Escritura de poder especial para comprar otorgado por extranjeros sin NIE con traductor no oficial y con designación de representante fiscal

modelo poder para comprar

NÚMERO 

En xxxx, mi residencia, a xxxx

Ante mí, JUSTITO EL NOTARIO, Notario de XXXXX y del Ilustre Colegio Notarial de XXXXX,

C O M P A R E C E N:

Los cónyuges XXX

Manifiestan los comparecientes que carecen de N.I.E. de cuya necesidad les advierto a efectos del ejercicio de las facultades conferidas que lo requieran. Igualmente les advierto de la necesidad de acreditar su citado régimen matrimonial convencional dónde y cuándo fuera necesario en el ejercicio de las facultades que se confieren.

Incorporo a la presente, a solicitud de los Sres. xxxxx y xxxxx fotocopias, por mí, el Notario, deducidas, con valor de testimonio de sus citados Pasaportes, autorizándome a su reproducción en las copias que de la presente se expidan.

Se halla también presente, DOÑA xxxx, xxxxxxx; provista de la Carta de Identidad de su nacionalidad número xxxxx, vigente hasta el día xxxxx, y del N.I.E. xxxxx, quien actúa como intérprete al idioma xxxxx elegido por los Sres. comparecientes, que no conocen suficientemente el idioma español.

Yo, el Notario, les advierto de la posibilidad de intervención de intérprete oficial conforme al Artículo 150 del Reglamento Notarial, no obstante lo cual insisten en este otorgamiento, relevándome de responsabilidad.

Intervienen en su propio nombre y derecho, y tienen, a mi juicio, la capacidad legal necesaria para otorgar la presente poder, anteriormente calificado, y al efecto,

O T O R G A N:

Que cada uno de ellos por sí y conjuntamente confieren PODER, tan amplio y bastante como en derecho se requiera y sea necesario a favor de DOÑA XXXX, XXXX y titular del Documento Nacional de Identidad y Número de Identificación Fiscal XXXX, para que aunque al hacerlo se incida en las figuras jurídicas de la auto contratación, doble o múltiple representación, y/o exista contraposición de intereses, pueda ejercer las siguientes,

F A C U L T A D E S:

Primera.- COMPRAR en todo o parte, en nuda propiedad o en usufructo, bienes muebles o bienes inmuebles sitos en España, de naturaleza rústica o urbana, a la persona o personas (físicas o jurídicas) que tenga por conveniente y por el precio, condiciones y pactos que libremente estipule, pagando el precio al contado o en uno o en varios plazos, ofreciendo las garantías que para el pago del mismo el vendedor considere necesarias y realizando todas las acciones precisas para inscribir, en su caso, la compraventa en el Registro de la Propiedad.

Segunda.- Constituir, modificar, extinguir y liquidar contratos de servicios y suministros eléctricos, de agua, gas o cualquiera otros con personas físicas o jurídicas, públicas o privadas, pudiendo ejercitar y cumplir toda clase de derechos y obligaciones derivados de los mismos.

Tercera.- Efectuar disoluciones o extinciones de comunidad o condominio, agrupaciones, segregaciones, parcelaciones, divisiones, declaraciones de obra nueva en construcción o finalizadas y de obra derruida, modificaciones de cabidas, declaraciones de indivisibilidad, y solicitar licencias o permisos de obra.

Cuarta.- Librar, aceptar, avalar, endosar, cobrar, pagar, intervenir y protestar talones y cheques; abrir, seguir, cancelar y liquidar libretas de ahorro, cuentas corrientes y de plazo, con garantía personal; constituir, transferir, modificar, cancelar y retirar depósitos provisionales o definitivos, de metálico; y, a tales fines, operar con Cajas de Ahorro, Bancos, y entidades similares, disponiendo de los bienes existentes en ellos por cualquier concepto, y haciendo, en general, cuanto permitan la legislación y la práctica bancarias.

Quinta.- Otorgar y firmar cuantos documentos públicos y privados sean necesarios, inclusive aquellos de subsanación, aclaración o rectificación que de los otorgados fueren menester, así como comparecer ante toda clase de organismos y administraciones, especialmente ante la Dirección General del Catastro y Organismo de Gestión Tributaria, y hacer declaraciones y señalamientos que se estimen pertinentes o exija la legislación aplicable vigente, pudiendo señalar domicilios y lugares para notificación en los mismos, y pudiendo ostentar la representación del poderdante frente a cualquier administración tributaria española para presentar y suscribir declaraciones a nombre del sujeto pasivo, aportar documentos o datos, recibir y atender los requerimientos y comunicaciones que se practiquen, tanto si versan sobre cuestiones de trámite como sobre el fondo del asunto; formular reclamaciones, desistir de instancias y renunciar derechos en nombre de su representado, actuar ante la inspección de los tributos y obligarse en cuantas actas, diligencias, y documentos se extiendan, recibir de la Hacienda Pública española las transferencias por devoluciones que resulten a favor del sujeto pasivo, así como solicitar y retirar etiquetas fiscales y certificaciones de residencia a efectos fiscales, el N.I.E. o su renovación y la Tarjeta de Residencia o su renovación.

Los poderdantes expresamente prohíben la sustitución o subapoderamiento de las facultades conferidas.

Designan como domicilio a efectos de notificaciones y requerimientos el de su indicada representante.

DECLARACIÓN FINAL: Los comparecientes declaran que, a los efectos establecidos en el Artículo 47 de la Ley 58/2003, de 17 de Diciembre, General Tributaria, designan como su representante a efectos fiscales en territorio español a DOÑA XXXX, cuyos datos constan anteriormente.

Así lo dicen y otorgan.

Hechas las reservas y advertencias legales.

Protección de datos. De acuerdo con la normativa de protección de datos, los comparecientes quedan informados y consienten la incorporación, conservación por plazo legal y tratamiento de sus datos por el Notario autorizante, los sustitutos y los sucesores en el protocolo, incluyendo las remisiones impuestas en la normativa, con la finalidad de ejercitar la actividad ordinaria notarial. Los derechos que asisten al compareciente de acceso, rectificación, supresión, limitación, portabilidad y oposición al tratamiento podrán ser ejercitados, cuando proceda, ante el Notario titular del protocolo en la Notaría de xxxx, sita en xxxxxx, y mediante reclamación ante la autoridad de control competente.

Leída esta escritura por mí, el Notario, a los comparecientes, éstos renuncian a su derecho a leerla por si mismos, derecho del que les advierto, la aprueban y la firman conmigo, incluida la Sra. Traductora, quien declara, una vez hechas las traducciones necesarias, la conformidad de su contenido con las traducciones efectuadas y haciendo todos constar que han quedado debidamente informados del contenido del presente instrumento.

De haber identificado a los comparecientes por sus reseñados documentos de identidad, de que conozco a la Sra. Traductora, de que tienen, a mi juicio, capacidad y legitimación suficientes, de que su consentimiento ha sido libremente prestado, de que el otorgamiento se adecua a la legalidad y a la voluntad debidamente informada de los otorgantes y/o intervinientes, y de todo lo demás consignado en este instrumento público extendido en xxxx folios de papel timbrado de uso exclusivamente notarial, serie xxxx, números xxxx y los xxxxx anteriores en orden correlativo de numeración, yo, el Notario, Doy fe.=

ARANCEL NOTARIAL. DERECHOS DEVENGADOS. Arancel aplicable, números: 1, 4, Nª 8ª

DOCUMENTO SIN CUANTÍA.              TOTAL:                                  (Impuestos excluidos)


Hasta otra. Un abrazo. Justito El Notario. @justitonotario