Escritura de compraventa y de actualización descriptiva de tres fincas mediante un solo IVG+ (3 en 1) e informe de no invasión de dominio público

ivg positivo 199.2 lh

NÚMERO 

En XXX, mi residencia, a XXX.

Ante mí, JUSTITO EL NOTARIO, Notario de XXX y del Ilustre Colegio Notarial de XXX,

C O M P A R E C E N:

De una parte, como vendedores:

DON

DON

Y de la otra, como comprador:

DON

Intervienen en su propio nombre y derecho y tienen, a mi juicio, la capacidad legal necesaria para otorgar la presente escritura, anteriormente calificada, y, al efecto,

E X P O N E N:

PRIMERO.- Que Don XXX, es dueño en pleno dominio, y por el título que se dirá de la siguiente finca:

= RÚSTICA: T

Superficie: Once áreas (1.100 m²), según título y registro, y catorce áreas, setenta y uno centiáreas (1.471 m²), según reciente medición de técnico que se dirá.

Linderos: Según título y registro:

Hoy linda, según reciente medición de técnico que se dirá:

INSCRIPCIÓN:

VALORACIÓN: 

DATOS CATASTRALES: Forma parte de la parcela xxxx del polígonoxxx del Catastro de Rústica de xxx (catastrada erróneamente en su totalidad a nombre de xxx), bajo la siguiente referencia: xxxx.

TÍTULO:

SEGUNDO.- Que Don XXX es dueño en pleno dominio con carácter privativo, y por el título que se dirá, de las siguientes fincas:

1.= RÚSTICA: 

Superficie: Once áreas (1.100 m²), según título y registro, y catorce áreas, cuarenta y tres centiáreas (1.443 m²), según reciente medición de técnico que se dirá.

Linderos: Según título y registro:

Hoy linda, según reciente medición de técnico que se dirá:

INSCRIPCIÓN:

VALORACIÓN: 

DATOS CATASTRALES: Constituye el resto de la parcela XXX del polígono XXX del Catastro de Rústica de Pinoso bajo la referencia XXXX, antes citada.

2.= RÚSTICA: 

Superficie: Dos áreas (200 m²), según título y registro, y seis áreas, treinta y seis centiáreas (636 m²), según reciente medición de técnico que se dirá.

Linderos: Según título y registro:

Hoy linda, según reciente medición de técnico que se dirá:

INSCRIPCIÓN:

VALORACIÓN: 

DATOS CATASTRALES: No constan.

Yo, el Notario, hago al respecto las oportunas advertencias.

TÍTULO RELATIVO A LAS DOS FINCAS:

CIRCUNSTANCIAS COMUNES:

DATOS CATASTRALES: Los que se acreditan con la certificación catastral, descriptiva y gráfica, que incorporo a esta matriz, obtenida de la Sede Electrónica de Catastro a través de los medios telemáticos legalmente previstos.

En cuanto a la obligación de declarar la alteración catastral, establecida en el artículo 13 de Ley del Catastro, hago saber a los comparecientes, que habiéndose aportado las Referencias Catastrales y siendo uno de los supuestos de comunicación notarial previstos en el artículo 14 de la mencionada Ley, no están obligados a realizar la correspondiente declaración de alteración catastral.

Si el resultado de las comunicaciones por mí efectuadas es positivo en su totalidad, me autorizan para adjuntarles a la copia autorizada de la presente, nuevas certificaciones descriptivas y gráficas obtenidas, a mi elección, a través de Signo o de la Sede Electrónica del Catastro, lo que haré acompañándoselas a la copia autorizada de la escritura junto con las comunicaciones de inicio del procedimiento. Si no fuera total y las comunicaciones efectuadas no consiguen automáticamente las alteraciones catastrales pero han iniciado el proceso de comunicación de datos, acompañaré a dicha copia autorizada con las notificaciones o comunicaciones recibidas desde la Sede Electrónica de Catastro, donde se indicará que es posible que el interesado deba acudir a las oficinas catastrales para verificar el cambio.

Los comparecientes, me requieren a mí, el Notario, para que remita a la Dirección General del Catastro, copia simple electrónica de la presente escritura por los medios telemáticos habilitados a tal fin.

