Advertencia: En la web “Justito El Notario”, su titular y responsable Miguel Prieto Escudero, no asesora ni aconseja ni lo ha hecho nunca desde la apertura del blog el 20/11/2015. Aquí únicamente se informa, se divulga (o al menos se intenta) y se opina (con mayor o menor grado de acierto). El contacto, colaboración o comentario a las entradas, no puede entenderse en ningún caso como un acceso telemático a mi notaría ni conducente a la firma de un documento público en la misma. A esos fines deberán dirigirse a mí por los cauces oportunos, pero nunca por la vía de mi blog que constituye una actividad completamente privada y no está conectado con la web de mi notaría.
NÚMERO
En *, mi residencia, a *.
Ante mí, JUSTITO EL NOTARIO, Notario de * y del Ilustre Colegio Notarial de *.
C O M P A R E C E:
DON
I N T E R V I E N E:
En nombre y representación de la mercantil de nacionalidad española denominada “*, S.L.” -Unipersonal- (nueva denominación), antes denominada “*, S.L.” -Unipersonal-, cuyas circunstancias esenciales son las siguientes:
Constitución:
Cambiada su denominación social y modificado el objeto social, en virtud de otra escritura otorgada bajo mi fe, el citado día *, con el número * de protocolo, la cual se encuentra pendiente de inscripción, por lo que yo, el Notario, hago al respecto las oportunas advertencias.
N.I.F.:
Yo, el Notario, he procedido a consultar, a través de SIGNO, la lista de números de identificación fiscal revocados, no constando en la misma el de la entidad interviniente, todo ello en cumplimento de lo dispuesto en el art. 23 de la Ley del Notariado de 28 de mayo de 1862, según redacción dada por la Ley 11/2021, de 9 de julio, de medidas de prevención y lucha contra el fraude fiscal.
Domicilio Social:
Inscrita en el Registro Mercantil de *, Hoja *.
IRUS:
Objeto social (PENDIENTE DE INSCRIPCIÓN):
CNAE de la actividad principal:
Su legitimación para este acto se deriva de su condición de Administrador Único de la citada sociedad, cargo para el que fue nombrado (y aceptó), por plazo indefinido, en virtud la escritura de fecha *, protocolo *, antes citada.
Se halla expresa y especialmente facultado para este acto en virtud de acuerdo adoptado por la Junta General Extraordinaria y Universal en su reunión de fecha *, según resulta de la certificación expedida por el Sr. compareciente, en su calidad de Administrador Único, cuya certificación me entrega e incorporo a la presente matriz para que forme parte integrante de la misma y sea inserta en sus traslados, considerando legítima la firma que la autoriza por haber sido puesta en mi presencia.
Yo, el Notario, estimo, a mi juicio, suficientes las facultades representativas acreditadas para la elevación a público de acuerdos sociales relativos al desembolso y acreditación de la realidad de las aportaciones al capital preexistente, aumento de capital social mediante aportaciones dinerarias y a la modificación de Estatutos Sociales a que la presente escritura se refiere.
Me asegura que la Sociedad por él representada se halla actualmente en vigor, que se encuentra en el ejercicio del cargo que ostenta, sin que las facultades de representación que le competen le hayan sido revocadas, limitadas, suspendidas ni modificadas en forma alguna, así como la exactitud de los datos anteriormente consignados.
Consultado el Registro Público de Resoluciones Concursales, no consta ningún resultado en cuanto a dicha mercantil.
Yo, el Notario, hago constar expresamente que he cumplido con la obligación de identificación del titular real que impone la Ley 10/2010, de 28 de Abril, y el Real Decreto 304/2014, de 5 de Mayo, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 10/2010, de 28 de Abril, y del Real Decreto 609/2023, de 11 de Julio, por el que se crea el Registro Central de Titularidades Reales y se aprueba su Reglamento, cuyo resultado consta en la Base de Datos de Titularidad Real, que he consultado, manifestando el Administrador Único no ser correcto el resultado, ya que el titular real de la mercantil es el propio compareciente, en su calidad de socio único de la socia única de “*, S.L.” que es la mercantil “*”, en virtud de escritura de compraventa de participaciones sociales, otorgada bajo mi fe, el día *, con el número * de protocolo, lo que procederé a comunicar a la citada Base de Datos de TR.
Tiene, a mi juicio, en el concepto en que interviene, capacidad para otorgar la presente escritura, anteriormente calificada, y al efecto.
O T O R G A:
Único.- El compareciente en nombre y representación de la mercantil “*, S.L.” -Unipersonal-, ELEVA A PÚBLICO el contenido de la certificación, antes citada, relativa al desembolso y acreditación de la realidad de las aportaciones al capital preexistente, al Aumento de Capital Social mediante aportaciones dinerarias y a la Modificación de Estatutos Sociales, extendida en dos folios de papel común, cuyo contenido aquí no se reproduce para evitar repeticiones innecesarias y certifica, que, de conformidad con lo consignado en el art. 314 de la Ley de Sociedades de Capital, se ha hecho constar en el Libro de Socios, que preceptivamente lleva la mercantil, la titularidad de las nuevas participaciones sociales creadas con motivo de la ampliación del capital social.
