NÚMERO
En xxx, mi residencia, a xxx.
Ante mí, JUSTITO EL NOTARIO, Notario de XXX y del Ilustre Colegio Notarial de XXX,
C O M P A R E C E N:
De una parte:
DOÑA
Y de la otra:
DON
Intervienen en su propio nombre y derecho y tienen, a mi juicio, la capacidad legal necesaria para otorgar la presente escritura, anteriormente calificada, y al efecto,
E X P O N E N:
PRIMERO. Que DOÑA XXX, es dueña con carácter privativo y por el título que luego se dirá, del pleno dominio de las siguientes fincas:
1.= RÚSTICA:
INSCRIPCIÓN:
VALORACIÓN:
DATOS CATASTRALES:
CARGAS Y ARRIENDOS: Manifiesta su propietaria que la finca descrita se encuentra gravada, según el título que luego se dirá, con una prohibición de disponer consistente en que durante la vida de quienes fueron donantes, o del que de ellos sobreviviera, no podría la donataria, vender, permutar, hipotecar, gravar ni disponer en manera alguna de las fincas que se le donaron sin el previo y expreso consentimiento de dichos donantes, y habiendo fallecido Don XXX y Doña XXX, ambos en XXX, los días XXXX, respectivamente, según resulta de certificados de defunción que me exhibe y de los que deduzco fotocopias con valor de testimonio que incorporo a la presente, los comparecientes solicitan del Sr. Registrador de la Propiedad competente que no practique la inscripción de dicha limitación contenida en el título previo que no se encuentra inscrito como luego se dirá.
Libre de otras cargas y gravámenes, de arriendos y aparceros, y al corriente en el pago de contribuciones e impuestos.
2.= RÚSTICA:
INSCRIPCIÓN:
VALORACIÓN:
DATOS CATASTRALES:
CARGAS Y ARRIENDOS: Manifiesta su propietaria que dicha finca se encuentra gravada con:
– Una hipoteca a favor de XXX, para responder de un préstamo de XXX en los términos que constan en la nota simple continuada adjunta.
– Con una anotación de embargo a favor de XXXX, reclamación de XXX de principal, más XXX por intereses, costas y gastos, dictada el día XXX, por Don XXX, Juez de Primera Instancia de XXX, en cumplimiento de exhorto del Juzgado de XXX, y en los términos que en dicha nota constan.
En relación a ambas cargas (hipoteca y anotación de embargo) se solicita por los comparecientes su cancelación por caducidad aún cuando no fuera posible la inscripción del presente título en cuanto a la transmisión de propiedad que comprende de dicha finca.
En dicha nota registral adjunta consta que falta parte del historial de la finca, al haberse quemado folios registrales correspondientes a la misma.
Libre de otras cargas y gravámenes, de arriendos y aparceros, y al corriente en el pago de contribuciones e impuestos.
CIRCUNSTANCIAS COMUNES:
DATOS CATASTRALES: Los que se acreditan con las certificaciones catastrales, descriptiva y gráfica (respecto de la finca radicante en término municipal de Jumilla) y descriptiva y no gráfica (respecto de la finca que radica en término municipal de Pinoso), que incorporo a esta matriz, obtenidas de la Sede Electrónica de Catastro a través de los medios telemáticos legalmente previstos.
En cuanto a la obligación de declarar las alteraciones catastrales, establecidas en el artículo 13 de Ley del Catastro, hago saber a los comparecientes, que habiéndose aportado las Referencias Catastrales y siendo uno de los supuestos de comunicación notarial previstos en el artículo 14 de la mencionada Ley, no están obligados a realizar las correspondientes declaraciones de alteración catastral.–
Si el resultado de las comunicaciones por mí efectuadas es positivo en su totalidad, me autorizan para adjuntarles a la copia autorizada de la presente, nueva certificación descriptiva y gráfica obtenida, a mi elección, a través de Signo o de la Sede Electrónica del Catastro, lo que haré acompañándosela a la copia autorizada de la escritura junto con las comunicaciones de inicio del procedimiento. Si no fuera total y las comunicaciones efectuadas no consiguen automáticamente las alteraciones catastrales pero han iniciado el proceso de comunicación de datos, acompañaré a dicha copia autorizada con las notificaciones o comunicaciones recibidas desde la Sede Electrónica de Catastro, donde se indicará que es posible que el interesado deba acudir a las oficinas catastrales para verificar el cambio.
Los comparecientes, me requieren a mí, el Notario, para que remita a la Dirección General del Catastro, copia simple electrónica de la presente escritura por los medios telemáticos habilitados a tal fin.
TÍTULO: El de donación efectuada por sus padres XXX, en virtud de escritura autorizada por Don XXX, Notario que fue de XXX, el día XXX, con el número XXX de protocolo, el cual se halla pendiente de inscripción en cuanto a ambas fincas, en los Registros de la Propiedad de XXX y XXX, respectivamente, por lo que yo, el Notario, les hago al respecto las oportunas advertencias.
