El problema no quien paga la subsanación de la herencia, el problema es si habrá que pagar a Hacienda …

problema hacienda

“En Diciembre de 2016 falleció mi padre y poco después hicimos la apertura de testamento, en el cual mi padre dejaba todos sus bienes a su esposa, nuestra madre. Ella renunció a todo y tal como dispuso mi padre, una propiedad era para mi hermana, la cual también renunció en beneficio de su hijo y la otra propiedad para mí. Así lo dispusimos ante la Sra. Notario, con la salvedad de que mi madre fuera usufructuaria de todos los bienes. A la hora de recibir las escrituras, la propiedad que se adjudicó mi sobrino aparece con la nota de usufructo para su abuela, pero la mía no. ¿A quién reclamo?, ¿quién paga los gastos derivados de esta omisión? No tengo ningún borrador o copia simple de las escrituras“.

Sin entrar a analizar el reparto de herencia, pues no es el objeto de la cuestión, me interesa saber: ¿cómo es que se descubre ahora el error? (dos años más tarde). Usted habla de “así lo dispusimos”, lo que supone que así se otorgó por ustedes y se autorizó por el Notario, por lo que creo que no necesariamente se trata de un error y pienso que caben otras interpretaciones.

Al margen … yo no me preocuparía de quién paga. Me preocuparía, de momento, de saber si tiene o no tiene arreglo lo que dependerá (pues casi todo tiene arreglo) de las consecuencias fiscales del asunto. Créame si le digo que la factura de la notaría y la del registro es lo que menos debe preocuparle. Antes de preocuparse, debe usted tirar del hilo y valorar las repercusiones fiscales, pues a Hacienda le parecerá muy bien que le digamos que nos hemos equivocado, porque pasara su “factura” sin piedad y sin análisis alguno de las causas del error.

Entiendo que le gustaría disponer de un borrador o copia simple para contrastar lo que usted creía que se había otorgado, pero esos borradores o copias simples no tendrían ninguna fuerza frente al de la copia autorizada que es reproducción exacta de lo que ustedes otorgaron y el Notario autorizó, excepto en el caso de quieran entrar en que en esa o esas escrituras ocurriera algo más que un “simple” error, cosa que, por supuesto, dudo.


Hasta otra. Un abrazo. Justito El Notario. @justitonotario