La cantidad de UN EURO (1,00 €) correspondiente al desembolso y acreditación de la realidad de las aportaciones al capital social preexistente ha sido depositada en la cuenta * de titularidad de la sociedad abierta en la entidad “Banco *, S.A.”.
En cuanto al aumento de capital, se acredita mediante certificación expedida el día * por la citada entidad, que incorporo a la presente.
Solicitud de exención: El compareciente en su calidad de Administrador Único de la mercantil cuanto a “*, S.L.” -Unipersonal-, solicita de la Oficina Liquidadora correspondiente que se declare la exención recogida en el Artículo 45.I.B.11 del RDL 1/1993, de 24 de Septiembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados, modificado por Real Decreto-Ley 13/2010, de 3 de Diciembre, de actuaciones en el ámbito fiscal, laboral y liberalizadoras para fomentar la inversión y la creación de empleo.
Solicitud Registral: El compareciente, según interviene, solicita del Señor Registrador Mercantil que se sirva practicar las inscripciones pertinentes en los libros a su cargo a la presentación de copia autorizada de esta escritura, así como, en su caso, la inscripción parcial de la misma conforme a lo dispuesto en el artículo 63 del Reglamento del Registro Mercantil.
LIQUIDACIÓN TELEMÁTICA: A solicitud del compareciente, quien me designa como presentante, efectuaré la autoliquidación como exentos de los impuestos devengados mediante la presente a través del sistema de integración con el portal tributario de SIGNO si técnicamente resultara posible.
SOBRE LA PRESENTACIÓN TELEMÁTICA: De conformidad con lo dispuesto en el Artículo 112 de la Ley 24/2001, en su redacción dada por la Ley 24/2005, el compareciente me requiere para que remita copia autorizada electrónica de la presente a los efectos de su inscripción en el Registro Mercantil de *, considerando como presentante de dicho título por su designación al Notario autorizante.
ADVERTENCIA REGISTRAL: Informo al compareciente que, para poder inscribir los actos formalizados en la presente escritura, se precisa que la sociedad haya realizado el pertinente depósito de las cuentas anuales en el Registro Mercantil (arts. 282 de la Ley de Sociedades de Capital y 378 del RRM).
Así lo dice y otorga.
Hechas las reservas y advertencias legales, en especial las relativas al Registro Mercantil y las derivadas de la Ley 8/1989, de 13 de Abril de Tasas y Precios Público.
Protección de datos. De acuerdo con la normativa de protección de datos, el compareciente quedo informado y consiente la incorporación, conservación por plazo legal y tratamiento de sus datos por el Notario autorizante, los sustitutos y los sucesores en el protocolo, incluyendo las remisiones impuestas en la normativa, con la finalidad de ejercitar la actividad ordinaria notarial. Los derechos que asisten a la compareciente de acceso, rectificación, supresión, limitación, portabilidad y oposición al tratamiento podrán ser ejercitados, cuando proceda, ante el Notario titular del protocolo en *, y mediante reclamación ante la autoridad de control competente.
El/los compareciente/s presta/n su consentimiento para que la Notaría pueda entregar copias o documentación relativa a el/los compareciente/s a las gestorías, asesorías o despachos de abogados que soliciten o recojan dicha documentación en nombre de el/los interesado/s, con la finalidad de gestión y prestación de los servicios propios de dichos gestores, asesores o abogados.
Leída esta escritura por mí, el Notario, al compareciente, este renuncia a su derecho a leerla por si mismo, derecho del que le advierto, la aprueba y la firma conmigo, incluido el Sr. Traductor, quien declara, una vez hechas las traducciones necesarias, la conformidad de su contenido con las traducciones efectuadas y haciendo todos constar que han quedado debidamente informados del contenido del presente instrumento.
De haber identificado al compareciente por su reseñado documento de identidad, de que tiene, a mi juicio, capacidad y legitimación suficientes, de que su consentimiento ha sido libremente prestado, de que el otorgamiento se adecua a la legalidad y a la voluntad debidamente informada de los otorgantes y/o intervinientes, y de todo lo demás consignado en este instrumento público extendido en cinco folios de papel timbrado de uso exclusivamente notarial, serie *, número * y los * folios posteriores en orden de numeración, cuya expresión informática queda incorporada dentro del plazo reglamentario y bajo el mismo número, en el correspondiente protocolo electrónico, yo, el Notario, Doy fe.=
ARANCEL NOTARIAL. DERECHOS DEVENGADOS. Arancel aplicable, números: 2, 4 y nª 8ª.
Concepto AUMENTO DE CAPITAL SOCIAL. SUSCRIPCIÓN CAPITAL SOCIAL.
Bases:
TOTAL: (Impuestos excluidos)
Hasta otra. Un abrazo. Justito El Notario. @justitonotario
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