NÚMEROÂ
En xxxx, mi residencia, a xxxx
Ante mÃ, JUSTITO EL NOTARIO, Notario de xxxx y del Ilustre Colegio Notarial de XXXX
==== C O M P A R E C EÂ ====
DON
==== I N T E R V I E N EÂ ====
En su propio nombre y derecho.
Tiene, a mi juicio, la capacidad legal necesaria para otorgar la presente escritura, anteriormente calificada, y al efecto:
=== DICEÂ YÂ OTORGA ===
PRIMERO.= Que confiere PODER, tan amplio, especial y bastante como en Derecho se requiera en favor de DOÑA xxxx, xxxxx, titular del DNI/NIF XXXXX, para que actuando en nombre y representación del aquà poderdante con plenitud de competencia y atribuciones, y con libertad para fijar pactos, cláusulas, disposiciones, determinaciones y declaraciones, pueda ejercitar, sin limitación ni excepción alguna, las siguientes,
F A C U L T A D E S:
I.= ACEPTAR HERENCIAS, pura y simplemente o con los beneficios legales y manifestarlas o partirlas.
II.= CEDER o transmitir a tÃtulo gratuito a DOÑA XXXX, XXXXX, con DNI/NIF XXXX, todos cuantos bienes, derechos y acciones al aquà poderdante le correspondan por testamento, por Ley o por cualquier otro tÃtulo, sin reserva ni limitación alguna, en las herencias de sus fallecidos hermanos XXXXX, quedando la cesionaria subrogada, en virtud de dicha cesión o transmisión, en los derechos y obligaciones hereditarios cedidos y facultada para ocupar el mismo lugar y grado que el cedente ocupaba y tenÃa por todos los conceptos en las expresadas herencias.
III.= Otorgar y firmar los instrumentos privados y públicos que fueren necesarios para ejecutar cualesquiera de los actos enumerados en las cláusulas anteriores y, en general, presentar escritos y documentos y realizar todos los actos, diligencias y trámites que sean necesarios a fin de dar cumplimiento a los fines de este mandato.
Todo ello aunque en el ejercicio de las facultades reseñadas se incurriere en alguna de las figuras jurÃdicas de autocontratación, doble o múltiple representación o existieran intereses coincidentes o contrapuestos.
Asà lo dice y otorga.
Hasta otra. Un abrazo. Justito El Notario. @justitonotario
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