CARGAS Y ARRIENDOS: Manifiestan sus propietarios que las fincas descritas se encuentran libres de cargas y gravámenes, de arriendos y aparceros, y al corriente en el pago de contribuciones e impuestos.

La parte transmitente hace constar respecto de las fincas registrales xxxx objeto de la presente escritura, que se encuentran al corriente en el pago del Impuesto de Bienes Inmuebles y demás impuestos y débitos asociados, y lo acreditan mediante Informe obtenido por vía telemática, a su solicitud, del Organismo de Gestión Tributaria xxxx, el cual incorporo a la presente.

INFORMACIÓN REGISTRAL Y PRESENTACIÓN TELEMÁTICA: A los efectos del Artículo 175 del Reglamento Notarial, yo, el Notario, hago constar que por imposibilidad técnica, no he podido acceder por vía telemática a los asientos registrales de las fincas descritas.

La descripción de las fincas, su titularidad y situación de cargas, en la forma expresada en los apartados anteriores, resultan de las manifestaciones de sus propietarios, de los títulos reseñados y de notas simples del Registro de la Propiedad, obtenidas por telefax, conforme al citado Artículo 175 del Reglamento Notarial, el día xxxx, que yo, el Notario, tengo a la vista e incorporo a la presente.

En dichas notas consta que la posible constancia registral de la referencia catastral no implica la extensión de los efectos del principio de legitimación a la descripción física y ubicación de la finca, ni la presunción de su correspondencia con la delimitación geográfica de la parcela catastral, salvo en los casos en que la finca esté coordinada gráficamente con catastro, y que la finca objeto de la presente escritura, no se encuentra coordinada gráficamente con el Catastro a la fecha de expedición de la misma conforme a los Artículos 9 de la Ley Hipotecaria y 3.1 de la Ley del Catastro, introducido por la Ley 13/2015 de 24 de Junio.

Yo, el Notario, conforme al Artículo 249 del Reglamento Notarial procederé a la presentación telemática de la presente escritura en el Registro de la Propiedad, consintiendo los otorgantes la inscripción parcial de la misma, si de la calificación registral resultare algún defecto que impida la inscripción de parte de ella.

Yo, el Notario, advierto de que prevalecerá la situación registral existente con anterioridad a la presentación en el Registro de copia autorizada de la presente escritura.

TERCERO.- Esto expuesto,

O T O R G A N:

PRIMERO.- COMPRAVENTA.

A).- Don XXX, vende y transmite, como cuerpo cierto, el pleno dominio de la finca descrita en el expositivo PRIMERO de la presente escritura, a Don XXX, quien la compra y adquiere, para su sociedad de gananciales, con cuantos derechos y accesorios les sean inherentes, en el enunciado estado de cargas y arriendos, y al corriente en el pago de contribuciones, impuestos y otros gastos.

B).- PRECIO. El precio convenido de compraventa es de xxx que se declaran recibidos, antes de este acto el día de hoy, mediante transferencia bancaria, correspondiendo a la cuenta de abono el código xxx y a la de cargo el código xxx, otorgando la parte vendedora a la compradora la más completa y eficaz carta de pago por el total precio de venta.

Incorporo a la presente, fotocopia por mí, el Notario, deducida con valor de testimonio del justificante de dicha transferencia.

C).-  Declara la parte compradora conocer y aceptar, sin reserva alguna, el estado físico y urbanístico actual de la finca objeto de esta compraventa.

SEGUNDO.- COMPRAVENTA.

A).- Don XXX, vende y transmite, como cuerpos ciertos, el pleno dominio de las fincas descritas en el expositivo SEGUNDO de la presente escritura, a Don XXX, quien las compra y adquiere, para su sociedad de gananciales, con cuantos derechos y accesorios les sean inherentes, en el enunciado estado de cargas y arriendos, y al corriente en el pago de contribuciones, impuestos y otros gastos.