Hace constar Doña XXX que las fincas objeto de esta escritura constan inscritas: la del Registro de la Propiedad de XXXX a nombre de sus padres (anteriores titulares), y la del Registro de la Propiedad de XXX, a nombre de Doña XXXX(anterior titular), circunstancias estas que el comprador declara conocer y aceptar íntegramente, eximiéndome a mi, el Notario, de cualquier tipo de responsabilidad con relación a dichos extremos.
INFORMACIÓN REGISTRAL Y PRESENTACIÓN TELEMÁTICA: A los efectos del Artículo 175 del Reglamento Notarial, yo, el Notario, hago constar que por imposibilidad técnica, no he podido acceder por vía telemática a los asientos registrales de las fincas descritas.
La descripción de las fincas, su titularidad y situación de cargas, en la forma expresada en los apartados anteriores, resultan de las manifestaciones de su propietaria, del título reseñado y de notas simples de los Registros de la Propiedad de XXX y XXX, obtenidas por telefax el día XXX, que yo, el Notario, tengo a la vista e incorporo a la presente.
En la nota relativa a la finca registral XXXX de las del Registro de la Propiedad de XXXX, consta que la posible constancia registral de la referencia catastral no implica la extensión de los efectos del principio de legitimación a la descripción física y ubicación de las fincas, ni la presunción de su correspondencia con la delimitación geográfica de la parcela catastral, salvo en los casos en que la finca esté coordinada gráficamente con catastro, y que la finca objeto de la presente escritura, no se encuentra coordinada gráficamente con el Catastro a la fecha de expedición de la misma conforme a los Artículos 9 de la Ley Hipotecaria y 3.1 de la Ley del Catastro, introducido por la Ley 13/2015 de 24 de Junio.-
Y en la relativa a la finca registral XXX de las del Registro de la Propiedad de XXXX, se advierte que la finca no está coordinada gráficamente con el Catastro, de conformidad con los artículos 9 y 10 de la Ley.
Yo, el Notario, conforme al Artículo 249 del Reglamento Notarial procederé a la presentación telemática de la presente escritura en los citados Registros de la Propiedad, consintiendo los otorgantes la inscripción parcial de la misma, si de la calificación registral resultare algún defecto que impida la inscripción de parte de ella.
Yo, el Notario, advierto de que prevalecerá la situación registral existente con anterioridad a la presentación en el Registro de copia autorizada de la presente escritura.
SEGUNDO. Esto expuesto,
O T O R G A N:
PRIMERO.- COMPRAVENTA.
A).- DOÑA XXX, vende y transmite, como cuerpo cierto, el pleno dominio de las fincas descritas en el expositivo anterior a DON XXX, quien las compra y adquiere con carácter privativo, con cuantos derechos y accesorios les sean inherentes, en el enunciado estado de cargas y arriendos, y al corriente en el pago de contribuciones, impuestos y otros gastos.
B).- PRECIO.- El precio global convenido de compraventa se fija en la cantidad de XXX que se declaran recibidos:
.- XXX, se declaran recibidos el día XXX mediante transferencia bancaria, correspondiendo a la cuenta de abono el código XXXX, y a la de cargo el código XXXX.
Incorporo a la presente, fotocopia, por mí, el Notario, deducida, con valor de testimonio del justificante de dicha transferencia.
.- y el resto, es decir, la cantidad de XXX, en el día de hoy, con anterioridad a éste acto, mediante entrega de efectivo metálico, y otorgando la parte vendedora a la compradora la más completa y eficaz carta de pago por el total precio de venta.
En relación con dicho pago en metálico, manifiestan las partes compradora y vendedora, no ser empresarios o profesionales, por lo que no es de aplicación el Artículo 7º de la Ley 7/2012 de 29 de Octubre.
C).- Declara la parte compradora conocer y aceptar, sin reserva alguna, el estado físico, urbanístico y jurídico registral actual de las fincas objeto de la presente escritura.
SEGUNDO.- APODERAMIENTO. La parte vendedora, faculta y apodera a DON XXX, cuyos datos constan anteriormente, para que otorgue escrituras y documentos de rectificación, subsanación, aclaración o complemento de la presente en los términos y condiciones y con los pactos que estime convenientes, aún incidiendo en autocontratación, doble o múltiple representación o conflicto de intereses y especialmente a fin de procurar la inscripción total de la presente escritura en los Registros oportunos de acuerdo con las calificaciones que sean practicadas.
