes estableciendo el derecho de acrecer entre ellos.

¿Entre quienes? ¿Entre los sustitutos? ¿O quiere simplemente decir que a falta de descendientes de un heredero que premuera su parte acrece a los demás? Pues a mi modo de ver, si era esto lo que se quería, no hacía ninguna falta decirlo.

Vamos a imaginarlo

Uno de los herederos premuere y no tiene descendientes. Está claro: su parte acrece a los demás.

Ahora premuere uno de los herederos y tiene descendientes. Pues nada, sus descendientes reciben su parte por partes iguales.

Entonces, ¿de qué sirve la referencia al acrecimiento? A mi juicio de nada y por eso yo no la pongo en un caso como este que, para mas inri generaba discusión entre hijos y nietos en cuanto a la porción heredada por los hijos de la hija fallecida (lo que para mí no admite discusión).

Qué fácil hubiera sido decir esto: “Instituye y nombre herederos, por octavas partes iguales entre ellos, a sus cinco hijos xxxxx y a sus tres nietos xxx, hijos de su fallecida hija xxx, llamados xxxxx. Y en caso de premoriencia de cualquiera de ellos les sustituye por sus respectivos descendientes”.

Son seis palabras menos. Todo queda muchísimo mas claro ¿o hay algo que se me escapa?


Hasta otra. Un abrazo. Justito El Notario. @justitonotario