B).- PRECIO. El precio global convenido de compraventa es de XXX  que se declaran recibidos, antes de este acto el día de hoy, mediante transferencia bancaria, correspondiendo a la cuenta de abono el código XXX y a la de cargo el código XXX, otorgando la parte vendedora a la compradora la más completa y eficaz carta de pago por el total precio de venta.

Incorporo a la presente, fotocopia por mí, el Notario, deducida con valor de testimonio del justificante de dicha transferencia.

C).-  Declara la parte compradora conocer y aceptar, sin reserva alguna, el estado físico y urbanístico actual de las fincas objeto de esta compraventa.

TERCERO.- COORDINACIÓN DE CATASTRO Y REGISTRO: Según las manifestaciones realizadas ante mi, no son correctas las superficies que refleja el Catastro. Habida cuenta de que la descripción catastral de las fincas no se corresponde con su realidad física, me han entregado los comparecientes CERTIFICACIÓN de MEDICIÓN y PLANOS con representación gráfica georreferenciada alternativa expedidos el día XXX por Don XXX, Ingeniero Técnico de Obras Públicas, Colegiado con el número XXX  en el Colegio Oficial de Ingeniero Técnico de Obras Públicas (cuya firma legitimo por ser análoga a la que figura en otros documentos de mi protocolo), cuya certificación y planos son acreditativos de la superficie de suelo de las fincas.

Dicha representación gráfica georreferenciada alternativa, en formato GML, consta incorporada en el CSV de validación gráfica catastral positivo expedido por Don XXX con fecha XXX que a su requerimiento incorporo a esta matriz.

Así mismo, me hacen entrega de otro CERTIFICADO firmado electrónicamente por Don XXX, Secretario del Ayuntamiento de XXX, con el visto bueno del Sr. Alcalde, en el que certifica que las modificaciones catastrales a realizar, respecto de la finca registral XXX, no invaden terrenos de dominio público, del cual deduzco fotocopia con valor de testimonio, que queda incorporada a la presente.

Yo, el Notario, he comprobado en la Sede Electrónica del Excmo. Ayuntamiento de XXX, el CSV de dicho certificado, incorporando justificante de la comprobación a la presente.

Concordancia de Catastro y Registro: Se solicita expresamente la inscripción de la base gráfica alternativa, conforme a la descripción técnica que resulta del GML incorporado al CSV (XXXX) tramitando el expediente registral previsto en el Artículo 199.2 de la Ley Hipotecariacon carácter posterior a la inscripción del acto documentado en la presente escritura. En caso de suspender o denegar la inscripción de la base gráfica catastral, se ruega la inscripción del acto documentado en esta escritura conforme a la descripción registral, sin perjuicio de la constatación de la situación catastral conforme a la Ley del Catastro y de la actualización de los linderos.

Aseguran, bajo su responsabilidad, que las diferencias entre las descripciones registrales de las fincas y las descripciones de las mismas actualizadas a la realidad física y catastral que resultan de sus manifestaciones, obedecen exclusivamente a error y no a la celebración de negocios traslativos o en general a cualquier modificación no registrada de la situación jurídica de la finca inscrita.

CUARTO.- GASTOS E IMPUESTOS. Todos los gastos e impuestos que se originen por el presente otorgamiento serán satisfechos con arreglo a ley, excepto los gastos notariales que serán satisfechos por la parte compradora.

SOBRE LA PRESENTACIÓN TELEMÁTICA: De conformidad con lo dispuesto en el Artículo 112 de la Ley 24/2001, en su redacción dada por la Ley 24/2005, y a los efectos de la presentación telemática de la presente escritura en el Registro de la Propiedad, se considera como presentante de dicho título por designación de los comparecientes a la parte compradora, cuyos datos figuran anteriormente.

Así lo dicen y otorgan.

Hechas las reservas y advertencias legales, en especiales las relativas al retracto de colindantes y fiscales y las derivadas de la Ley 8/1989, de 13 de Abril de Tasas y Precios Públicos, y, a efectos fiscales, del  plazo en el que los interesados deberán presentar a liquidación la presente escritura, así como de las afecciones al pago del impuesto y de las responsabilidades tributarias que incumben a las partes en su aspecto material, formal y sancionador.