TERCERO.- GASTOS E IMPUESTOS. Todos los gastos e impuestos que se originen por el presente otorgamiento serán satisfechos con arreglo a ley, excepto los gastos notariales que serán satisfechos por la parte compradora.–
SOBRE LA PRESENTACIÓN TELEMÁTICA: De conformidad con lo dispuesto en el Artículo 112 de la Ley 24/2001, en su redacción dada por la Ley 24/2005, y a los efectos de la presentación telemática de la presente escritura en el Registro de la Propiedad, se considera como presentante de dicho título por designación de los comparecientes a la parte compradora, cuyos datos constan anteriormente.
Así lo dicen y otorgan.
Hechas las reservas y advertencias legales, en especial las derivadas de la Ley 8/1989, de 13 de Abril de Tasas y Precios Públicos, y, a efectos fiscales, del plazo en el que los interesados deberán presentar a liquidación la presente escritura, así como de las afecciones al pago del impuesto y de las responsabilidades tributarias que incumben a las partes en su aspecto material, formal y sancionador.
El/los señor/es comparecientes quedan informados de lo siguiente: Sus datos personales serán objeto de tratamiento en esta Notaría, los cuales son necesarios para el cumplimiento de las obligaciones legales del ejercicio de la función pública notarial, conforme a lo previsto en la normativa prevista en la legislación notarial, de prevención del blanqueo de capitales, tributaria y en la aplicable al acto o negocio jurídico documentado. Por tanto, la comunicación de los datos personales es un requisito legal, encontrándose los otorgantes obligados a facilitar los datos personales, y estando informados de que la consecuencia de no facilitar tales datos es que no sería posible autorizar o intervenir el presente documento público. Sus datos se conservarán con carácter confidencial. La finalidad del tratamiento de los datos es realizar la formalización del presente documento, su facturación y seguimiento posterior y las funciones propias de la actividad notarial de obligado cumplimiento, de las que pueden derivarse la existencia de decisiones automatizadas, autorizadas por la Ley, adoptadas por las Administraciones Públicas y entidades cesionarias autorizadas por Ley, incluida la elaboración de perfiles, cuya lógica aplicada es la prevención e investigación por las autoridades competentes del blanqueo de capitales y la financiación del terrorismo. Se realizarán las cesiones de dichos datos que sean de obligado cumplimiento a las Administraciones Públicas, a las entidades y sujetos que estipule la Ley y, en su caso, al Notario que suceda al actual en la plaza. Los datos proporcionados se conservarán durante los años necesarios para cumplir con las obligaciones legales del Notario o de sus sucesores en la plaza. Puede ejercitar sus derechos de acceso, rectificación, supresión, limitación, portabilidad y oposición al tratamiento por correo postal dirigido a XXX. Asimismo tienen el derecho a presentar una reclamación ante una autoridad de control. Los datos serán tratados y protegidos según la Legislación Notarial, la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de Diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales y su normativa de desarrollo, y el Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento europeo y del Consejo de 27 de abril de 2016 relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos y por el que se deroga la Directiva 95/46/CE.
El/los comparecientes prestan su consentimiento para que la Notaría pueda entregar copias o documentación relativa a el/los comparecientes a las gestorías, asesorías o despachos de abogados que soliciten o recojan dicha documentación en nombre de el/los interesados, con la finalidad de gestión y prestación de los servicios propios de dichos gestores, asesores o abogados.
Yo, el Notario, hago, expresamente, las advertencias a que hace referencia el Artículo 64 de la Ley 39/1988, de 28 de Diciembre, Reguladora de las Haciendas Locales, para los supuestos de cambio, por cualquier causa, en la titularidad de los derechos que constituyan el hecho imponible del Impuesto sobre Bienes Inmuebles. Particularmente informo de la afección, en su caso, de la/s finca/s objeto de la presente escritura al pago de la totalidad de las cuotas tributarias del mencionado Impuesto que pudiera haber pendientes.
Leída esta escritura por mi, el Notario, a los comparecientes, estos renuncian a su derecho a leerla por si mismos derecho del que les advierto, la aprueban y la firman conmigo, haciendo constar que han quedado debidamente informados del contenido del presente instrumento.
De que conozco a los comparecientes, de que tienen, a mi juicio, capacidad y legitimación suficientes, de que su consentimiento ha sido libremente prestado, de que el otorgamiento se adecua a la legalidad y a la voluntad debidamente informada de los otorgantes, y de todo lo demás consignado en este instrumento público extendido en XXX folios de papel timbrado de uso exclusivamente notarial, serie XXX, números XXX y los XXX anteriores en orden de numeración, yo, el Notario, Doy fe.=
ARANCEL NOTARIAL. DERECHOS DEVENGADOS. Arancel aplicable, números: 1, 2, 4 y nª 8ª.
Conceptos COMPRAVENTA RÚSTICA. RECTIFICACIONES DESCRIPTIVAS DE FINCAS.
Base:
TOTAL: (Impuestos excluidos)
Hasta otra. Un abrazo. Justito El Notario. @justitonotario
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