El/los señor/es comparecientes quedan informados de lo siguiente: Sus datos personales serán objeto de tratamiento en esta Notaría, los cuales son necesarios para el cumplimiento de las obligaciones legales del ejercicio de la  función pública notarial, conforme a lo previsto en la normativa prevista en la legislación notarial, de prevención del blanqueo de capitales, tributaria y en la aplicable al acto o negocio jurídico documentado. Por tanto, la comunicación de los datos personales es un requisito legal, encontrándose los otorgantes obligados a facilitar los datos personales, y estando informados de que la consecuencia de no facilitar tales datos es que no sería posible autorizar o intervenir el presente documento público. Sus datos se conservarán con carácter confidencial. La finalidad del tratamiento de los datos es realizar la formalización del presente documento, su facturación y seguimiento posterior y las funciones propias de la actividad notarial de obligado cumplimiento, de las que pueden derivarse la existencia de decisiones automatizadas, autorizadas por la Ley, adoptadas por las Administraciones Públicas y entidades cesionarias autorizadas por Ley, incluida la elaboración de perfiles, cuya lógica aplicada es la prevención e investigación por las autoridades competentes del blanqueo de capitales y la financiación del terrorismo. Se realizarán las cesiones de dichos datos que sean de obligado cumplimiento a las Administraciones Públicas, a las entidades y sujetos que estipule la Ley y, en su caso, al Notario que suceda al actual en la plaza. Los datos proporcionados se conservarán durante los años necesarios para cumplir con las obligaciones legales del Notario o de sus sucesores en la plaza. Puede ejercitar sus derechos de acceso, rectificación, supresión, limitación, portabilidad y oposición al tratamiento por correo postal dirigido a XXXXX. Asimismo tienen el derecho a presentar una reclamación ante una autoridad de control. Los datos serán tratados y protegidos según la Legislación Notarial, la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales y su normativa de desarrollo, y el Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento europeo y del Consejo de 27 de abril de 2016 relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos y por el que se deroga la Directiva 95/46/CE.–

Yo, el Notario, hago, expresamente, las advertencias a las que se hace referencia en el Artículo 64 de la Ley 39/1988, de 28 de Diciembre, Reguladora de las Haciendas Locales, para los supuestos de cambio, por cualquier causa, en la titularidad de los derechos que constituyan el hecho imponible del Impuesto sobre Bienes Inmuebles. Particularmente informo de la afección, en su caso, de la/s finca/s objeto de la presente escritura al pago de la totalidad de las cuotas tributarias del mencionado Impuesto que pudiera haber pendientes.

El/los comparecientes prestan su consentimiento para que la Notaría pueda entregar copias o documentación relativa a el/los comparecientes a las gestorías, asesorías o despachos de abogados que soliciten o recojan dicha documentación en nombre de el/los interesados, con la finalidad de gestión y prestación de los servicios propios de dichos gestores, asesores o abogados.

Leída esta escritura por mí, el Notario, a los comparecientes, éstos renuncian a su derecho a leerla por si mismos, derecho del que les advierto, la aprueban y la firman conmigo, haciendo constar que han quedado debidamente informados del contenido del presente instrumento.

De que conozco al Sr. Deltell, de haber identificado a los demás comparecientes por sus reseñados documentos de identidad, de que tienen, a mi juicio, capacidad y legitimación suficientes, de que su consentimiento ha sido libremente prestado, de que el otorgamiento se adecua a la legalidad y a la voluntad debidamente informada de los otorgantes, y de todo lo demás consignado en este instrumento público extendido en xxx folios de papel timbrado de uso exclusivamente notarial, serie xxx y números  xxx y los xxxx folios anteriores en orden de numeración, yo el Notario, Doy fe.=

ARANCEL NOTARIAL. DERECHOS DEVENGADOS. Arancel aplicable, números: 2, 4 y nª 8ª.

Conceptos COMPRAVENTA RÚSTICA. COMPRAVENTA RÚSTICA. RECTIFICACIONES DESCRIPTIVAS DE FINCAS

Base: 

TOTAL:                             (Impuestos excluidos)


Hasta otra. Un abrazo. Justito El Notario. @justitonotario